Exenciones:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa.
c) Las personas perceptoras de la renta de garantía de ingresos a que se refiere el artículo 11 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos
y para la Inclusión Social o, en su caso, beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, a que se refiere el artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el
que se establece el ingreso mínimo vital.
d) Las víctimas de violencia de género, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
a) Las familias monoparentales/monomarentales
https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/02/17/I-114_cas.pdf
ORDEN FORAL 6618/2021, de 10 de agosto, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se dispone la subsanación del impago de la tasa por la prestación a las personas interesadas de los servicios necesarias para la realización de pruebas selectivas de acceso a la condición de personal de la Diputación Foral de Bizkaia y de sus organismos autónomos cuando sea consecuencia del error de la persona aspirante sobre el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiaria de la exención que hubiera alegado.
https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/08/18/I-688_cas.pdf
Buenas tardes.
No sabía que en las oposiciones las familias numerosas tenían exención en el pago de la tasa.
Yo pertenezco a familia numerosa y he pagado en todas las oposiciones.
Sabéis si es solo cosa de Bizkaia?
Gracias
No es sólo en Bizkaia. Yo lo veo sobre todo en oposiciones a nivel estatal o en otras comunidades como La Rioja, Cantabria.