Pondré dos ejemplos para que se estienda mejor lo que quiero preguntar.
1.- Si el tema a estudiar es "LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: ESTRUCTURA Y
CONTENIDO. PRINCIPIOS GENERALES.":
¿Debo estudiar solamente los principios generales? O con "estructura y contenido" quiere decir que debo saber de memoria qué número tiene cada título/artículo de la constitución.
2.- Si el tema es: "EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DEL PAÍS VASCO: ESTRUC-
TURA Y CONTENIDO."
¿Debo estudiar el estatuto entero y saber de memoria el número de cada título y artículo?
Lo digo porque en el Estatuto no hay ningún punto que se llame así.
Muchas gracias de antemano.
nerbiox, del Estatuto no sé, pero en el tema de la Constitución, siempre he visto cosas parecidas a esto:
"Estructura de la Constitución Española
Þ Parte dogmática: Son todas aquellas disposiciones referidas al ordenamiento de la comunidad nacional, en particular a los principios generales referentes a la estructura política y política social, así como a la declaración de derechos y régimen de libertades. Abarca el Preámbulo el Titulo Preliminar y el Titulo I.
Þ Parte orgánica: La organización de los poderes y la organización territorial. Comprende el resto de títulos.
Consta la Constitución de 1978 de un Preámbulo, un Título Preliminar y diez Títulos más:
Título Preliminar: Principios Generales.
Título I: Derechos y deberes fundamentales.
Título II: La Corona.
Título III: Las Cortes Generales.
Título IV: El Gobierno y la Administración.
Título V: Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Título VI: El Poder Judicial.
Título VII: Economía y Hacienda.
Título VIII: La Organización Territorial.
Título IX: El Tribunal Constitucional.
Título X: La Reforma Constitucional.
Contiene un total de 169 artículos, 4 disposiciones transitorias, 9 disposiciones adicionales, 3 derogatorias y 1 final.
Contenido de la Constitución Española
El contenido formal es un fiel reflejo de la tradición constitucional europea y además de regular las instituciones básicas del Estado, define sus competencias y otros aspectos no básicos con el fin de garantizar, tanto el principio de autonomía como el de solidaridad.
Contiene un extenso catálogo de derechos y libertades, como fundamento de la convivencia así como los mecanismos y procedimientos para hacerlos valer efectivamente, garantizando su ejercicio.
Son sus características:
Escrita: Se encuentra plasmada por escrito.
Extensa: Es larga conteniendo 169 artículos.
Popular: Elaborada y redactada por un Parlamento elegido por el pueblo mediante el sufragio universal y ratificada posteriormente por éste en referéndum
Pactada: Fruto de un acuerdo entre el Rey y las Cortes.
Codificada: Se encuentra contenida en un texto único que recoge las grandes influencias del constitucionalismo europeo en general.
Rígida: Exige un procedimiento especial y unas mayorías cualificadas para su reforma o revisión.
Ambigua: Tiene muchas lagunas. No define multitud de conceptos con claridad.
Avanzada en el contexto internacional.
Muchas gracias, MARGA410 ;)