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¿Dudas sobre el funcionamiento de las Demos Online?

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OPE GOBIERNO VASCO: ADMINISTRATIVO

Iniciado por poto, 05 de Mayo de 2010, 20:33:25 PM

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poto

Cita de: BOBILLO en 18 de Septiembre de 2010, 16:44:44 PM


En el caso que muestras son administraciones diferentes y por ende de diferentes órganos. Salu2!

Sí, por eso lo que quería decir, es que surte efectos desde que se presenta en la Delegación del Gobierno, independientemente de que al Ayuntamiento le llegue fuera de plazo.
Todo esto viene, a que en la duda de Janirem, yo pienso que la respuesta es la a), es decir, la fecha en que se presenta en la oficina no competente, la cual tiene que enviarla a la competente.  Uff! Qué lío!!
[/quote]

Una cosa es que a efectos de no transcurrir el plazo valga  pero de lo que creo que creo estábamos hablando era del plazo para dictar y notificar resolución por parte del órgano competente. Es lo que había entendido yo al menos.Salu21

janirem

Cita de: BOBILLO en 18 de Septiembre de 2010, 15:53:47 PM
Cita de: gran duda en 18 de Septiembre de 2010, 13:07:38 PM
Pues yo creo q surtir efecto, es cuando entra en cualquier registro, el q entre en el organo competente es para resolver o notificar, no??? q lio tengo con los plazos, no entiendo porque surte efecto cuando entra en el competente, SOCORRRRROOOO

Yo opino lo mismo que tú. A efectos del cumplimiento de plazos por el ciudadano, surte efecto desde la fecha de entrada en cualquier registro. Aunque, no hay que olvidar que los plazos para resolver en los procedimientos iniciados a solicitud del
interesado, se computan desde la fecha de entrada en el registro del órgano competente, en este caso, la entidad destinataria. Yo creo que son dos cosas diferentes. Si consideramos que tuviera efectos desde que entra en el registro de la entidad destinataria, podría darse el caso por ejemplo, que un ciudadano presenta en el registro de una Subdelegación del Gobierno un recurso en materia de tributos locales contra una resolución de un Ayuntamiento en el último día del plazo y como al Ayuntamiento le va a llegar dos días más tarde, lo rechazaría por extemporáneo. Sin embargo no puede, porque  el recurso se considerará interpuesto dentro de plazo. Por lo tanto, surte efectos desde que se ha presentado en la oficina no competente (Subdelegación del Gobierno). Aunque el plazo para que la oficina competente (Ayuntamiento) resuelva dicho recurso comenzará a computarse en la fecha en que tiene entrada en el registro municipal. Pero,son dos cosas diferentes.

Espero haberme explicado bien, porque según lo leo me recuerda al temario-totxo un huevo!

He tenido que leerlo un par de veces para entender lo que querias decir y creo que tienes razon.  Eskerrik asko, ahora ya veo la diferencia!!! ;)  Que haria sin vosotr@s!!

janirem


janirem

Tengo otra duda:

Unos hechos estan calificados como una infraccion muy grave, ocurrido el dia 20 de Noviembre de 2009. ¿Cuando hubieran prescrito?

a) 19 noviembre 2011
b) 20 noviembre 2011
c) 19 noviembre 2012
d) 20 noviembre 2012

Yo entiendo que prescriben al de 3 años, por lo que seria la d. Pero pone que la correcta es la c. ???

Cristina1964

Cita de: janirem en 18 de Septiembre de 2010, 17:15:51 PM
Tengo otra duda:

Unos hechos estan calificados como una infraccion muy grave, ocurrido el dia 20 de Noviembre de 2009. ¿Cuando hubieran prescrito?

a) 19 noviembre 2011
b) 20 noviembre 2011
c) 19 noviembre 2012
d) 20 noviembre 2012

Yo entiendo que prescriben al de 3 años, por lo que seria la d. Pero pone que la correcta es la c. ???

Muy buenas, yo creo que la correcta es la c), contando 3 años desde el 20 de noviembre de 2009 nos plantamos en el 19 de noviembre de 2012.
Con la opción d) salen 3 años y un día.
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

janirem

Cita de: Cristina1964 en 18 de Septiembre de 2010, 17:39:37 PM
Cita de: janirem en 18 de Septiembre de 2010, 17:15:51 PM
Tengo otra duda:

Unos hechos estan calificados como una infraccion muy grave, ocurrido el dia 20 de Noviembre de 2009. ¿Cuando hubieran prescrito?

a) 19 noviembre 2011
b) 20 noviembre 2011
c) 19 noviembre 2012
d) 20 noviembre 2012

Yo entiendo que prescriben al de 3 años, por lo que seria la d. Pero pone que la correcta es la c. ???

Muy buenas, yo creo que la correcta es la c), contando 3 años desde el 20 de noviembre de 2009 nos plantamos en el 19 de noviembre de 2012.
Con la opción d) salen 3 años y un día.
Osea que se empieza a contar desde el 20 de Noviembre y no desde el 21?

BOBILLO

Cita de: poto en 18 de Septiembre de 2010, 16:51:53 PM
Cita de: BOBILLO en 18 de Septiembre de 2010, 16:44:44 PM


En el caso que muestras son administraciones diferentes y por ende de diferentes órganos. Salu2!

Sí, por eso lo que quería decir, es que surte efectos desde que se presenta en la Delegación del Gobierno, independientemente de que al Ayuntamiento le llegue fuera de plazo.
Todo esto viene, a que en la duda de Janirem, yo pienso que la respuesta es la a), es decir, la fecha en que se presenta en la oficina no competente, la cual tiene que enviarla a la competente.  Uff! Qué lío!!

Una cosa es que a efectos de no transcurrir el plazo valga  pero de lo que creo que creo estábamos hablando era del plazo para dictar y notificar resolución por parte del órgano competente. Es lo que había entendido yo al menos.Salu21
[/quote]

Sí, en eso estamos de acuerdo. Pero yo lo que he entendido es a partir de qué fecha surte efectos. Por eso creo que está bien la respuesta a) que daba la editorial. Un saludo!

BOBILLO


BOBILLO

Cita de: janirem en 18 de Septiembre de 2010, 17:54:15 PM
Cita de: Cristina1964 en 18 de Septiembre de 2010, 17:39:37 PM
Cita de: janirem en 18 de Septiembre de 2010, 17:15:51 PM
Tengo otra duda:

Unos hechos estan calificados como una infraccion muy grave, ocurrido el dia 20 de Noviembre de 2009. ¿Cuando hubieran prescrito?

a) 19 noviembre 2011
b) 20 noviembre 2011
c) 19 noviembre 2012
d) 20 noviembre 2012

Yo entiendo que prescriben al de 3 años, por lo que seria la d. Pero pone que la correcta es la c. ???

Muy buenas, yo creo que la correcta es la c), contando 3 años desde el 20 de noviembre de 2009 nos plantamos en el 19 de noviembre de 2012.
Con la opción d) salen 3 años y un día.
Osea que se empieza a contar desde el 20 de Noviembre y no desde el 21?

Sí, el plazo de preinscripción empieza a contarse desde que la falta se hubiera cometido. Por eso yo también creo que la respuesta es la c)

xipiri

Cita de: janirem en 18 de Septiembre de 2010, 17:15:51 PM
Tengo otra duda:

Unos hechos estan calificados como una infraccion muy grave, ocurrido el dia 20 de Noviembre de 2009. ¿Cuando hubieran prescrito?

a) 19 noviembre 2011
b) 20 noviembre 2011
c) 19 noviembre 2012
d) 20 noviembre 2012

Yo entiendo que prescriben al de 3 años, por lo que seria la d. Pero pone que la correcta es la c. ???


janirem, donde encuentras estos test de plazos? me vendrian de perlas porque llevo fatal contar los dias en el practico (bueno, en la teoria tampoco estoy muy sobrada....)

Gracias

ainal

#258
No nos servirá para el día del examen ni tampoco cuenta años, pero va bien para calcular algunos plazos y solucionar dudas
http://www.diashabiles.com/

wences

Aupa peña

Ahora que la música ha entrado en su estribillo final  :o os adjunto lo que he llamado "análisis de dureza del temario" (Adm + Aux) al estilo de las etapas de ciclismo por si os sirve de algo.
Sorte on denoi

wences


poto

Cita de: wences en 19 de Septiembre de 2010, 11:33:05 AM
Aupa peña

Ahora que la música ha entrado en su estribillo final  :o os adjunto lo que he llamado "análisis de dureza del temario" (Adm + Aux) al estilo de las etapas de ciclismo por si os sirve de algo.
Sorte on denoi


Ya veo que hacemos cualquier cosa con tal de no chapar.
No son tantas caras no? yo creo que contabilicé unas 680 caras de aux + admin.

ánimo y al toro!

kokotaraino

Wences, me tienes flipaaaa del todo. Vaya máquina!!!!.
Hay una sillita que tiene tu nombre seguro.
Tienes más precisión que un reloj suizo de los buenos.
Suerte, te lo has currado mogollón y te lo mereces.

MUNTTAR

He llegado a la conclusión de que me encantaria currar con todos vosotros en la misma oficina.


ilusi?n

#263
y a mi , y a mi....!!!!! montamos una academia para preparar opositores??? ;D
que bueno, wences...no lo había visto antes...ojalá m diera x hacer cosas tan productivas a mí...
Cris,  q eso de tupatus qu no lo pillo?

poto

Cita de: ilusi?n en 19 de Septiembre de 2010, 18:44:32 PM
y a mi , y a mi....!!!!! montamos una academia para preparar opositores??? ;D
que bueno, wences...no lo había visto antes...ojalá m diera x hacer cosas tan productivas a mí...
Cris,  q eso de tupatus qu no lo pillo?

Eso eso, ya que el tema es reciente podemos montar una academia asegurando el aprobado y un libro que prometa lo mismo, ya que el post del libro esta al rojo vivo. Salu2!

rosago

hola a todos

alguien tiene el link con las erratas de los test de mad de administrativo?


Gracias

lati

jajajaja!lo de la academia se me ha ocurrido esta mañana a mi también, con lo bien que nos apañamos respondiendo preguntas...y si no creamos nuestra propia editorial de temarios y test...nos forrábamos!
...y tú decías: ey! nadie podrá con nosotros....

werke

Ya estoy desesperada y os he estado leyendo un rato... y creo que tienen que daros plaza fija para que forméis el tribunal de la próxima OPO.
SUERTE A TODOS! :D

MARTIUS

Ahí va el enlace de las erratas de MAD

http://www.mad.es/serviciosadicionales/

buena suerte a todo para el finde

poto

Cita de: MARTIUS en 20 de Septiembre de 2010, 09:17:59 AM
Ahí va el enlace de las erratas de MAD

http://www.mad.es/serviciosadicionales/

buena suerte a todo para el finde

Esa página creo que es para usuarios registrados que no es mi caso. Gracias de todas formas

MARTIUS

a ver si alguien me puede aclarar del tema 17 de administr. cuales son los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones leves????????????????? 6 meses o 1 año.
mirar pag.246 del temario no me aclaro muy bien

nolde

Cita de: MARTIUS en 21 de Septiembre de 2010, 15:26:55 PM
a ver si alguien me puede aclarar del tema 17 de administr. cuales son los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones leves????????????????? 6 meses o 1 año.
mirar pag.246 del temario no me aclaro muy bien

Hola Martius,

La infracción y la sanción no son lo mismo y tienen, en el caso de que sean leves, plazo de prescripción diferentes.
La infracción es, por así decirlo, el daño cometido  y la sanción es el castigo

                   MUY GRAVES     GRAVES    LEVES

infracción        3 años            2 años     6 meses

sanción           3 años            2 años     1 año


barakaldesa

Plazos de prescripción:

Infracciones leves: seis meses.

Sanciones impuestas por infracciones leves: 1 año.

Salu2!!

MARTIUS


MARTIUS

En el temario 21 de administr.pág.293 en retribuciones del Personal Funcionario casi al final pone:

"las retribuciones se devengarán y harán efectivas por mensualidades completas y  de acuerdo con la situación y
derechos del funcionario/a referidos al primer día hábil del mes a que correspondan"

¿no será que se devengarán al primer día hábil del mes siguiente?

gran duda

Cita de: MARTIUS en 22 de Septiembre de 2010, 10:30:56 AM
En el temario 21 de administr.pág.293 en retribuciones del Personal Funcionario casi al final pone:

"las retribuciones se devengarán y harán efectivas por mensualidades completas y  de acuerdo con la situación y
derechos del funcionario/a referidos al primer día hábil del mes a que correspondan"

¿no será que se devengarán al primer día hábil del mes siguiente?
No, lo q quiere decir q es referido al primer dia hábil del mes es que si el día 1 del mes te corresponde por ejemplo un trienio, en la nómina de ese mes te pagarán el trienio. Si por el contrario el trienio se cumpliría el día 5, te lo pagarian en la siguiente nómina porque el día 1 no te correspondía. No se si te he resulto la duda, la verdad es q me explico fatal, pero tu dirás...

MARTIUS

Yo creo que está mal explicado, no se refiere a trienios si no a retribución mensual.
Seria el primer dia habil del mes siguiente creo yo

poto

Cita de: gran duda en 22 de Septiembre de 2010, 10:43:40 AM
Cita de: MARTIUS en 22 de Septiembre de 2010, 10:30:56 AM
En el temario 21 de administr.pág.293 en retribuciones del Personal Funcionario casi al final pone:

"las retribuciones se devengarán y harán efectivas por mensualidades completas y  de acuerdo con la situación y
derechos del funcionario/a referidos al primer día hábil del mes a que correspondan"

¿no será que se devengarán al primer día hábil del mes siguiente?
No, lo q quiere decir q es referido al primer dia hábil del mes es que si el día 1 del mes te corresponde por ejemplo un trienio, en la nómina de ese mes te pagarán el trienio. Si por el contrario el trienio se cumpliría el día 5, te lo pagarian en la siguiente nómina porque el día 1 no te correspondía. No se si te he resulto la duda, la verdad es q me explico fatal, pero tu dirás...

Yo Lo entiendo como tú. Salu2!

BOBILLO

Cita de: gran duda en 22 de Septiembre de 2010, 10:43:40 AM
Cita de: MARTIUS en 22 de Septiembre de 2010, 10:30:56 AM
En el temario 21 de administr.pág.293 en retribuciones del Personal Funcionario casi al final pone:

"las retribuciones se devengarán y harán efectivas por mensualidades completas y  de acuerdo con la situación y
derechos del funcionario/a referidos al primer día hábil del mes a que correspondan"

¿no será que se devengarán al primer día hábil del mes siguiente?
No, lo q quiere decir q es referido al primer dia hábil del mes es que si el día 1 del mes te corresponde por ejemplo un trienio, en la nómina de ese mes te pagarán el trienio. Si por el contrario el trienio se cumpliría el día 5, te lo pagarian en la siguiente nómina porque el día 1 no te correspondía. No se si te he resulto la duda, la verdad es q me explico fatal, pero tu dirás...

Está muy bien explicado. Yo tabién creo que es así.

kaletrax

pues yo creo que te meten semejante rollo de dias y meses para decirte que te van apagar proporcionalmente a lo que trabajes, (evidentemente) y los derechos que tengas generados cada mes................ala que creo que yo me he explicado peor que ene l tocho!!!

werke

Yo creo que gran Duda y Poto tienen razón. En la empresa privada también pasa. Se contabiliza la antiguedad al mes siguiente de que se cumple el plazo.
Si se cumplen 3 años el 20 de enero, en enero no se cobra la parte proporcional del trienio, lo :) cobrará a partir de febrero.

Espero que pronto empecemos todos a acumular tiempo para cobrar trienios!
Un saludo!

mux

Cita de: MARTIUS en 16 de Septiembre de 2010, 21:44:50 PM
hola a todos las respuestas de Mad son erroneas, han sacado en su web una listado de errores. Tenerlo en cuenta quien haya comprado el libro de tests y cuestionarios.Gracias a todos por interesaros por mis preguntas.

Hola a tod@s,

Yo no he conseguido encontrar la fe de erratas de MAD. Alguien lo tiene????
Tengo dudas con el test nº 15 de administrativo. Con las preguntas 4-6-8-17-22, para mi están mal.

4) para mi, ninguna es correcta, se entiende estimado por doble silencio administrativo
6) para mi,  es no cabe no cabe el mismo recurso
8) el acto es firme, pero ¿puede puede ser recurrido?
17) segun fe de erratas, no más tarde de seis meses desde la iniciación del procedimiento
22) para mi la buena es : es motivo suficiente si han sido declarados así por sentencia judicial firme para presentar recurso extraordinario de revisión 

Alguien puede confirmame si estoy en lo cierto.

Animo y suerte a tod@s
Un saludo.

MARTIUS

mad administr. errores a corregir:
test nº 15
17) es de 6 meses.......
22) a
23) b
24) d

mux

Cita de: MARTIUS en 23 de Septiembre de 2010, 17:37:11 PM
mad administr. errores a corregir:
test nº 15
17) es de 6 meses.......
22) a
23) b
24) d
++

Gracias Martius

Es para flipar lo que se permite esta editorial, en un test de 30 preguntas,  4 corregidas y sigo pensando que la 4 y la 6 también son incorrectas y que no las habrán corregido por verguenza.
El 20% de las preguntas mal, que pasada!!!!

MARTIUS


xipiri


yeya

pues yo el practico para no variar fatal
me ha parecido super chungo
q depresion............

ELISALOPEZ34

Cita de: berta en 25 de Septiembre de 2010, 20:21:59 PM
pues yo el practico para no variar fatal
me ha parecido super chungo
q depresion............

hol@@@@, que tal os ha idoo... la verdad que ya viendo lo que nos paso ayer este ya estabamos prevenidos jaja, las preguntas teóricas algo más estudiadas y rebuscadas y el caso práctico tb tenía su tela.. en finss.. que esta ope ya sabemos que pasa con ella... suerteeeeeeee

xipiri

Han sacado la plantillaaaa, ufff....suerte!!!

werke

Hola!
Yo después de hacer los otros dos exámenes estaba demasiado cansada. Pero siendo realistas, en este se ha notado que había que estudiar. Los otros dos los he aprobado pero este no sé.
Creo que este será el que más justo sea para la gente que haya estudiado... los que como yo nos hemos presentado a ver si cae, lo tenemos más crudo :'(
MUCHO ANIMO Y SUERTE A TODOS!

ELISALOPEZ34

vamos a mirar a ver.... si es verdadddd...

xipiri

Creo que he aprobado con nota baja pero bueno!!! uff que empachada de fin de semana!!! suerte compis.

ELISALOPEZ34

usaran los mismos baremos o que pensaisss.... saludoss

werke

Ni siquiera sé qué criterios han usado hasta ahora, yo creía que era la mitad de los puntos posibles.
A ESPERAR TOCA! ::)

xipiri

Segun sus instrucciones:

teorico, 100 preguntas que valen 27 puntos
practico, 52 preguntas que valen 42 puntos

ELISALOPEZ34

jopeeee pues nada.. siempreigualll... que depresión.....

werke

Me voy a cenar y cuando vuelva espero que la suerte esté echada PARA BIEN para todos los que os lo habeis currado tanto en casa como en el foro :rainbow:

poto

Pues mi opinión igual que ayer, el teórico asequible, quizá menos que ayer (lo he aprobado bien) y el práctico ... por mi parte y con plantilla en mano suspenso. Suerte para vosotros

xipiri

Ya estan las listas. Suerteeeeeeeeeeeeeee

naroa