La jornada anual y La jornada anual máxima de presencia efectiva

Iniciado por tottem, 13 de Noviembre de 2015, 09:00:31 AM

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tottem

Esto esta extraido del decreto 17 del 2015:

Artículo 2.– Jornada de trabajo anual para el año 2015

1.– La jornada de trabajo anual del personal incluido en el ámbito de aplicación del presente Decreto para el año 2015 será de 1.614 horas y 30 minutos.

2.– La jornada anual máxima de presencia efectiva será de 1.592 horas.

Esta correcto... porque induce a confusion. la de 1592 horas era lo que nos hubieran preguntado en el 2011, pero ahora deberiamos responder 1614h y 30min


musutruk

Yo tambíen estoy liado con estos temas en cada sitio leo una cosa diferente , en este caso que tu planteas creo que la diferencia es que ala jornada anual hay que restarle 3 días de licencia a razón de 7,30 horas por día ......7,30 por 3 = 22,30 horas .
1614 horas menos 22,30 =1592 horas de presencia efectiva.
Pero mira en cada sitio lee cosas diferentes en otros hilos leí que había 5 días de licencia , así que si alguien me puede iluminar le daría las gracias .
MUCHA SUERTE y espero que no caiga nada de este tema ,por me lo jugare  a los chinos  ;D
;D ;

musutruk


tottem

Pues si.... Confirmado por los propios celadores de Donosti.... Este año tienen 6 dias de asuntos propios... pero a efectos de la ope deberiamos contestar 5 dias.... Lo que no cuadra es la cifra de 1592 horas (sospechosamente igual a la antigua) que marca el decreto 17.

musutruk

Artículo 50.– Licencia por asuntos particulares.
El personal tendrá derecho, previa solicitud con 20 días naturales de antelación, al disfrute de 6 días laborables cada año natural, con un límite máximo de 42 horas. (Modificado*) Para los que no alcancen el año de servicio, dicho disfrute será proporcional al tiempo de servicio transcurrido desde la fecha de su ingreso o reingreso hasta el 31 de diciembre del mismo año.
En todo caso, esta licencia no podrá ser disfrutada simultáneamente por más del 50% del personal que componga la plantilla habitual de la categoría correspondiente que preste servicios en cada uno de los distintos turnos de trabajo establecidos en la Unidad.
Además de lo anterior, y con su misma naturaleza, los trabajadores de Osakidetza tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales de licencia por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo (**). El derecho a su disfrute nacerá partir del día siguiente al del cumplimiento del trienio correspondiente.

Licencia por asuntos particulares.
1.-  El  personal  tendrá  derecho,  previa  solicitud  con  20  días  naturales  de  antelación,  a  4  días  de permiso por asuntos particulares, cuantificados en 30 horas que computará como trabajo efectivo y que se deducirán de la jornada que corresponda  conforme  a los  diferentes regímenes de  trabajo.
Para los que no alcancen el año de servicio, dicho disfrute será proporcional al tiempo de servicio transcurrido desde la fecha de ingreso o reingreso hasta el 31 de diciembre del mismo año.
El  personal  que  no  hubiese  disfrutado  del  día  adicional  de  permiso  por  asuntos  particulares correspondiente al año 2013 dentro del periodo de tiempo habilitado el pasado año, podrá disfrutar del mismo dentro del año 2014, por lo que el total de días de permiso ascenderá, en este supuesto,  a 5 días, cuantificado en 37 horas y 30 minutos, que computará como trabajo efectivo.
En todo caso, esta licencia no podrá ser disfrutada simultáneamente por más del 50% del personal que componga la plantilla habitual de la categoría correspondiente que preste servicios en cada uno de los distintos turnos establecidos en la Unidad.
2.- Adicionalmente, el personal podrá disponer, con carácter voluntario y a título individual, de 3 días adicionales, en concepto de permiso recuperado, cuantificado en 22 horas y 30 minutos, como tiempo  adicional  a  realizar  por  encima  de  la  jornada  anual  efectiva,  que  será  incluida  en  sus respectivas carteleras de trabajo.
-------------------------------------------BUENO TE PEGO ESTO CREO QUE ES DE LAB ..................... !!!! Que venga Dios y me diga que es lo correcto!!!

musutruk

Perdón , aquí no sale en colores , pero se supone que lo de abajo es lo actualizado .
yo soy muy tonto , pero me pregunto ¿ no pueden poner unas bases claras y una bibliogafía clara ? .
Hace 4 años última OPE , en celador de las 100 preguntas , al menos 10 fueros quitadas ¿ tan difícil es hacer algo bien ?? QUIZÁS PIDA DEMASIADO

eli40

Curso para preparar la ope y ni el profe asegura que es lo correcto. Por lo visto esta todo el mundo igual.
En vez de ir haciendo las convocatorias mejor, vamos para atrás como los cangrejos.
Veremos con que nos salen este año en el examen, que miedo.

eli40


MARGA410


musutruk

Ya te digo MARGA 410 , soy todo un perfeccionista , menos mal que nos lo tomamos con humor , pero es triste que en una prueba que hay gente que se juega su futuro , todos lo años pase este total desconcierto , es más me imagino que sabrás que cuando ponían batería de preguntas tampoco estaba clara alguna respuesta ( eso ya era para mear y no echar ni gota ) .
Te diré más , estoy seguro que los que hicieron el test de las 100 preguntas(me refiero al tribunal o quien coño las haga ) , se sientan y no pasan de un 90 de aciertos , llamame loco .........
SUERTE Y GRACIAS POR TUS MUCHAS APORTACIONES , TE SIGO MUCHO , GRACIAS DE NUEVO