SOS IT Txartela

Categoría General => Nuevas Convocatorias => Oposiciones => Pais Vasco (General) => Mensaje iniciado por: marga41 en 14 de Diciembre de 2014, 10:21:14 AM

Título: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: marga41 en 14 de Diciembre de 2014, 10:21:14 AM
https://www.euskadi.net/q41aWar/vigente/buscarvigentes.do (https://www.euskadi.net/q41aWar/vigente/buscarvigentes.do)

Plazo: Del 15 al 19 de diciembre
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ender en 14 de Diciembre de 2014, 10:34:34 AM
¿que categoria es "Compilation of JSP file/ErrorJSP"  ;)

Espero que lo arreglen a lo largo de la mañana porque ya no me quedan uñas que morderme ...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 15 de Diciembre de 2014, 11:05:15 AM
egun on!!!

por fin!!!!

sabes en traductor porqué no aparece temario? sólo aparece biblio recomendada...  :-\
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 15 de Diciembre de 2014, 12:43:21 PM
dónde se puede ver los criterios que tiene que tener los aspirantes en cuanto a titulación? no veo ningún enlace. (parece que como no voy a MEdiamarkt....)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 15 de Diciembre de 2014, 13:37:00 PM
tienes que entrar en cada convocatoria.

https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=bc&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true (https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=bc&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true)


por el ejemplo ahí las de Cuerpo Superior de la Administración
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 15 de Diciembre de 2014, 13:37:35 PM
vamos, que en las bases
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mario85 en 15 de Diciembre de 2014, 14:35:50 PM
Kaixo.

¿Sabéis para cuándo se esperan los exámenes? ¿En principio para primeros de febrero no?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 15 de Diciembre de 2014, 14:48:02 PM
Sí, me suena haber leído en algún sitio que para febrero.

Para la bolsa de economista no sirve la licenciatura en ciencias empresariales, ¿verdad?

Muchas gracias!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 15 de Diciembre de 2014, 16:36:43 PM
Cita de: langilea en 15 de Diciembre de 2014, 13:37:00 PM
tienes que entrar en cada convocatoria.

https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=bc&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true (https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=bc&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true)


por el ejemplo ahí las de Cuerpo Superior de la Administración

a mí me lleva directamente o a tribunal en unos casos, o a bibliografio, pero lo que quiero de requisitos de aspirantes nada, ese enlca que pones no me carga
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 15 de Diciembre de 2014, 22:26:58 PM
ya está, joder lo que me ha costado
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nai88 en 15 de Diciembre de 2014, 22:59:21 PM
Sabéis de donde hay que estudiar? si hay libros o tenemos que buscar la información por cuenta propia?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 15 de Diciembre de 2014, 23:15:36 PM
Alguien ha mirado el temario de.traductor??????????

Solo.hay bibliografia. No hay temario.

Me puede ayudar alguien?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: svens943 en 16 de Diciembre de 2014, 10:48:01 AM
Langilea,
Yo lo he mirado, y cliceando en ESTEKA te dirige al temario.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 11:32:25 AM
Jjo.... :-[...pues a mi los esteka me llevan a los libros (pdf)...

Me.puedes poner el link?

Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 16 de Diciembre de 2014, 11:41:36 AM
Cita de: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 11:32:25 AM
Jjo.... :-[...pues a mi los esteka me llevan a los libros (pdf)...

Me.puedes poner el link?

Eskerrik asko

A priori parece más factible l ode traductor, lo malo es el PL4, pero por lo demás el temario lo veo más fácil
os vais a presentar alguno? Yo estoy entre administración y ese, uno sólo, ara 2 no me da el bolo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 12:14:16 PM
Tu has podido ver el temario??????
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: svens943 en 16 de Diciembre de 2014, 14:31:39 PM

Si como dice Namrk te lleva a los libros, de ahí habrá que sacar la información.
Aqui lo he encontrado:
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: svens943 en 16 de Diciembre de 2014, 14:46:09 PM
No acierto con la captura de imagen por lo tanto dejo el vinculo:
https://www.euskadi.net/q41aWar/vigente/selectconv.do?anio=2014&num=17 (https://www.euskadi.net/q41aWar/vigente/selectconv.do?anio=2014&num=17)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: svens943 en 16 de Diciembre de 2014, 14:49:26 PM
Uy! parece que si he acertado :-[
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 14:52:31 PM
Eskerrik asko svens!!

Pero ahi hay lo q hemos comentado...referencias de libros....pero no un temario como tal, y tal y como esta en el resto de bolsas....

Alguien se va a animar a esta?

Yo igual si...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 16 de Diciembre de 2014, 22:05:22 PM
Cita de: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 14:52:31 PM
Eskerrik asko svens!!

Pero ahi hay lo q hemos comentado...referencias de libros....pero no un temario como tal, y tal y como esta en el resto de bolsas....

Alguien se va a animar a esta?

Yo igual si...

te refieres a traductor? el contenido es mucho mayor, pero parece más "ameno" que contratos , constitucon, etcetc

La que más gente se va a apuntar supongo sea la de administrativo. Verdad?

Yo a una de esas 2
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 22:30:28 PM
El de.tecnico de normalizacion tampoco.son.mucho
s temas...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 17 de Diciembre de 2014, 13:18:53 PM
Cita de: langilea en 16 de Diciembre de 2014, 22:30:28 PM
El de.tecnico de normalizacion tampoco.son.mucho
s temas...
pues sí, son solo 12 temas, lo que pasa es que te la juegas al final con el PL4 (para quien no lo tenga), lo intenté el año pasado y palmé.

Vaya cacao, me puedo presentar a educador, administración, traductor o técnico..... y todavía no he elegido
Supongo que el de administración general tendrá más movimiento eh? vaya liada mental
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Laga en 17 de Diciembre de 2014, 15:25:41 PM
Cuando hablais de administrativos os referís a la bolsa de cuerpo superior de la administración? Porque yo de administrativo no veo ninguna
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 17 de Diciembre de 2014, 21:54:15 PM
Cita de: Laga en 17 de Diciembre de 2014, 15:25:41 PM
Cuando hablais de administrativos os referís a la bolsa de cuerpo superior de la administración? Porque yo de administrativo no veo ninguna

bai, por abreviar
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 17 de Diciembre de 2014, 22:08:27 PM
Yo ya me he apuntado on line
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: aroacm en 17 de Diciembre de 2014, 22:25:46 PM
Hola!! Alguien ha comentado por aquí que se prevé el examen para principios de febrero.... ¿creéis que llegarán? si el 20 de enero publican listas provisionales, entre plazo de reclamación y listas definitivas.... muy apurado, no? aunque sí que parece que tienen prisa... 4 días para apuntarse y las listas en un mes, uf!! o son siempre así las de GV?

Como veis, novatilla en esto de de las opos y un poco asustada con los plazos tan apretados.... cualquier info/opinión ayuda... jeje

eskerrikasko!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Laga en 17 de Diciembre de 2014, 22:44:31 PM
Cita de: Namrek en 17 de Diciembre de 2014, 21:54:15 PM
Cita de: Laga en 17 de Diciembre de 2014, 15:25:41 PM
Cuando hablais de administrativos os referís a la bolsa de cuerpo superior de la administración? Porque yo de administrativo no veo ninguna

bai, por abreviar

Gracias Namrek, que me estaba volviendo loca. Ya no sabía si me había equivocado de bolsas o qué!  ;) ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 18 de Diciembre de 2014, 00:17:19 AM
Muy buenas! Alguien que se vaya a apuntar a la de derecho?? Nos facilitan un temario de 38 temas, pero sin "apuntes" ni referencias bibliográficas. Alguien sabe de algún libro que se pueda comprar para estudiar esta materia? Tardo más en recopilar esta información de las leyes que en estudiar para el examen en sí!!

-Otra cosa: si se hace la solicitud por internet, hay que presentar los títulos de alguna manera, o esperar a que sean requeridos una vez formas parte de la bolsa?
Un saludo, eskerrik asko.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 18 de Diciembre de 2014, 10:01:39 AM
Cita de: langilea en 17 de Diciembre de 2014, 22:08:27 PM
Yo ya me he apuntado on line

a cuál?
yo todavía no sé si a traductor o administración
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 18 de Diciembre de 2014, 10:39:26 AM
yo me he puesto con la de administración. Que dios nos coja confesaus!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: leire001 en 18 de Diciembre de 2014, 11:58:03 AM
Una pregunta, ¿En base a qué se admite o se excluye a una persona? Muchas gracias :-)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 18 de Diciembre de 2014, 18:42:42 PM
namrek,

me he apuntado a las dos, y tb a la de admin!


luego ya se verá...

hl ere, non lor daiteke normalkuntzko temario?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: V en 18 de Diciembre de 2014, 20:27:18 PM
Bunas, estoy mirando las de cuerpo superior de la administración y al leer el link que os pongo abajo pone:

"Dentro del plazo de presentación de solicitudes se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los otros requisitos. Esta documentación podrá ser escaneada y enviada al realizar la solicitud por internet o bien ser presentada en las delegaciones del IVAP."

¿Hay que entregar algo ahora? he hecho la solicitud y en ningún momento me ha dado la opción de adjuntar algo..sólo me han verificado el euskera....no lo entiendo ???

http://www.ivap.euskadi.net/empleo_publico/bolsa-de-trabajo-cuerpo-superior-de-la-administracion-p-l-3/r61-vedeusk/es/ (http://www.ivap.euskadi.net/empleo_publico/bolsa-de-trabajo-cuerpo-superior-de-la-administracion-p-l-3/r61-vedeusk/es/)

Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Laga en 18 de Diciembre de 2014, 20:40:02 PM
Cita de: pinakel en 18 de Diciembre de 2014, 00:17:19 AM
Muy buenas! Alguien que se vaya a apuntar a la de derecho?? Nos facilitan un temario de 38 temas, pero sin "apuntes" ni referencias bibliográficas. Alguien sabe de algún libro que se pueda comprar para estudiar esta materia? Tardo más en recopilar esta información de las leyes que en estudiar para el examen en sí!!


Yo me voy a empollar las leyes directamente. De la web de noticiasjuridicas.com (creo que es así) te las descargas facilmente
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: itit en 18 de Diciembre de 2014, 21:48:10 PM
Hola. He llamado al IVAP y me han dicho que para la del cuerpo superior de la administración no hacía falta aportar ninguna documentación de momento, sólo verificar lo del PL. Supongo que para otras sí...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: V en 18 de Diciembre de 2014, 22:12:38 PM
Eskerrik asko itit  :)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Laga en 19 de Diciembre de 2014, 10:05:11 AM
Para derecho tampoco piden de momento documentación adicional, salvo que yo me haya saltado algo, que no estoy muy puesta en estas cosas...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: staedtler en 19 de Diciembre de 2014, 13:45:07 PM
Hola, buenos días, soy nuevo en el foro y he llegado hasta aqui por las famosas bolsas de trabajo.
Me he inscrito en Administraivo y he estado mirando las bases, entiendo que la primera de las pruebas es un test, la llamada Parte A - Teorica, pero alguien sabe como es la Parte B - Teórico-Práctica???? os agradecería que me lo explicaseis, ya que soy novato en estas lides. Ni se por donde empezar a estudiar....

Muchas gracias y un saludo a tod@s

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mario85 en 19 de Diciembre de 2014, 16:47:15 PM
Kaixo.

Yo me he apuntado a la bolsa de Administración. Viendo que sólo han dejado 4 días para apuntarse, yo creo que a primeros de Febrero harán el examen.

Tengo la misma duda que la persona que ha preguntado.  ¿El examen será tipo test y después varios temas a desarrollar?

Sabéis si suele haber movimiento en estas bolsas? Con lo del PL3 supongo que habrán hecho una gran criba de gente...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: xantal en 19 de Diciembre de 2014, 18:11:45 PM
Atzalde on;

Yo creo que la prueba práctica será la resolución de un caso. Probablemente pondrán tres casos ( en las pruebas de la UPV-EHU suelen poner uno de la Ley 30/1992 de regimen juridico..... y  advo. común. Otro de la Ley de función pública vasca y un tercero sobre presupuestos o contratación publica) y se debe resolver uno de ellos.

En la web de la UPV-EHU  entrando en PAS personal de administraión y servicios teneis los examenes que se han puesto para las diferentes bolsas de trabajo que han ido convocando.

zorte on,
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Goaz en 20 de Diciembre de 2014, 12:00:32 PM
Cita de: V en 18 de Diciembre de 2014, 20:27:18 PM
Bunas, estoy mirando las de cuerpo superior de la administración y al leer el link que os pongo abajo pone:

"Dentro del plazo de presentación de solicitudes se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los otros requisitos. Esta documentación podrá ser escaneada y enviada al realizar la solicitud por internet o bien ser presentada en las delegaciones del IVAP."

¿Hay que entregar algo ahora? he hecho la solicitud y en ningún momento me ha dado la opción de adjuntar algo..sólo me han verificado el euskera....no lo entiendo ???

http://www.ivap.euskadi.net/empleo_publico/bolsa-de-trabajo-cuerpo-superior-de-la-administracion-p-l-3/r61-vedeusk/es/ (http://www.ivap.euskadi.net/empleo_publico/bolsa-de-trabajo-cuerpo-superior-de-la-administracion-p-l-3/r61-vedeusk/es/)

Eskerrik asko

Pone eso, pero ¿cuáles son "los otros requisitos"?

Yo sólo veo unos requisitos en la base Segunda. Está claro que esos no pueden ser "los otros requisitos", sino LOS requisitos.

Como me excluyan por eso, reclamación al canto y desde luego que me devuelvan el dinero lo mínimo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: rita la cantaora2 en 22 de Diciembre de 2014, 12:32:20 PM
alguien ha enviado la licenciatura ahora?? o solo le he dado a lo del perfil...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 22 de Diciembre de 2014, 12:38:07 PM
Yo pregunté y la licenciatura hay que presentarla cuando se vayan a constituir las bolsas, es decir, cuando se apruebe el examen
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Opositor en 22 de Diciembre de 2014, 14:43:19 PM
Cita de: mario85 en 19 de Diciembre de 2014, 16:47:15 PM
Kaixo.

Yo me he apuntado a la bolsa de Administración. Viendo que sólo han dejado 4 días para apuntarse, yo creo que a primeros de Febrero harán el examen.

Tengo la misma duda que la persona que ha preguntado.  ¿El examen será tipo test y después varios temas a desarrollar?

Sabéis si suele haber movimiento en estas bolsas? Con lo del PL3 supongo que habrán hecho una gran criba de gente...

Pues no sé si hasta hace poco se habrán movido. Mientras estuve trabajando en el Gobierno Vasco, hubo bastante tiempo que ni siquiera tuve conocimiento de que existiesen.

Supongo que tal y como están las cosas mucho movimiento no habrá. Será para cubrir bajas estrictamente necesarias y par cubrir jubilaciones del mismo estilo.

Si las listas de auxiliares y subalternos, que tenían mucho movimiento (y que, persona por persona son más económicas a la hora de "emplear" y generan más vacantes) están relativamente paradas, en comparación al pasado, imagínate estas...

Que conste que no quiero desmotivar a nadie (yo no me he apuntado), pero prefiero dar una visión más realista de la situación. Hace 2 años, dije algo parecido en las bolsas de la UPV y alguno me saltó al cuello (no sé si estas bolsas han comenzado a funcionar)... así que, me imagino que esta vez será igual.

Este tipo de bolsas tan específicas, más que para entrar a "trabajar ya", lo vería como una inversión de futuro. Como algo a largo plazo. Es posible que si estás ahí algo caiga porque, si no me equivoco, las anteriores bolsas de estas categorías que se convocaron fueron e 2006, así si estás 8-9 años en la bolsa, pues ahí estás.

Con respecto a los del PL3, no hay duda de que habrá personas que no lo tienen, pero también hay bastante gente que tiene el EGA o el PL3.

A mí lo que me parece es que se avecina año electoral y hay que dar la impresión de que se hacen cosas. Supongo que, si la economía va mejorando (como parece que dicen), eso hará que también se muevan un poco más las diferentes bolsas. Para los partidos políticos, sobre todo los que están gobernando, es interesante decir que la tasa de desempleo está bajando y si lo puedes hacer es una baza electoral muy importante.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: ibarra en 22 de Diciembre de 2014, 16:16:38 PM
Hola!
Estoy de acuerdo cuando decís que estas bolsas son una inversión más para el futuro que para ya. Creo que merece la pena hacerlas si se puede y se tienen ganas!
Yo me he apuntado también a la de Cuerpo Superior de administración y estoy con el temario. Os difo qué temas no encuentro por ningún lado y si alguien puede ayudarme, perfecto. Yo puedo compartir lo que tengo. Ahí va, lo que me falta:
-Tema 11
-Tema 14
-Tema 24
-Tema 27
Pues ahí lo dejo. Eskerrik asko eta animo!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jacobo en 22 de Diciembre de 2014, 18:07:18 PM
Ibarra tienes todos los temas del Cuerpo Superior de administración en la web
Título: Re:
Publicado por: ibarra en 22 de Diciembre de 2014, 19:54:23 PM
Pues estos no los veo....
Título: Re:
Publicado por: Lizartza en 23 de Diciembre de 2014, 19:09:52 PM
Cita de: ibarra en 22 de Diciembre de 2014, 19:54:23 PM
Pues estos no los veo....

Jacobo, no todos los temas están incluidos en el PDF que se adjunta.

Ibarra el TEMA 14, relativo al Servicio Público, lo puedes encontrar en el manual de Derecho Administrativo I (parte general) de Ramón Parada (19ª edición. Página 393 y siguientes.)

Del resto de temas que comentas aún no tengo ni idea, ya que estoy intentando compilar el material para la convocatoria específica de derecho...







Título: Re:
Publicado por: ibarra en 23 de Diciembre de 2014, 20:30:08 PM
Eskerrik asko Federico. El PDF lo veo bastante incompleto, como pone en la primera página es "orientativo y no exhaustivo".  Faltan bastantes datos.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 24 de Diciembre de 2014, 11:26:28 AM
Cita de: Laga en 18 de Diciembre de 2014, 20:40:02 PM
Cita de: pinakel en 18 de Diciembre de 2014, 00:17:19 AM
Muy buenas! Alguien que se vaya a apuntar a la de derecho?? Nos facilitan un temario de 38 temas, pero sin "apuntes" ni referencias bibliográficas. Alguien sabe de algún libro que se pueda comprar para estudiar esta materia? Tardo más en recopilar esta información de las leyes que en estudiar para el examen en sí!!


Yo me voy a empollar las leyes directamente. De la web de noticiasjuridicas.com (creo que es así) te las descargas facilmente

Aupa Laga, eskerrik asko por la ayuda, pero como buen licenciado en derecho que eres, al igual que yo, si te has mirado un poco el temario te darás cuenta que la mitad de los temas no se pueden estudiar directamente de las leyes porque es contenido que desarrolla o deriva de las mismas, más ajustado a doctrina que al texto de la ley en sí. Vamos, que o se usa un manual o un tratado o estamos jodidos! :emoticon_tongue: .

Voy a investigar a ver si me entero de algo y, si consigo encontrar algo, informaré aquí. Un saludo.
Título: Re:
Publicado por: Lizartza en 24 de Diciembre de 2014, 12:16:34 PM
Cita de: ibarra en 23 de Diciembre de 2014, 20:30:08 PM
Eskerrik asko Federico. El PDF lo veo bastante incompleto, como pone en la primera página es "orientativo y no exhaustivo".  Faltan bastantes datos.

De hecho el PDF en cuestión es el mismo para la bolsa de cuerpo superior de la administración y para el de la bolsa de técnico en materia de igualdad de mujeres y hombres...    ???

Por lo demás estoy igual que Ibarra, hay temas del temario de cuerpo superior de la administración que no encuentro por ninguna parte...







Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: IZARTXO en 27 de Diciembre de 2014, 18:16:09 PM
Hola, una cosa, me he apuntado a la bolsa de administrativo superior y en los requisitos pone tener licenciatura, arquitectura, ingenieria o grado. Mi pregunta es con cualquier licenciatura te puedes presentar?? Es que tampoco especifica nada. Yo soy licenciada en administracion y direccion de empresas, me podre presentar no??

Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: coitman en 27 de Diciembre de 2014, 22:45:18 PM
Si tu titulación es "licenciado en ......"
Ya cumples con los requisitos
Eso entiendo yo vamos ......
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: marrieta72 en 29 de Diciembre de 2014, 13:38:34 PM
Cita de: xantal en 19 de Diciembre de 2014, 18:11:45 PM
Atzalde on;

Yo creo que la prueba práctica será la resolución de un caso. Probablemente pondrán tres casos ( en las pruebas de la UPV-EHU suelen poner uno de la Ley 30/1992 de regimen juridico..... y  advo. común. Otro de la Ley de función pública vasca y un tercero sobre presupuestos o contratación publica) y se debe resolver uno de ellos.

En la web de la UPV-EHU  entrando en PAS personal de administraión y servicios teneis los examenes que se han puesto para las diferentes bolsas de trabajo que han ido convocando.

zorte on,
Hola: yo aqui si que soy super novatilla, y por lo que se ve torpe, porque estoy entrando en UPV PAS y no veo ningun examen ni nada pareceido; sobre todo me refiero al practico, claro... Me podeis ayudar?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: aroacm en 29 de Diciembre de 2014, 14:43:08 PM
Marrieta,te dejo el enlace de los exámenes de la ultima convocatoria de gestión general:

http://www.pas-pertsonal.ehu.es/p263-content/es/contenidos/premio_concurso/13_fbt_tecges_general/es_13_fbtgg/detalle_prueba.html (http://www.pas-pertsonal.ehu.es/p263-content/es/contenidos/premio_concurso/13_fbt_tecges_general/es_13_fbtgg/detalle_prueba.html)

Si te vas metiendo en las diferentes bolsas suele haber un apartado de modelo de examen, y puedes ir sacando los del resto de convocatorias.

Suerte!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: marrieta72 en 29 de Diciembre de 2014, 15:20:49 PM
Pues muchas gracias karma, por todo. La verdad es que sigo sin encontrarlo, pero investigaré..
Suerte tb
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: IZARTXO en 30 de Diciembre de 2014, 14:52:17 PM
Eskerrik asko Coitman!! Me quedo mas trankila  :emoticon_happy:
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 30 de Diciembre de 2014, 23:07:54 PM
Yo creo que la parte práctica diferirá de los exámenes de la UPV; consistirá en preguntas tipo test y no en preguntas de desarrollo...

Por otro lado, me preguntaba si alguien tiene los exámenes de la OPE de 2010 o algún test con sus correspondientes soluciones  :P





Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: arri11 en 31 de Diciembre de 2014, 13:03:48 PM
 ???
Cita de: arottiki en 29 de Diciembre de 2014, 14:43:08 PM
Marrieta,te dejo el enlace de los exámenes de la ultima convocatoria de gestión general:

http://www.pas-pertsonal.ehu.es/p263-content/es/contenidos/premio_concurso/13_fbt_tecges_general/es_13_fbtgg/detalle_prueba.html (http://www.pas-pertsonal.ehu.es/p263-content/es/contenidos/premio_concurso/13_fbt_tecges_general/es_13_fbtgg/detalle_prueba.html)

Si te vas metiendo en las diferentes bolsas suele haber un apartado de modelo de examen, y puedes ir sacando los del resto de convocatorias.

Suerte!

Epa arottiki!
Gracias por poner el enlace de la bolsa de los técnicos de gestíón. He visto los modelos de exámenes pero no consigo ir al sitio donde están las distintas bolsas de trabajo por mas que miro!!!8o
Podrias indicar el enlace de ese sitio???. eskerrik asko,
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: marrieta72 en 31 de Diciembre de 2014, 13:12:56 PM
Hola. Yo tampoco las encuentro, pero si vas a la pagina Pas de Upv y metes en el buscador "detalle de la prueba" te saca todos los enlaces a examenes de distintas pruebas.
Saludos
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: arri11 en 02 de Enero de 2015, 12:40:57 PM
Eskerrik asko marrieta
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 12 de Enero de 2015, 20:16:21 PM
Más allá de que el GV anunciase que los examenes serían en febrero. ¿Alguna hipótesis de fecha exacta de examenes? y de examenes de perfil?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pimki en 19 de Enero de 2015, 13:37:10 PM
Ya ha salido la fecha del examen del cuerpo superior de Admnistracion

El 1 de Marzo a las 9 en el BEC
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 19 de Enero de 2015, 15:43:48 PM
Cita de: pimki en 19 de Enero de 2015, 13:37:10 PM
Ya ha salido la fecha del examen del cuerpo superior de Admnistracion

El 1 de Marzo a las 9 en el BEC

Hola Pimki.

¿Donde se puede consultar esa información?

Gracias
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pimki en 19 de Enero de 2015, 17:13:32 PM
En una de las opciones de la izquierda que pone calendario
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 19 de Enero de 2015, 18:37:20 PM
Cita de: pimki en 19 de Enero de 2015, 17:13:32 PM
En una de las opciones de la izquierda que pone calendario

No consigo encontrar el apartado en cuestión.

Supongo que te refieres a la web del IVAP. ¿Podrías poner el link?

Además el 1 de marzo es Domingo  ???

¡Gracias de nuevo!

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: GORKA en 19 de Enero de 2015, 20:47:49 PM
Nik ere ez dut aurkitzen!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pimki en 19 de Enero de 2015, 21:50:44 PM
Jooo, pues estoy intentando buscarlo ahora y no lo veo por ningun lado!!! Yo os aseguro que lo he leido y ponía examen teorico 1 de marzo a las 9 en el BEC
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 20 de Enero de 2015, 07:21:52 AM
Sí, ya se ha publicado al menos la de lic. derecho. En el desplegable correspondiente se hace clic en la etiqueta "calendario", una vez hecho esto automaticamente se abre un PDF con 2 páginas. La fecha y lugar de convocatoria aparecen en la segunda página.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: itit en 20 de Enero de 2015, 08:25:46 AM
También está en las listas de admitidos. Entras en consultas personalizadas,  Seguimiento de Solicitudes y del proceso selectivo. Ahí están los listados de admitidos y de excluidos. Ahí pone la fecha del examen:

3. Fijar la fecha y lugar de realización del primer ejercicio.
Día: 01/03/2015
Hora: 09:00
Lugar: Bilbao Exhibition Center. BEC
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de enero de 2015
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: ibomod en 20 de Enero de 2015, 11:22:43 AM
Alguien podría enlazar los exámenes de acceso de Técnico de Gestión de la UPV-EHU? Es que por mucho que busco no los encuentro. Gracias por todo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 20 de Enero de 2015, 21:06:34 PM
Alguna idea sobre qué tipo texto pueden pedir para traducir en la 2ª parte del examen de traductor?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 21 de Enero de 2015, 10:35:34 AM
Yo estoy igual nho. Y en el.primero?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 21 de Enero de 2015, 11:59:05 AM
Cita de: langilea en 21 de Enero de 2015, 10:35:34 AM
Yo estoy igual nho. Y en el.primero?

el primero parece que será una especie de 'atariko proba' sacado de la bibliografía, pero me lo imagino, saberlo no lo sé.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 21 de Enero de 2015, 16:00:44 PM
Tu tienes el.pl4? Es que la bibliografia es tan extensa... ???
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 22 de Enero de 2015, 13:35:00 PM
sí, lo tengo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 25 de Enero de 2015, 19:44:22 PM
¿Qué os parece los apuntes que han puesto en la página del IVAP?
Me parecen un poco liosos. No se distingue bien lo que es importante de lo que no.
Creo que me voy a centrar más en leer directamente el texto de las leyes.
Lo de hacer el exámen en domingo me parece muy positivo. Así será más fácil poder acudir al examen y tenemos todo el sábado para darle el último repaso. ¿no os parece?
!Ánimo a todas/os!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 26 de Enero de 2015, 09:04:36 AM
Pues hombre... para gustos... A mí tener que salir de casa un domingo a las 7 de la mañana para llegar bien al BEC me parece de una crueldad absoluta.  ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: aroacm en 28 de Enero de 2015, 20:15:53 PM
Efectivamente cuestión de gustos, o mas que de gustos de posibilidades... a mi me hubiera resultado muy complicado ir entre semana.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Febrero de 2015, 23:07:06 PM
¿Qué tal lo lleváis?
El mal tiempo ayuda a estudiar, eh. A mí al menos me viene de perlas.
Saludos
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jacobo en 02 de Febrero de 2015, 19:31:22 PM
¿No salía la lista definitiva el 30 de enero?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 03 de Febrero de 2015, 11:11:48 AM
el 6 de febrero salen las listas
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: al en 03 de Febrero de 2015, 13:26:01 PM
Hola a tod@s!

Soy nueva en el foro, pero me ha parecido muy interesante y aquí estoy!

Me presento también a la Bolsa de Técnico de Administración del GV y por más que busco y rebusco en la web del PAS, me está resultando imposible encontrar los dichosos exámenes de la convocatoria de la UPV; incluso, he empezado a pensar que los han eliminado de la web....Veo que el chat permite adjuntar archivos, podría alguien subir directamente el examen, por favor? O pegar el enlace que lleve directamente a esa prueba?  O quizá el nombre y fecha concreta de la convocatoria? 2013?

Aprovecho para preguntaros, ¿se os ocurre alguna otra web en la que podamos encontrar modelos de examen de TAG? Test y prácticos, claro está.

Muchísimas gracias y mucho ánimo a todos!!!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 05 de Febrero de 2015, 21:22:34 PM
Hoy, 6 de febrero de 2015, se han publicado las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en las distintas bolsas, así como información sobre la primera prueba. (Ver página web :monitor:: CONSULTAS PERSONALIZADAS).
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 08 de Febrero de 2015, 13:30:23 PM
Kaixo denoi,
ni itzultzaile-sailean aurkeztuko naiz, galdera: lehenengo azterketa pasatzen ez badut, aukera daukat 4.HE ateratzeko azterketan parte hartzeko?
Merci
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: staedtler en 09 de Febrero de 2015, 17:12:39 PM
Buenas tardes a tod@s,

Me inscribi a la bolsa de cuerpo superior de administración y estoy como loco intentando completar el temario, vosotr@s de donde habeis conseguido los temas que no estan en el material que nos han facilitado?
Y respecto al examen, se sabe como será la segunda parte? alguien ha podido descargarse los famosos examenes de la UPV? yo lo he intentado pero no he conseguido encontrarlos.

Muchas gracias y animo en la preparacion.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 11 de Febrero de 2015, 19:40:50 PM
¿Qué tal lo lleváis?
Intento dedicarle un par de horas todos los días pero la verdad es que son muchos temas (técnico superior de la administración) y aunque muchos ya me los había leído antes, ahora hay que volver a estudiárselos. En fin se hace lo que se puede.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 11 de Febrero de 2015, 22:11:56 PM
Kaixo namrek

nik ere eginfo dut itzultzaile azterketa. Ezetz esango nuke,he azterketa egiteko gainditu behr dela azterketa, baina ezin ziur esan...

Zein arraroa temarioa ezta? Ni estilo.liburua irakurtzen ari naiz...

Hala ere, gomendioa: deitu ivapera. Ziur nago han esango dizutela.

Animo!!!!!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 14 de Febrero de 2015, 14:16:27 PM
kaixo langilea
nik estilo liburua eta galdezka irakurri ditut jada, hori bai, irakurri soilik. ia gehiena ez dut buruan gorde, ez bainaiz filologoa eta hainbat gauza latz egiten zaizkit ulertzeko. Orain ari naiz irakurtzen "juntagailuen erabilera estrategikoa", azterketa vaina lehen ezin izango ditut liburu guztiak irakurri, ez dauakt denborarik eta neure "burmuin ez filologoak" ez ditu gai Guti hoiek menperatzen. Gaitz erdi.
Dena dela, uste dut libururil garrantzitsuena Galdezka dela; alegia, hor laburbiltzen baitira gai gguztiak (uste dut).

Ale
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 15 de Febrero de 2015, 06:52:06 AM
Baina deitu duzu ivapera edo enteratu zara azterketa egin.dezakezun¿teknikari egingo duzu?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Namrek en 15 de Febrero de 2015, 15:00:02 PM
Cita de: langilea en 15 de Febrero de 2015, 06:52:06 AM
Baina deitu duzu ivapera edo enteratu zara azterketa egin.dezakezun¿teknikari egingo duzu?

Ez, ez dut inora deitu. Dagokionean enteratuko naiz, saiatuko naioz dakidan euskara purrarekin lehen fasea gainditzen.
Agur bero bat
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: terlur en 17 de Febrero de 2015, 12:53:39 PM
Kaixo guztioi

Norbaitek aurkeztu behar du Ekonomia zientzietan lizentziatuen lan-poltsara? Jakin nahiko nuke norbaitek baduen gaitegia edo non lortu daitekeen. Mila esker eta zorte on guztioi.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jon88 en 17 de Febrero de 2015, 17:48:48 PM

Arratsalde on denoi,

Yo me presento a la bolsa de Licenciados en derecho y tengo alguna duda en cuanto al examen práctico, puesto que en las bases pone como que se puede llevar algún texto normativo en papel, y no se muy bien a lo que se refiere. Alguien que vaya a hacer el examen va a llevar algo?

Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 17 de Febrero de 2015, 20:33:37 PM
En la de técnico superior de administración no dejan llevar nada (no se puede llevar material de consulta).
En la de Derecho, no sé, supongo que si dice que puedes llevar algún texto normativo y has estudiado derecho ya sabes a lo que se refiere... ;-) Otra cuestión sería que no sabes qué texto legal llevar en concreto...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 19 de Febrero de 2015, 11:12:06 AM
Cita de: Namrek en 08 de Febrero de 2015, 13:30:23 PM
Kaixo denoi,
ni itzultzaile-sailean aurkeztuko naiz, galdera: lehenengo azterketa pasatzen ez badut, aukera daukat 4.HE ateratzeko azterketan parte hartzeko?
Merci

Ezetz uste, beti izaten da horrela, 1.a pasa behar huerrengoa egin ahal izateko. Kasu honetan 1. azterketaren 1. zatia (test modukoa) pasatzen ez badugu, ez digute ezta itzulpena zuzenduko. 2.a egitea 1.a pasatu gabe, are gutxiago.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jacobo en 20 de Febrero de 2015, 12:16:33 PM
¿El Tema 15 de Derecho no os parece infumable?
Es como un basurero donde meto un poco de todo, en vez de hacer 3 temas los meto aquí y así parece menos
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:13:27 PM
Jacobo, gracias a tu comentario me ha entrado la curiosidad por ver de qué iba el tema 15 y he podido constatar que han publicado más información sobre los exámenes: plano del BEC, lugar exacto donde se harán las pruebas por orden alfabético de la primera letra del primer apellido, instrucciones de la primera prueba (ahora mismo no están en todas las bolsas, por ejemplo falta la del Cuerpo Superior de la Administración, pero en otras sí que las han publicado).
En las que he visto, han puesto media hora de descanso entre una parte y la siguiente.
He mirado el título del tema 15 y parece bastante general y abstracto. De todas maneras, según cómo lleves los restantes temas, como solo queda una semana para el examen, yo me centraría en los que te parezcan más importantes de cara al examen (apuesto a que son los de siempre).
Lo de las subvenciones está desarrollado en varias leyes, alguna estatal (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ) y otras autonómicas (por ejemplo: Ley 7/1997, de 19 de junio, por la que se regula el régimen de subvenciones y
ayudas y se modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General
del País Vasco). Puede que haya textos legales adicionales, aparte de los que he citado.
Yo que tú buscaría información sobre lo siguiente:
1.Procedimientos de concesión de subvenciones:
a.Concurrencia competitiva
b. Concesión directa
2.Tramitación del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
3.Subcontratación de las actividades subvencionadas
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM
Cita de: Jacobo en 20 de Febrero de 2015, 12:16:33 PM
¿El Tema 15 de Derecho no os parece infumable?
Es como un basurero donde meto un poco de todo, en vez de hacer 3 temas los meto aquí y así parece menos

Coincido contigo, es infumable. Lo malo es que comparte dicha condición con otros temas  ;D. Lo malo del temario de Derecho es que uno no sabe muchas veces a que atenerse. Por ejemplo el último tema; ¿Ideas generales sobre la jurisdicción y los órganos jurisdiccionales? En vez del apartado de un temario podría ser el título de una monografía...

Respecto al Tema 15. Del primer apartado no tengo ni idea.  ¿Se refiere a la Organización Institucional, Gobierno, y Administración de los Territorios
Histórico? ¿A las normas forales? ¿Alguna sugerencia? ???. ¿Y que norma regula el procedimiento subvencional?

El segundo apartado, supongo que se podrá estudiar partiendo del DECRETO 187/1999, de 13 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Jurídica Asesora del Gobierno Vasco.

Para preparar el último apartado se puede uno leer la siempre interesante Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

PD: Test de repaso

El acuerdo de acumulación de procedimientos administrativos...
a) Es válido en todo caso, no siendo susceptible de recurso.
b) Será contrario a derecho en todo caso.
c) Son erróneas todas las alternativas propuestas.
d) Es válido en todo caso, siendo recurrible su adopción.


¡Que no decaiga el ánimo!

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:22:06 PM
mmmm... El acuerdo de acumulación de procedimientos no puede recurrirse y tienen que ser procedimientos con los que exista identidad sustancial o íntima conexión. Por tanto, la C?

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM
Cita de: Jacobo en 20 de Febrero de 2015, 12:16:33 PM

PD: Test de repaso

El acuerdo de acumulación de procedimientos administrativos...
a) Es válido en todo caso, no siendo susceptible de recurso.
b) Será contrario a derecho en todo caso.
c) Son erróneas todas las alternativas propuestas.
d) Es válido en todo caso, siendo recurrible su adopción.


¡Que no decaiga el ánimo!


Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 20 de Febrero de 2015, 13:27:54 PM
Cita de: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:13:27 PM
Jacobo, gracias a tu comentario me ha entrado la curiosidad por ver de qué iba el tema 15 y he podido constatar que han publicado más información sobre los exámenes: plano del BEC, lugar exacto donde se harán las pruebas por orden alfabético de la primera letra del primer apellido, instrucciones de la primera prueba (ahora mismo no están en todas las bolsas, por ejemplo falta la del Cuerpo Superior de la Administración, pero en otras sí que las han publicado).
En las que he visto, han puesto media hora de descanso entre una parte y la siguiente.
He mirado el título del tema 15 y parece bastante general y abstracto. De todas maneras, según cómo lleves los restantes temas, como solo queda una semana para el examen, yo me centraría en los que te parezcan más importantes de cara al examen (apuesto a que son los de siempre).
Lo de las subvenciones está desarrollado en varias leyes, alguna estatal (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ) y otras autonómicas (por ejemplo: Ley 7/1997, de 19 de junio, por la que se regula el régimen de subvenciones y
ayudas y se modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General
del País Vasco). Puede que haya textos legales adicionales, aparte de los que he citado.
Yo que tú buscaría información sobre lo siguiente:
1.Procedimientos de concesión de subvenciones:
a.Concurrencia competitiva
b. Concesión directa
2.Tramitación del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
3.Subcontratación de las actividades subvencionadas


Gracias por tus comentarios Ikea. Dado que el tema 15 está ubicado dentro del bloque relativo al Derecho Autonómico Vasco, ¿no crees que con estudiarse la normativa autonómica será suficiente?

Y puestos a preguntar, retomo el tema planteado por Jon88. ¿Y los textos normativos para el caso práctico? ¿Será suficiente con llevar, por ejemplo, la compilación del amigo Martin Rebollo? ¿O mejor optamos por imprimir y encuadernar todas las (infinitas) normas que puedan tener cabida en el temario?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:31:56 PM
Lanzo otra pregunta (esta vez sobre subvenciones) para que repasemos:

EL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS O SUBVENCIONES SERÁ:
a) El concurso.
b) La licitación.
c) El que marque el Gobierno.
d) El que marque la Ley para cada caso.

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM



¡Que no decaiga el ánimo!


[/quote]
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 20 de Febrero de 2015, 13:36:14 PM
Cita de: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:22:06 PM
mmmm... El acuerdo de acumulación de procedimientos no puede recurrirse y tienen que ser procedimientos con los que exista identidad sustancial o íntima conexión. Por tanto, la C?

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM
Cita de: Jacobo en 20 de Febrero de 2015, 12:16:33 PM

PD: Test de repaso

El acuerdo de acumulación de procedimientos administrativos...
a) Es válido en todo caso, no siendo susceptible de recurso.
b) Será contrario a derecho en todo caso.
c) Son erróneas todas las alternativas propuestas.
d) Es válido en todo caso, siendo recurrible su adopción.


¡Que no decaiga el ánimo!



En el test se dice que la respuesta correcta es la A. Yo opino que es la C, por los motivos que has expuesto...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 20 de Febrero de 2015, 13:50:58 PM
Cita de: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:31:56 PM
Lanzo otra pregunta (esta vez sobre subvenciones) para que repasemos:

EL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS O SUBVENCIONES SERÁ:
a) El concurso.
b) La licitación.
c) El que marque el Gobierno.
d) El que marque la Ley para cada caso.

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM



¡Que no decaiga el ánimo!


[/quote]

Yo apostaría por la primera respuesta  ::)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 18:59:58 PM
Sí está ubicado en ese bloque, supongo que sí, que se referirá a la normativa autonómica.
La primera parte del tema 15 (organización institucional y régimen subvencional de la CAV) creo que está aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-dleg1-1997.html (http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-dleg1-1997.html)
En el Título III la primera y en el Título VI la segunda.

Otra pregunta tipo test para refrescar:
CUANDO LA AYUDA O SUBVENCIÓN SEA POR PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN NORMAS DE LA UNIÓN EUROPEA, LA LEY DE AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE EUSKADI:
a) Será de aplicación supletoria.
b) Será de aplicación directa.
d) Será de aplicación preferente.
d) No será aplicable.

[/quote]

Gracias por tus comentarios Ikea. Dado que el tema 15 está ubicado dentro del bloque relativo al Derecho Autonómico Vasco, ¿no crees que con estudiarse la normativa autonómica será suficiente?

Y puestos a preguntar, retomo el tema planteado por Jon88. ¿Y los textos normativos para el caso práctico? ¿Será suficiente con llevar, por ejemplo, la compilación del amigo Martin Rebollo? ¿O mejor optamos por imprimir y encuadernar todas las (infinitas) normas que puedan tener cabida en el temario?
[/quote]
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 19:04:14 PM
Eso es, el concurso será el procedimiento general para la concesión de ayudas o subvenciones (art. 51.4 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco).

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:50:58 PM
Cita de: Ikea en 20 de Febrero de 2015, 13:31:56 PM
Lanzo otra pregunta (esta vez sobre subvenciones) para que repasemos:

EL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS O SUBVENCIONES SERÁ:
a) El concurso.
b) La licitación.
c) El que marque el Gobierno.
d) El que marque la Ley para cada caso.

Cita de: Federico en 20 de Febrero de 2015, 13:15:00 PM



¡Que no decaiga el ánimo!



Yo apostaría por la primera respuesta  ::)
[/quote]
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 21 de Febrero de 2015, 02:08:45 AM
Tema Nº 15 del temario bolsa de licenciados en derecho
Título III y Título VI de la Ley 12/1983, de 22 de junio, de Principios Ordenadores de la Hacienda
General del País Vasco.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-dleg1-1997.html (http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-dleg1-1997.html)

Procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general

Ley 8/2003 https://euskadi.eus/bopv2/datos/2003/12/0307117a.pdf (https://euskadi.eus/bopv2/datos/2003/12/0307117a.pdf)


Y

Comisión jurídica asesora, la normativa está en la web

http://www.comisionjuridica.euskadi.eus/x84-home/es/ (http://www.comisionjuridica.euskadi.eus/x84-home/es/)



Yo voy a llevar la legislación impresa. Mi miedo es que se me olvide imprimir alguna ley o reglamento determinante para el caso práctico.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 21 de Febrero de 2015, 11:57:20 AM
Se han olvidado de los del cuerpo superior de admon... hoygan!!! que yo también quiero saber cuanto dura el examen  ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 21 de Febrero de 2015, 12:32:09 PM
Parece que han renovado la web y han quitado las convocatorias anteriores.
Cita de: ibomod en 20 de Enero de 2015, 11:22:43 AM
Alguien podría enlazar los exámenes de acceso de Técnico de Gestión de la UPV-EHU? Es que por mucho que busco no los encuentro. Gracias por todo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 21 de Febrero de 2015, 12:35:14 PM
Pensaba que los pondrían el lunes ya que ayer no estaban. Pero hoy he visto que los han puesto al principio de la web, abajo en Noticias, es la primera:
http://www.ivap.euskadi.eus/r61-vhome/es/ (http://www.ivap.euskadi.eus/r61-vhome/es/)

Por otra parte, cuanto en el foro comentáis de llevar material de consulta estáis hablando de la convocatoria de Derecho, ¿no? En la del cuerpo superior de administración ponía que no se podía llevar material de consulta (lo publicaron con la lista de admitidos, en las consultas personalizadas).

Cita de: lati en 21 de Febrero de 2015, 11:57:20 AM
Se han olvidado de los del cuerpo superior de admon... hoygan!!! que yo también quiero saber cuanto dura el examen  ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 21 de Febrero de 2015, 13:25:26 PM
Cita de: Ikea en 21 de Febrero de 2015, 12:35:14 PM
Pensaba que los pondrían el lunes ya que ayer no estaban. Pero hoy he visto que los han puesto al principio de la web, abajo en Noticias, es la primera:
http://www.ivap.euskadi.eus/r61-vhome/es/ (http://www.ivap.euskadi.eus/r61-vhome/es/)

Por otra parte, cuanto en el foro comentáis de llevar material de consulta estáis hablando de la convocatoria de Derecho, ¿no? En la del cuerpo superior de administración ponía que no se podía llevar material de consulta (lo publicaron con la lista de admitidos, en las consultas personalizadas).

Cita de: lati en 21 de Febrero de 2015, 11:57:20 AM
Se han olvidado de los del cuerpo superior de admon... hoygan!!! que yo también quiero saber cuanto dura el examen  ;D

Así es, en la convocatoria de Derecho para realizar la segunda parte podrán (deberán) utilizarse textos normativos sin comentar y exclusivamente en papel. Inicialmente pensé hacer lo mismo que comenta suysi, pero he cambiado de parecer y me limitaré a llevar la compilación de leyes administrativas de Aranzadi. Debemos considerar que somos casi 1000 aspirantes y si cada uno opta por llevar sus propias normas impresas, creo que los abanderados de la suspicacia tendrán motivos para clamar al cielo... ¡Lío asegurado!

Yo creo que podían haberse curado en salud publicando unas bases decentes.Para muestra un botón, fijaros en las bases de la bolsa de trabajo de administrativos y auxiliares administrativos del Ayuntamiento de Arrasate: http://www.arrasate.eus/es/servicios-online/oferta-de-empleo-publico/bolsa-de-trabajo-de-administrativos-as-y-auxiliares-administrativos-as (http://www.arrasate.eus/es/servicios-online/oferta-de-empleo-publico/bolsa-de-trabajo-de-administrativos-as-y-auxiliares-administrativos-as)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jacobo en 23 de Febrero de 2015, 18:40:14 PM
¿Y qué me decís de los dos últimos temas de Derecho?
Tengo la sensación de que han dicho vamos a meter todo el derecho laboral y procesal en dos temitas y así no se nota, con disimulo.
¿Y 110 preguntas el teórico? Va a haber pregunta de todos los temas. ¡un infierno!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 24 de Febrero de 2015, 09:35:33 AM
Cita de: Jacobo en 23 de Febrero de 2015, 18:40:14 PM
¿Y qué me decís de los dos últimos temas de Derecho?
Tengo la sensación de que han dicho vamos a meter todo el derecho laboral y procesal en dos temitas y así no se nota, con disimulo.
¿Y 110 preguntas el teórico? Va a haber pregunta de todos los temas. ¡un infierno!

Uno de los motivos por el que estoy preparando el de administrativo y no el derecho, aunque siempre me quedará una espinita por no haberlo intentado, es ese. Iba buscando y encontrando muchos temas en leyes y en internet, pese a lo poco exhaustivo que es eso para un examen como el de derecho, pero cuando ví esos dos últimos temas que abarcan básicamente el Estatuto entero (más remisiones y etc.) y el derecho procesal civil entero "by the face", me pareció mucho si no tienes todo el día enterito para estudiar.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 27 de Febrero de 2015, 10:34:50 AM
Bueno, ya no queda nada para el examen. Os deseo suerte a todos/as.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 27 de Febrero de 2015, 12:21:58 PM
Sorte on guztioi ! Para los de admi me supongo que ya habréis visto que la parte práctica también va a ser tipo test. No sé vosotros pero yo prefiero. Ánimo a los de mañana.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 27 de Febrero de 2015, 13:37:27 PM
Mucha suerte para todos/as!!!!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 27 de Febrero de 2015, 18:22:19 PM
Suerte a todos!!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jacobo en 28 de Febrero de 2015, 14:14:15 PM
¡K infierno el de Derecho!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jon88 en 28 de Febrero de 2015, 14:40:35 PM
Pues si muy brutal el de derecho, sobre todo la parte práctica. No han dicho ni la nota minima que hay que sacar para aprobar.Igual con aprobar la parte teórica te dejan estar en bolsa, pero ni idea.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 28 de Febrero de 2015, 14:46:22 PM
¿Chungo?
Pues no me parece bien que no digan la nota mínima que hay que sacar. De todas maneras, si no lo dicen daría por hecho que es un 5.
Cita de: Jon88 en 28 de Febrero de 2015, 14:40:35 PM
Pues si muy brutal el de derecho, sobre todo la parte práctica. No han dicho ni la nota minima que hay que sacar para aprobar.Igual con aprobar la parte teórica te dejan estar en bolsa, pero ni idea.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 28 de Febrero de 2015, 15:46:51 PM
Igual si aprueban muy pocos la parte práctica, pero en teoría no. Según las bases hay que aprobar ambas partes del primer ejercicio:
https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=d&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true (https://www.euskadi.net/r61-vedhaut/es/q41aWar/q41aDescargaComponenteServlet?COMP=d&IDIOMA=c&R01HNoPortal=true)
Creo que lo de aprobar ambas partes del primer ejercicio atañe a todas las bolsas convocadas.

Cita de: Jon88 en 28 de Febrero de 2015, 14:40:35 PM
Pues si muy brutal el de derecho, sobre todo la parte práctica. No han dicho ni la nota minima que hay que sacar para aprobar.Igual con aprobar la parte teórica te dejan estar en bolsa, pero ni idea.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 28 de Febrero de 2015, 15:48:03 PM
A veces uno piensa que lo ha hecho fatal, y luego resulta que el examen no estaba tan mal y aprueba. Animo!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jon88 en 28 de Febrero de 2015, 16:38:22 PM
Han sacado ya las provisionales del teorico de derecho, esta parte la tengo aprobada, pero lo dicho, la segunda parte la veo jodida.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 28 de Febrero de 2015, 16:39:49 PM
Han colgado las respuestas del examen teórico de derecho. Ya se puede, uno mismo, calcular la nota. A mí tambien me ha resultado complicado el práctico.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Jon88 en 28 de Febrero de 2015, 16:55:58 PM
Han sacado ya la nota provisional de cada persona. Por cierto  han bajado la nota a un 4,5. Hemos aprobado solo 122, que masacre, y todavía queda la segunda parte, buff..
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 28 de Febrero de 2015, 17:02:15 PM
Cierto yan han publicado notas. Yo estoy aprobado pero el práctico ha sido tela.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 28 de Febrero de 2015, 19:39:53 PM
Que miedito me estais dando  :(
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: arrate en 01 de Marzo de 2015, 14:09:45 PM
Epa alguien podria colgar el examen de xuerpo superior de administracion y las respuestas por fi? O es ilegal ponerlo aki?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 01 de Marzo de 2015, 20:00:49 PM
CASO PRÁCTICO: Realice un dictamen en 25 minutos con un señor hablando por megáfono. (5 Puntos)


El quinto plan General de Normalización del uso del Euskera del GV,  establece literalmente:

En cualquier caso, debido a la realidad
sociolingüística del euskera, la tendencia de estos últimos años ha sido la de
redactar la mayoría de los textos en castellano para luego ser traducidos al euskera.
Es obvio que este modo de proceder conduce a que sea el texto en castellano el que
habitualmente condicione la estructura, el estilo y el diseño de la traducción al
euskera. Para superar esta dependencia, el Gobierno Vasco y sus organismos
autónomos garantizarán, en la medida de lo posible, la redacción bilingüe, sin
hacer un uso sistemático de los servicios de traducción
.


En un proceso selectivo para la ampliación de una bolsa de trabajo del Gobierno Vasco, la pregunta x se ha redactado de la siguiente manera:

- En Castellano:

PREGUNTA X: SON RECURSOS ADMINISTRATIVOS...
a) Respuesta 1
b) Respuesta 2
c) Respuesta 3
d) Respuesta correcta.

- En Euskera:

X GALDERA: ADMINISTRAZIO-ERREKURTSO DIRA...
a) 1 erantzuna.
b) 2 erantzuna.
c) 1 erantzuna.
d) Erantzun zuzena.

¿Qué sucede? ¿Se debe anular la pregunta de oficio? ¿Cabe impugnarla? ¿Cumplen los organismo autónomos del GV con el Plan de normalización de euskera?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 21:18:55 PM
Las dos respuestas repetidas son incorrectas, y la correcta era la d).
De todas maneras, ya la han anulado tanto en castellano (que estaba bien) como en euskera (véase la primera página de la lista de resultados).
Casualidad, era una de las que había hecho bien.... qué se le va a hacer

De todas maneras, he visto varias preguntas que creo que son impugnables. Por ejemplo, la pregunta número 4:
LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PUEDEN CLASIFICARSE SEGÚN SU EXTERIORIZACIÓN COMO...
4a) Orales y Escritos.
4b) Expresos y Tácitos.
4c) Orales, Tácitos y mímicos.
4d) Expresos y Orales.

El término "tácito" no está en la Ley 30/92, en ningún momento se mencionan los actos "tácitos" ni siquiera se hace mención al adverbio "tácitamente". Por lo cual no entiendo por qué han incluido esta respuesta. Los actos también pueden ser orales y escritos, o expresos y orales. Es muy subjetiva esa apreciación y me parece una pregunta totalmente impugnable.


Cita de: Federico en 01 de Marzo de 2015, 20:00:49 PM
CASO PRÁCTICO: Realice un dictamen en 25 minutos con un señor hablando por megáfono. (5 Puntos)


El quinto plan General de Normalización del uso del Euskera del GV,  establece literalmente:

En cualquier caso, debido a la realidad
sociolingüística del euskera, la tendencia de estos últimos años ha sido la de
redactar la mayoría de los textos en castellano para luego ser traducidos al euskera.
Es obvio que este modo de proceder conduce a que sea el texto en castellano el que
habitualmente condicione la estructura, el estilo y el diseño de la traducción al
euskera. Para superar esta dependencia, el Gobierno Vasco y sus organismos
autónomos garantizarán, en la medida de lo posible, la redacción bilingüe, sin
hacer un uso sistemático de los servicios de traducción
.


En un proceso selectivo para la ampliación de una bolsa de trabajo del Gobierno Vasco, la pregunta x se ha redactado de la siguiente manera:

- En Castellano:

PREGUNTA X: SON RECURSOS ADMINISTRATIVOS...
a) Respuesta 1
b) Respuesta 2
c) Respuesta 3
d) Respuesta correcta.

- En Euskera:

X GALDERA: ADMINISTRAZIO-ERREKURTSO DIRA...
a) 1 erantzuna.
b) 2 erantzuna.
c) 1 erantzuna.
d) Erantzun zuzena.

¿Qué sucede? ¿Se debe anular la pregunta de oficio? ¿Cabe impugnarla? ¿Cumplen los organismo autónomos del GV con el Plan de normalización de euskera?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 21:21:21 PM
ATENCIÓN, ATENCIÓN: el plazo para impugnar se acaba este miercoles.
"El plazo finaliza el día 4 de marzo de 2015 (inclusive)."
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 01 de Marzo de 2015, 21:41:05 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 21:21:21 PM
ATENCIÓN, ATENCIÓN: el plazo para impugnar se acaba este miercoles.
"El plazo finaliza el día 4 de marzo de 2015 (inclusive)."

Ikea, ¿crees que cabría la impugnación de la anulación de oficio? Es decir, pese a que las respuestas de la pregunta no coinciden en ambas lenguas, y pese a que en euskera se repite una respuesta, la opción correcta en ambas versiones sigue siendo la D. No veo razonable restar méritos a los aspirantes que aceptaron la pregunta por un error atribuible a la Administración...

Hoy y mañana veré que preguntas se podrían impugnar y lo comento.

#Injusticia

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 21:52:11 PM
En esa pregunta estaba claro que la respuesta correcta era la d) porque los recursos de apelación y casación no son administrativos. En realidad a los que lo han hecho en euskera tampoco les perjudicaba.
Nos ha perjudicado a todos esa anulación. El nivel de dificultad que tenía para diferentes candidatos era el mismo. La respuesta correcta en ambas versiones sigue siendo la d), luego no entiendo por qué la han anulado.
Por impugnar que no quede...

Cita de: Federico en 01 de Marzo de 2015, 21:41:05 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 21:21:21 PM
ATENCIÓN, ATENCIÓN: el plazo para impugnar se acaba este miercoles.
"El plazo finaliza el día 4 de marzo de 2015 (inclusive)."

Ikea, ¿crees que cabría la impugnación de la anulación de oficio? Es decir, pese a que las respuestas de la pregunta no coinciden en ambas lenguas, y pese a que en euskera se repite una respuesta, la opción correcta en ambas versiones sigue siendo la D. No veo razonable restar méritos a los aspirantes que aceptaron la pregunta por un error atribuible a la Administración...

Hoy y mañana veré que preguntas se podrían impugnar y lo comento.

#Injusticia


Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 01 de Marzo de 2015, 22:00:38 PM
La plantilla del práctico no la van a colgar? Que agonía
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 01 de Marzo de 2015, 22:01:29 PM
Curioso lo de la pregunta esa, a ver en que queda! Una cosa, para los que hayáis hecho el de administrativo. ¿Soy yo que no tengo ni idea u os ha parecido a vosotros también bastante, pero bastante jodido el práctico?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 22:23:20 PM
¿Alguien me puede decir cómo puede contratar con el sector público una persona que está en la cárcel?

13 NO PODRÁN CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO...
13a) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por malversación.
13b) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por homicidio.
13c) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra la libertad sexual.
13d) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por cualquier delito que conlleve
privación de libertad.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 01 de Marzo de 2015, 22:34:51 PM
A mi el practico me ha parecido muy ambiguo,y si, jodido también.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 01 de Marzo de 2015, 23:29:39 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 22:23:20 PM
¿Alguien me puede decir cómo puede contratar con el sector público una persona que está en la cárcel?

13 NO PODRÁN CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO...
13a) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por malversación.
13b) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por homicidio.
13c) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra la libertad sexual.
13d) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por cualquier delito que conlleve
privación de libertad.

Quizá fue condenado hace 40 años, por lo que no tiene por que estar bajo rejas...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 23:36:07 PM
¿Y si fue condenado hace 40 años por qué no puede contratar con la administración pública? Porque según la respuesta de la plantilla no puede (la respuesta correcta se supone que es la A). No dicen nada del periodo de tiempo pasado, borrado de antecedentes penales, etc. Yo pensaba que cumplida la pena y transcurrido un tiempo, se volvía a ser un ciudadano con todos los derechos.

Cita de: Federico en 01 de Marzo de 2015, 23:29:39 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 22:23:20 PM
¿Alguien me puede decir cómo puede contratar con el sector público una persona que está en la cárcel?

13 NO PODRÁN CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO...
13a) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por malversación.
13b) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por homicidio.
13c) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra la libertad sexual.
13d) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por cualquier delito que conlleve
privación de libertad.

Quizá fue condenado hace 40 años, por lo que no tiene por que estar bajo rejas...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 01 de Marzo de 2015, 23:53:04 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 23:36:07 PM
¿Y si fue condenado hace 40 años por qué no puede contratar con la administración pública? Porque según la respuesta de la plantilla no puede (la respuesta correcta se supone que es la A). No dicen nada del periodo de tiempo pasado, borrado de antecedentes penales, etc. Yo pensaba que cumplida la pena y transcurrido un tiempo, se volvía a ser un ciudadano con todos los derechos.

Cita de: Federico en 01 de Marzo de 2015, 23:29:39 PM
Cita de: Ikea en 01 de Marzo de 2015, 22:23:20 PM
¿Alguien me puede decir cómo puede contratar con el sector público una persona que está en la cárcel?

13 NO PODRÁN CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO...
13a) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por malversación.
13b) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por homicidio.
13c) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra la libertad sexual.
13d) Quien haya sido condenado mediante sentencia firme por cualquier delito que conlleve
privación de libertad.

Quizá fue condenado hace 40 años, por lo que no tiene por que estar bajo rejas...


Artículo 60. Prohibiciones de contratar.

1. No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.


Cambiando de tercio, la respuesta correcta de la pregunta 66. es la c) y dice así:

"No podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario al derecho de los particulares"

El art. 106 de la ley 30/02 dice:

Artículo 106. Límites de la revisión.
Las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de
acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a
la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

¿Impugnable? ¿Qué opináis?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Marzo de 2015, 00:09:11 AM
Comparad el enunciado de esta pregunta en euskera y en castellano. Donde en euskera dice "tributatzeko", en castellano dice "contribuir". La respuesta correcta es "los tributos". Han hecho deber de contribuir = tributatzeko betebeharra. Cuando ese concepto de también lo podrían haber puesto como "zergak ordaintzeko betebeharra" (curiosamente una de las respuestas incorrectas, la D "Zergena").

40.- «SARRERA PUBLIKOAK DIRA, HAU DA, ARAUAK TRIBUTATZEKO BETEBEHARRAREKIN LOTZEN DUEN IZATEZKO EGOERA GERTATZEAGATIK HERRI-ADMINISTRAZIO BATEK EXIJITZEN DITUEN DIRU PRESTAZIOAK, GASTU PUBLIKOEI AURRE EGITEKO BEHARREZKOAK DIREN SARRERAK LORTZEA FUNTSEZKO HELBURU DUTENAK», ZEREN LEGEZKO DEFINIZIOA DA HORI?
40a) Tributuena.
40b) Tasena.
40c) Kontribuzio bereziena.
40d) Zergena.

40.- «LOS INGRESOS PÚBLICOS QUE CONSISTEN EN PRESTACIONES PECUNIARIAS EXIGIDAS POR UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMO CONSECUENCIA DE LA REALIZACIÓN DEL SUPUESTO DE HECHO AL QUE LA NORMA VINCULA EL DEBER DE CONTRIBUIR, CON EL FIN PRIMORDIAL DE OBTENER INGRESOS NECESARIOS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LOS GASTOS PÚBLICOS», ES LA DEFINICIÓN LEGAL DE:
40a) Los tributos.
40b) Las tasas.
40c) Las contribuciones especiales.
40d) Los impuestos.

Por último, en la pregunta 69 dicen que "De acuerdo con el Estatuto de Autonomía del País Vasco:" (...) "El Parlamento Vasco es inviolable" (supuesta respuesta correcta, a pesar de que el Estatuto de Autonomía especifique que "los miembros del" Parlamento Vasco son inviolables, es decir, no dice que el Parlamento sea inviolable, esto último es una interpretación que están haciendo los examinadores.
Literalmente: "Los miembros del Parlamento Vasco serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo." (Estatuto dixit)
Creo que sería una pregunta anulable.
Interpretando, también se puede decir que según el Estatuto son "setenta y cinco parlamentarios" es correcto, porque como dice que estará "integrado por un número igual de representantes de cada Territorio Histórico"... 25 X 3 Territorios = 75, o sea un número igual de representantes de cada Territorio Histórico.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Marzo de 2015, 00:14:13 AM
Poniéndolo en negrita, parece que han copiado literalmente la ley.
Lo que está en negrita es justo lo que aparece en el enunciado de la pregunta y la respuesta correcta.
La Ley:
Las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de
acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a
la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

Pregunta del examen:
66 LAS FACULTADES DE REVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN...
66a) Podrán ser ejercitadas siempre y en todo lugar.
66b) No podrán ser ejercitadas en ningún caso.
66c) No podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario al
derecho de los particulares.
66d) Podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario a la ley.
[/quote]
Cambiando de tercio, la respuesta correcta de la pregunta 66. es la c) y dice así:

"No podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario al derecho de los particulares"

El art. 106 de la ley 30/02 dice:

Artículo 106. Límites de la revisión.
Las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de
acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a
la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

¿Impugnable? ¿Qué opináis?

[/quote]
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 02 de Marzo de 2015, 00:24:35 AM
Cita de: Ikea en 02 de Marzo de 2015, 00:14:13 AM
Poniéndolo en negrita, parece que han copiado literalmente la ley.
Lo que está en negrita es justo lo que aparece en el enunciado de la pregunta y la respuesta correcta.
La Ley:
Las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de
acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a
la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

Pregunta del examen:
66 LAS FACULTADES DE REVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN...
66a) Podrán ser ejercitadas siempre y en todo lugar.
66b) No podrán ser ejercitadas en ningún caso.
66c) No podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario al
derecho de los particulares.
66d) Podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario a la ley.
Cambiando de tercio, la respuesta correcta de la pregunta 66. es la c) y dice así:

"No podrán ser ejercitadas cuando por otras circunstancias su ejercicio resulte contrario al derecho de los particulares"

El art. 106 de la ley 30/02 dice:

Artículo 106. Límites de la revisión.
Las facultades de revisión no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de
acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a
la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

¿Impugnable? ¿Qué opináis?

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La cuestión es que el art. 106 menciona "las otras circunstancias" en alusión al tiempo transcurrido; y en la respuesta del examen esas "otras circunstancias" se vinculan a su ejercicio.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 02 de Marzo de 2015, 00:27:26 AM
La 66 yo creo que claramente es la c, si estas en limite de pasar o no lo impugnaria. Que respuesta han dado por buena?

El practico que pinta le veis? En la del documento turco me he liao bastante, y me he arriesgado, pero creo que ha sido un error. Esto de tener que esperar 10 dias para los resultados del practico puffff

Otra cosa se sabe mas o menos cunta gente tienen intencion de seleccionar? Porque no es lo mismo 40 que 150... Y la teorica hemos pasado cerca de 400...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 02 de Marzo de 2015, 00:31:55 AM
Art. 25.2. del Estatuto: El Parlamento Vasco es inviolable.  :P
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 02 de Marzo de 2015, 00:39:24 AM
Lo de las condenas entiendo que se trata de no contratar hasta cancelar los antecedentes penales.
Y la de escrito y oral, y escrito y tacito muy dudoso. No he contestado a esa pregunta porque entiendo que las dos son correctas.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Marzo de 2015, 00:42:41 AM
Lo he comprobado y tienes razón. Ese artículo está justo antes del que he citado yo y pone eso literalmente.
:)

Cita de: Federico en 02 de Marzo de 2015, 00:31:55 AM
Art. 25.2. del Estatuto: El Parlamento Vasco es inviolable.  :P
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Marzo de 2015, 00:45:42 AM
De acuerdo.
Respecto a lo segundo, yo también lo veo muy dudoso. Casi que lo impugno.

Cita de: mikelbi en 02 de Marzo de 2015, 00:39:24 AM
Lo de las condenas entiendo que se trata de no contratar hasta cancelar los antecedentes penales.
Y la de escrito y oral, y escrito y tacito muy dudoso. No he contestado a esa pregunta porque entiendo que las dos son correctas.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: rita la cantaora2 en 02 de Marzo de 2015, 09:33:09 AM
se sabe ya la nota de corte de Administracion?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 02 de Marzo de 2015, 10:44:03 AM
Un 5. Lo pone en la pestaña "Prueba teórica", que no sé por qué hoy casca y no se me abre...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: kortxi en 02 de Marzo de 2015, 13:15:03 PM
BUENAS

puestos a anular preguntas porque las respuestas contienen errores, tal y como han hecho con la pregunta 66, que os parece esta otra en la cual en las una de las respuestas no existe:

55 LA DOCUMENTACIÓN QUE COMPONE LA LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
GENERALES DEBE ELABORARSE, UNA VEZ CERRADO EL EJERCICIO
PRESUPUESTARIO...
55a) Con anterioridad al 31 de Junio del ejercicio siguiente.
55b) Con anterioridad al 31 de Julio del ejercicio siguiente.
55c) Con anterioridad al 31 de Mayo del ejercicio siguiente.
55d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.


Junio tiene 31 días??????
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 02 de Marzo de 2015, 14:27:55 PM
Cita de: kortxi en 02 de Marzo de 2015, 13:15:03 PM
BUENAS

puestos a anular preguntas porque las respuestas contienen errores, tal y como han hecho con la pregunta 66, que os parece esta otra en la cual en las una de las respuestas no existe:

55 LA DOCUMENTACIÓN QUE COMPONE LA LIQUIDACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
GENERALES DEBE ELABORARSE, UNA VEZ CERRADO EL EJERCICIO
PRESUPUESTARIO...
55a) Con anterioridad al 31 de Junio del ejercicio siguiente.
55b) Con anterioridad al 31 de Julio del ejercicio siguiente.
55c) Con anterioridad al 31 de Mayo del ejercicio siguiente.
55d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.


Junio tiene 31 días??????

Pues no lo veo, en este caso la pregunta como la respuesta son correctas. Las otras tres son erroneas como en todas, algunas con conetnidos reales  y otras irreales. De todas formas siempre puedes impugnar  cualquier pregunta en base a lo que consideres, y que sean ello quienes resuelvan.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 02 de Marzo de 2015, 18:29:37 PM
Alguien ha tenido las ganas de revisar el practico con los apuntes? Estaria bien para hacernos una idea, o que pase la semana rapido. Por cierto a ver los resultados del practico, porque tambien hay alguna pregunta muy dudosa como para impugnar.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 03 de Marzo de 2015, 08:29:30 AM
Yo he mirado un poco por encima y muchas ni con los apuntes las he conseguido aclarar. Y encima me parece que estoy en la cuerda floja... :-\
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 03 de Marzo de 2015, 15:30:19 PM
10. Los procedimientos sancionadores en la administración pública vasca:
a) Se inician de oficio por acuerdo del órgano competente y no constarán siempre de un periodo probatorio.
b) Se iniciarán de oficio o a solicitud del afectado y no constarán siempre de un periodo probatorio

Tengo duda entre estas dos respuestas. La ley dice lo siguiente: Los procedimientos sancionadores también podrán iniciarse a instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley.

En el modelo B dan como correcta la respuesta A pero yo hubiera dicho que es la B. ¿Cómo lo veis? ¿No es lo mismo el afectado que el interesado?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 03 de Marzo de 2015, 16:20:46 PM
Cita de: txapelduna en 03 de Marzo de 2015, 15:30:19 PM
10. Los procedimientos sancionadores en la administración pública vasca:
a) Se inician de oficio por acuerdo del órgano competente y no constarán siempre de un periodo probatorio.
b) Se iniciarán de oficio o a solicitud del afectado y no constarán siempre de un periodo probatorio

Tengo duda entre estas dos respuestas. La ley dice lo siguiente: Los procedimientos sancionadores también podrán iniciarse a instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley.

En el modelo B dan como correcta la respuesta A pero yo hubiera dicho que es la B. ¿Cómo lo veis? ¿No es lo mismo el afectado que el interesado?

http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado (http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado)

La RAE establece lo siguiente:

interesado, da.
(Del part. de interesar).
1. adj. Que tiene interés en algo.
2. adj. Que se deja llevar demasiado por el interés, o solo se mueve por él.
3. adj. Der. Dicho de una persona: Que ostenta un interés legítimo en un procedimiento administrativo y, por ello, está legitimada para intervenir en él.

En este link, en relación a la LOPD, se utilizan como sinónimos: https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado (https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado)


Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: IZARTXO en 04 de Marzo de 2015, 00:49:21 AM
Kaixo.
Yo tambien ando preocupadilla porque el practico fue chungo.sabeis si pueden poner una nota minima menor de 5?? Es que no tengo ni idea de como lo han hecho otras veces. Como en este ka nota minima tmb sea 5 me parece a mi...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 10:09:32 AM
Buenos días:
¿Los que váis a reclamar cómo lo váis a hacer? A través de Zuzenean? O hay alguna dirección electrónica para ello?
Eskerrik asko.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lila en 04 de Marzo de 2015, 10:30:56 AM
Hola,
Alguien que haya hecho el examen de Económicas podría colgar el examen y la plantilla de corrección???
Mila esker
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 11:37:39 AM
Cita de: Federico en 03 de Marzo de 2015, 16:20:46 PM
Cita de: txapelduna en 03 de Marzo de 2015, 15:30:19 PM
10. Los procedimientos sancionadores en la administración pública vasca:
a) Se inician de oficio por acuerdo del órgano competente y no constarán siempre de un periodo probatorio.
b) Se iniciarán de oficio o a solicitud del afectado y no constarán siempre de un periodo probatorio

Tengo duda entre estas dos respuestas. La ley dice lo siguiente: Los procedimientos sancionadores también podrán iniciarse a instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley.

En el modelo B dan como correcta la respuesta A pero yo hubiera dicho que es la B. ¿Cómo lo veis? ¿No es lo mismo el afectado que el interesado?

http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado (http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado)

La RAE establece lo siguiente:

interesado, da.
(Del part. de interesar).
1. adj. Que tiene interés en algo.
2. adj. Que se deja llevar demasiado por el interés, o solo se mueve por él.
3. adj. Der. Dicho de una persona: Que ostenta un interés legítimo en un procedimiento administrativo y, por ello, está legitimada para intervenir en él.

En este link, en relación a la LOPD, se utilizan como sinónimos: https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado (https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado)


Gracias Federico. Entonces la respuesta correcta debería ser la B, ¿no?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 11:40:58 AM
¿Alguien sabe donde se regula el tema de las autorizaciones?

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 12:50:32 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.

Has llevado la reclamación en papel y enseñado el carnet y ya está, no?
Mañana está abierto hasta las 20:00?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Goaz en 04 de Marzo de 2015, 12:54:06 PM
Cita de: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 11:37:39 AM
Cita de: Federico en 03 de Marzo de 2015, 16:20:46 PM
Cita de: txapelduna en 03 de Marzo de 2015, 15:30:19 PM
10. Los procedimientos sancionadores en la administración pública vasca:
a) Se inician de oficio por acuerdo del órgano competente y no constarán siempre de un periodo probatorio.
b) Se iniciarán de oficio o a solicitud del afectado y no constarán siempre de un periodo probatorio

Tengo duda entre estas dos respuestas. La ley dice lo siguiente: Los procedimientos sancionadores también podrán iniciarse a instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley.

En el modelo B dan como correcta la respuesta A pero yo hubiera dicho que es la B. ¿Cómo lo veis? ¿No es lo mismo el afectado que el interesado?


http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado (http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado)

La RAE establece lo siguiente:

interesado, da.
(Del part. de interesar).
1. adj. Que tiene interés en algo.
2. adj. Que se deja llevar demasiado por el interés, o solo se mueve por él.
3. adj. Der. Dicho de una persona: Que ostenta un interés legítimo en un procedimiento administrativo y, por ello, está legitimada para intervenir en él.

En este link, en relación a la LOPD, se utilizan como sinónimos: https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado (https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado)


Gracias Federico. Entonces la respuesta correcta debería ser la B, ¿no?

Yo no puedo reclamar por falta de tiempo (gracias tribunal), pero indicar que es deplorable la redacción de estas respuestas, ya me saltó a la vista en el examen.

Definición de "constar" (RAE):

3. intr. Dicho de un todo: Tener determinadas partes. Un soneto consta de dos cuartetos y dos tercetos.

Es muy distinto este significado del de "contar con".

Se puede decir "un soneto no consta de dos cuartetos", porque consta de dos cuartetos y dos tercetos, pero es imposible decir que "consta de dos cuartetos" como dando a entender que consta entre otras cosas de dos cuartetos (omitiendo los tercetos).

Dicho al revés cabe decir que "no consta de dos cuartetos", porque consta de dos cuartetos y dos tercetos, como queda dicho, pero decir que "no consta siempre de dos cuartetos" es una contradicción en los propios términos, porque debe tenerlos siempre.

Si el procedimiento sancionador debe tener un periodo probatorio obligatoriamente, las respuestas que incluyan "no constarán siempre" son erróneas. O consta o no consta de tal periodo probatorio (lo que es absurdo en sí mismo, un procedimiento que conste de periodo probatorio... y nada más).

Que conste (valga la redundancia) que ni recuerdo mi respuesta a esta pregunta.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 04 de Marzo de 2015, 13:00:34 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 12:50:32 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.

Has llevado la reclamación en papel y enseñado el carnet y ya está, no?
Mañana está abierto hasta las 20:00?

Zuzenean sí estará abierto pero el plazo termina hoy día 4...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 04 de Marzo de 2015, 13:28:08 PM
Cita de: Goaz en 04 de Marzo de 2015, 12:54:06 PM
Cita de: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 11:37:39 AM
Cita de: Federico en 03 de Marzo de 2015, 16:20:46 PM
Cita de: txapelduna en 03 de Marzo de 2015, 15:30:19 PM
10. Los procedimientos sancionadores en la administración pública vasca:
a) Se inician de oficio por acuerdo del órgano competente y no constarán siempre de un periodo probatorio.
b) Se iniciarán de oficio o a solicitud del afectado y no constarán siempre de un periodo probatorio

Tengo duda entre estas dos respuestas. La ley dice lo siguiente: Los procedimientos sancionadores también podrán iniciarse a instancia de parte interesada según el artículo 30 de la presente ley.

En el modelo B dan como correcta la respuesta A pero yo hubiera dicho que es la B. ¿Cómo lo veis? ¿No es lo mismo el afectado que el interesado?


http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado (http://www.wordreference.com/sinonimos/interesado)

La RAE establece lo siguiente:

interesado, da.
(Del part. de interesar).
1. adj. Que tiene interés en algo.
2. adj. Que se deja llevar demasiado por el interés, o solo se mueve por él.
3. adj. Der. Dicho de una persona: Que ostenta un interés legítimo en un procedimiento administrativo y, por ello, está legitimada para intervenir en él.

En este link, en relación a la LOPD, se utilizan como sinónimos: https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado (https://portal.uah.es/portal/page/portal/proteccion_datos/conceptos/afectado)


Gracias Federico. Entonces la respuesta correcta debería ser la B, ¿no?

Yo no puedo reclamar por falta de tiempo (gracias tribunal), pero indicar que es deplorable la redacción de estas respuestas, ya me saltó a la vista en el examen.

Definición de "constar" (RAE):

3. intr. Dicho de un todo: Tener determinadas partes. Un soneto consta de dos cuartetos y dos tercetos.

Es muy distinto este significado del de "contar con".

Se puede decir "un soneto no consta de dos cuartetos", porque consta de dos cuartetos y dos tercetos, pero es imposible decir que "consta de dos cuartetos" como dando a entender que consta entre otras cosas de dos cuartetos (omitiendo los tercetos).

Dicho al revés cabe decir que "no consta de dos cuartetos", porque consta de dos cuartetos y dos tercetos, como queda dicho, pero decir que "no consta siempre de dos cuartetos" es una contradicción en los propios términos, porque debe tenerlos siempre.

Si el procedimiento sancionador debe tener un periodo probatorio obligatoriamente, las respuestas que incluyan "no constarán siempre" son erróneas. O consta o no consta de tal periodo probatorio (lo que es absurdo en sí mismo, un procedimiento que conste de periodo probatorio... y nada más).

Que conste (valga la redundancia) que ni recuerdo mi respuesta a esta pregunta.

Yo ya he presentado mi reclamación y no he incluido esta pregunta... ¿Alguien tiene intención de impugnarla? Coincido con los argumentos de Goaz y creo que podrían aceptar una anulación en tal sentido.

¡Ánimo! Y no dejéis pasar la oportunidad  8)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 13:34:08 PM
Planteo una última duda:

¿La toma de posesión de un funcionario no es un acto administrativo? Hubiera jurado que sí.

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 04 de Marzo de 2015, 13:38:14 PM
Cita de: lati en 04 de Marzo de 2015, 13:00:34 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 12:50:32 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.

Has llevado la reclamación en papel y enseñado el carnet y ya está, no?
Mañana está abierto hasta las 20:00?

Zuzenean sí estará abierto pero el plazo termina hoy día 4...

Sí. He hecho el típico escrito "expongo que...", "solicito que..." con mis datos, pero no me han pedido el carnet en ningún momento.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 04 de Marzo de 2015, 13:40:29 PM
Cita de: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 13:34:08 PM
Planteo una última duda:

¿La toma de posesión de un funcionario no es un acto administrativo? Hubiera jurado que sí.



No, es su nombramiento. Yo también fallé esa  :-\
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 17:14:30 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 13:38:14 PM
Cita de: lati en 04 de Marzo de 2015, 13:00:34 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 12:50:32 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.

Has llevado la reclamación en papel y enseñado el carnet y ya está, no?
Mañana está abierto hasta las 20:00?

Zuzenean sí estará abierto pero el plazo termina hoy día 4...

Sí. He hecho el típico escrito "expongo que...", "solicito que..." con mis datos, pero no me han pedido el carnet en ningún momento.

¿Ante qué órgano lo has presentado? Tribunal de la bolsa de trabajo del cuerpo de... con eso vale?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 04 de Marzo de 2015, 17:32:53 PM
Yo así lo he realizado...

¿Vas a recoger la pregunta que ha señalado Goaz? Es que me he quedado con ganas de más  :)

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 04 de Marzo de 2015, 17:56:16 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 17:14:30 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 13:38:14 PM
Cita de: lati en 04 de Marzo de 2015, 13:00:34 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 12:50:32 PM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 11:05:34 AM
Yo he reclamado a través de Zuzenean. También se puede hacer en las delegaciones del IVAP.

Has llevado la reclamación en papel y enseñado el carnet y ya está, no?
Mañana está abierto hasta las 20:00?

Zuzenean sí estará abierto pero el plazo termina hoy día 4...

Sí. He hecho el típico escrito "expongo que...", "solicito que..." con mis datos, pero no me han pedido el carnet en ningún momento.

¿Ante qué órgano lo has presentado? Tribunal de la bolsa de trabajo del cuerpo de... con eso vale?

IVAP. Tribunal de la Bolsa de Trabajo...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 20:00:41 PM
Acabo de ir a Zuzenean y estaba cerrado.patece q ya no cierran a las 20, sino a las 19:30. Me siento fatal. Culpa mía por no comprobar el horario.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 04 de Marzo de 2015, 22:24:49 PM
Cita de: Ikea en 04 de Marzo de 2015, 20:00:41 PM
Acabo de ir a Zuzenean y estaba cerrado.patece q ya no cierran a las 20, sino a las 19:30. Me siento fatal. Culpa mía por no comprobar el horario.

Ikea, aún puedes hacerlo si quieres...

http://www.correos.es/ss/Satellite/site/pagina-cartas_documentos/sidioma=es_ES (http://www.correos.es/ss/Satellite/site/pagina-cartas_documentos/sidioma=es_ES)



Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 05 de Marzo de 2015, 08:39:06 AM
Cita de: A123 en 04 de Marzo de 2015, 13:40:29 PM
Cita de: txapelduna en 04 de Marzo de 2015, 13:34:08 PM
Planteo una última duda:

¿La toma de posesión de un funcionario no es un acto administrativo? Hubiera jurado que sí.



No, es su nombramiento. Yo también fallé esa  :-\

Muchas gracias por la respuesta :-)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 12 de Marzo de 2015, 08:38:27 AM
ale, ahí, anulando a lo loco... como pase igual con el práctico me voy al hoyo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 12 de Marzo de 2015, 09:16:17 AM
Cita de: lati en 12 de Marzo de 2015, 08:38:27 AM
ale, ahí, anulando a lo loco... como pase igual con el práctico me voy al hoyo.

Aupa Lati, aquí otro en tu misma situación. Viendo la hostia que me han dado en el teórico con las correcciones y viendo como tengo las de reserva en el práctico pues, seguramente, sea algo tan bíblico como morir en la orilla. Entiendo las reclamaciones y las anulaciones pero, quien hostias hace el examen como para que se anulen 6 preguntas? No saben lo que hacen o qué? Mi no entender.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 12 de Marzo de 2015, 09:29:18 AM
Eso mismo, me parece vergonzoso que se redacte un examen en el que se anulen 7 preguntas... y encima me meten en la lista de sin perfil cuando saben de sobra en el ivap que lo tengo y ya salía como acreditado... ¿dónde leches han mirado?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: janirem en 12 de Marzo de 2015, 09:38:53 AM
Alguien va a impugnar alguna pregunta del practico?

He suspendido, pero tengo todas las reservas bien  :-[
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 12 de Marzo de 2015, 10:49:10 AM
No puedo verlo ahora. Cuando hablais de 7 preguntas anuladas a q examen os referis?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Mabi en 12 de Marzo de 2015, 11:02:27 AM
Egun on!

Alguien podría colgar, por favor, el examen de técnico de Igualdad?
Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 11:36:54 AM
Cita de: Ikea en 12 de Marzo de 2015, 10:49:10 AM
No puedo verlo ahora. Cuando hablais de 7 preguntas anuladas a q examen os referis?


Al del Domingo (Cuerpo Superior de Administración)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 12 de Marzo de 2015, 11:43:09 AM
Cita de: janirem en 12 de Marzo de 2015, 09:38:53 AM
Alguien va a impugnar alguna pregunta del practico?

He suspendido, pero tengo todas las reservas bien  :-[

Nose hay algunas dudosas, ahora no puedo mirar los apuntes, cuando tenga tiempo las mirare, pero son estas, a ver que opinais.
La 13 por ejemplo, porque no podemos considerar representante de su hija? No hay 10 dias para que pueda hacerlo?
O la 11 se registra siendo fuera de plazo?
La 18 entiendo que si se puede, si es mas adecuado, convenga al interes publico  y hay acuerdo.
La 31, dice que cualquier escrito, pero el registro no debe verrificar la adecuacion del escrito?
Y por ultimo la tercera, el consentimiento expreso entiendo que es para los datos especialmenge protegidos (algunas por escrito), pero por ejenplo un consentimiento libre, claro, inequivoco... no se puede dar de manera presunta?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 12 de Marzo de 2015, 11:47:13 AM
yo tengo algunas dudosas también, pero depende de como tenga las de reserva me lanzaré a impugnar o no...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 12 de Marzo de 2015, 14:23:14 PM
Aupa, en mi opinión, en cuanto a la pregunta 3 y la 11 de primeras no sabría que decirte, tendría que mirarlo bien. La 13 no te da ninguna razón para pensar que pueda ser su representante. La hija es mayor de edad, no es un trámite y no presenta ni un poder ni nada por el estilo que pueda suponer su representación. Si queréis darle más vueltas... A mí me parece de las claras. En la 18 opino igual que tú. La 31 creo que está bien, y digo creo, porque me parece que los casos en los que se puede negar el registro están más bien tasados (publicidad...)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: janirem en 12 de Marzo de 2015, 14:45:27 PM
En la pregunta 3, se puede ceder los datos a otra administracion sin consentimiento. Por lo que la d seria correcta,no?
En la 13, no esta nada clara, porque hay plazo para acreditarlo.

En la 18 estoy de acuerdo tambien, con lo que habeis comentado.

Y la 7? El funcionario que trata los datos es un usuario? En la Lopd no aparece esa figura.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 12 de Marzo de 2015, 14:53:09 PM
Pregunta 3 del modelo A

3 ¿QUÉ EFECTOS TIENE QUE EL SR. ZÁRATE VUELVA A PRESENTAR LA MISMA
SOLICITUD CUATRO DÍAS DESPUÉS DE TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA
PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA?
3a) El Sr. Zárate puede perfectamente presentar una nueva petición idéntica.
3b) El Sr. Zárate no puede presentar una nueva petición que sea idéntica a la que ya en su día
planteó, dado que caducó el plazo para presentar la documentación requerida por la
Administración.
3c) El Sr. Zárate no puede presentar una nueva solicitud que sea idéntica a la que ya en su día
planteó, puesto que la primera habría decaído por prescripción del plazo para presentar la
documentación exigida por la Administración.
3d) El Sr. Zárate no puede ya presentar una solicitud idéntica porque habría renunciado a ese
derecho al no aportar la documentación que le había requerido la Dirección de
Infraestructuras de Transportes, pero sí que podría presentarla un tercero aunque tuviera el
mismo contenido, por ejemplo, la esposa del solicitante.

¿Dónde se regula ésto?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 12 de Marzo de 2015, 15:01:56 PM
No veo ahora las calificaciones del práctico ...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 12 de Marzo de 2015, 15:18:22 PM
Cuando son datos especialmente protegidos se necesita consentimiento expreso y por escrito. En resto de datos sólo consentimiento expreso. Luego la pregunta está bien.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 15:55:12 PM
Cita de: txapelduna en 12 de Marzo de 2015, 15:01:56 PM
No veo ahora las calificaciones del práctico ...

Han publicado los resultados provisionales del primer ejercicio con errores. Sin ir más lejos la suma de mis aciertos, errores etc. ascendía a un total de 66...

Respecto a los resultado provisionales del ejercicio teórico-práctico que han publicado y posteriormente quitado, presumo que han metido el remo y que habrá variaciones.

En el teórico de 65 preguntas han anulado 7, a ver si se van a quedar cortos con las 5 de reserva del ejercicio práctico...

Ojo con los vaivenes que seguro nos encontramos con sorpresas.

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 16:00:14 PM
Cita de: Federico en 12 de Marzo de 2015, 15:55:12 PM
Cita de: txapelduna en 12 de Marzo de 2015, 15:01:56 PM
No veo ahora las calificaciones del práctico ...

Han publicado los resultados provisionales del primer ejercicio con errores. Sin ir más lejos la suma de mis aciertos, errores etc. ascendía a un total de 66...

Respecto a los resultado provisionales del ejercicio teórico-práctico que han publicado y posteriormente quitado, presumo que han metido el remo y que habrá variaciones.

En el teórico de 65 preguntas han anulado 7, a ver si se van a quedar cortos con las 5 de reserva del ejercicio práctico...

Ojo con los vaivenes que seguro nos encontramos con sorpresas.



Akats bat antzeman da lehen ariketaren A zatiko zuzenketa mekanizatuan: baliogabetua zegoen B ereduko 62. galdera zuzendu egin da. Horren ondorioz, B ereduari erantzun zioten hautagaiei 66 galdera zuzendu zaizkie 65 zuzendu beharrean.

Horregatik lehen ariketaren A eta B zatien emaitzei buruzko informazioa kendu egin da.

Akatsa zuzentzen den bezain laster, zerrenda berriak aterako dira.

Barka eragozpenak
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 12 de Marzo de 2015, 16:11:39 PM
Al final se van a quedar en bolsa los 50 que tenga el corazón mas fuerte  ;D ;D ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 16:16:20 PM
Cita de: janirem en 12 de Marzo de 2015, 14:45:27 PM
En la pregunta 3, se puede ceder los datos a otra administracion sin consentimiento. Por lo que la d seria correcta,no?
En la 13, no esta nada clara, porque hay plazo para acreditarlo.

En la 18 estoy de acuerdo tambien, con lo que habeis comentado.

Y la 7? El funcionario que trata los datos es un usuario? En la Lopd no aparece esa figura.

De acuerdo con la nº 18. ¡Queda anulada!  :-*

Respecto a la nº 7:

Por otra parte, los funcionarios adscritos al citado órgano administrativo
estarían accediendo y usando los datos personales obrantes en los
correspondientes expedientes administrativos en virtud de su relación
administrativa o funcionarial con la Consejería de referencia, por lo cual,
tampoco precisarían el consentimiento de los afectados titulares de los datos,
según señala el mismo artículo 6.2 de la LOPD. Ahora bien, no se consideran
encargados del tratamiento las personas físicas, los funcionarios, que tienen
acceso a los datos en su condición de empleados dentro de la relación
administrativa que mantienen con el responsable del fichero. Dichos
funcionarios serían usuarios del fichero
.


http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf (http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf)

Y respecto a la nº 3, creo que está bien, pero mejor impugnarla para cerciorarse...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 12 de Marzo de 2015, 16:18:27 PM
Hola!!

¿Y qué pensáis del tema de que los interinos puedan solicitar una excedencia? Estoy pensando en impugnar esas preguntas...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 12 de Marzo de 2015, 16:33:36 PM
Cita de: Federico en 12 de Marzo de 2015, 16:16:20 PM
Cita de: janirem en 12 de Marzo de 2015, 14:45:27 PM
En la pregunta 3, se puede ceder los datos a otra administracion sin consentimiento. Por lo que la d seria correcta,no?
En la 13, no esta nada clara, porque hay plazo para acreditarlo.

En la 18 estoy de acuerdo tambien, con lo que habeis comentado.

Y la 7? El funcionario que trata los datos es un usuario? En la Lopd no aparece esa figura.

De acuerdo con la nº 18. ¡Queda anulada!  :-*

Respecto a la nº 7:

Por otra parte, los funcionarios adscritos al citado órgano administrativo
estarían accediendo y usando los datos personales obrantes en los
correspondientes expedientes administrativos en virtud de su relación
administrativa o funcionarial con la Consejería de referencia, por lo cual,
tampoco precisarían el consentimiento de los afectados titulares de los datos,
según señala el mismo artículo 6.2 de la LOPD. Ahora bien, no se consideran
encargados del tratamiento las personas físicas, los funcionarios, que tienen
acceso a los datos en su condición de empleados dentro de la relación
administrativa que mantienen con el responsable del fichero. Dichos
funcionarios serían usuarios del fichero
.


http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf (http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf)

Y respecto a la nº 3, creo que está bien, pero mejor impugnarla para cerciorarse...

Pues yo voy a impugnar la 7. En el temario cita la LOPD y la ley 2/2004, por lo que a mí entender hay que ceñirse a esas dos leyes. Otra cosa habría sido que pusiese el tema genérico de la "protección de datos".
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 12 de Marzo de 2015, 16:41:16 PM
Otra:

En la pregunta 35 del modelo B no debería ser d)? Si el plazo no está especificado debería ser 3 meses desde el acuerdo de iniciación no??

Artículo 42 Obligación de resolver

1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

Se exceptúan de la obligación, a que se refiere el párrafo primero, los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de comunicación previa a la Administración.

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.

3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:

a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
4. Las Administraciones públicas deben publicar y mantener actualizadas, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo.

En todo caso, las Administraciones públicas informarán a los interesados del plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación de los procedimientos, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo, incluyendo dicha mención en la notificación o publicación del acuerdo de iniciación de oficio, o en comunicación que se les dirigirá al efecto dentro de los diez días siguientes a la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. En este último caso, la comunicación indicará además la fecha en que la solicitud ha sido recibida por el órgano competente.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 16:48:05 PM
Cita de: A123 en 12 de Marzo de 2015, 16:33:36 PM
Cita de: Federico en 12 de Marzo de 2015, 16:16:20 PM
Cita de: janirem en 12 de Marzo de 2015, 14:45:27 PM
En la pregunta 3, se puede ceder los datos a otra administracion sin consentimiento. Por lo que la d seria correcta,no?
En la 13, no esta nada clara, porque hay plazo para acreditarlo.

En la 18 estoy de acuerdo tambien, con lo que habeis comentado.

Y la 7? El funcionario que trata los datos es un usuario? En la Lopd no aparece esa figura.

De acuerdo con la nº 18. ¡Queda anulada!  :-*

Respecto a la nº 7:

Por otra parte, los funcionarios adscritos al citado órgano administrativo
estarían accediendo y usando los datos personales obrantes en los
correspondientes expedientes administrativos en virtud de su relación
administrativa o funcionarial con la Consejería de referencia, por lo cual,
tampoco precisarían el consentimiento de los afectados titulares de los datos,
según señala el mismo artículo 6.2 de la LOPD. Ahora bien, no se consideran
encargados del tratamiento las personas físicas, los funcionarios, que tienen
acceso a los datos en su condición de empleados dentro de la relación
administrativa que mantienen con el responsable del fichero. Dichos
funcionarios serían usuarios del fichero
.


http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf (http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/conceptos/common/pdfs/2009-0503_Tratamiento-de-datos-por-funcionarios-como-usuarios-del-fichero-p-uu-blico.pdf)

Y respecto a la nº 3, creo que está bien, pero mejor impugnarla para cerciorarse...

Pues yo voy a impugnar la 7. En el temario cita la LOPD y la ley 2/2004, por lo que a mí entender hay que ceñirse a esas dos leyes. Otra cosa habría sido que pusiese el tema genérico de la "protección de datos".

Que conste que yo también la tengo mal respondida. Probaré a argumentar lo que comentas, pero me da que no estimarán la anulación, fíjate que además de las leyes que comentas, el tema 29 hace alusión a la "Protección de datos de carácter personal" de forma genérica. No obstante, habrá que intentarlo...  :angel:
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 17:21:12 PM
Cita de: A123 en 12 de Marzo de 2015, 16:41:16 PM
Otra:

En la pregunta 35 del modelo B no debería ser d)? Si el plazo no está especificado debería ser 3 meses desde el acuerdo de iniciación no??

Artículo 42 Obligación de resolver

1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

Se exceptúan de la obligación, a que se refiere el párrafo primero, los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de comunicación previa a la Administración.

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.

3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:

a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
4. Las Administraciones públicas deben publicar y mantener actualizadas, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo.

En todo caso, las Administraciones públicas informarán a los interesados del plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación de los procedimientos, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo, incluyendo dicha mención en la notificación o publicación del acuerdo de iniciación de oficio, o en comunicación que se les dirigirá al efecto dentro de los diez días siguientes a la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. En este último caso, la comunicación indicará además la fecha en que la solicitud ha sido recibida por el órgano competente.

Coincido contigo: "Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses"

Ahora mismo estoy un poco espeso como para afirmar de manera categórica que la respuesta correcta sea la "D". En tal caso, ¿Se debería solicitar la pertinente corrección o directamente procedería solicitar la anulación?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 12 de Marzo de 2015, 17:30:11 PM
Cita de: Federico en 12 de Marzo de 2015, 17:21:12 PM
Cita de: A123 en 12 de Marzo de 2015, 16:41:16 PM
Otra:

En la pregunta 35 del modelo B no debería ser d)? Si el plazo no está especificado debería ser 3 meses desde el acuerdo de iniciación no??

Artículo 42 Obligación de resolver

1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

Se exceptúan de la obligación, a que se refiere el párrafo primero, los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de comunicación previa a la Administración.

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.

3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:

a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
4. Las Administraciones públicas deben publicar y mantener actualizadas, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos, con indicación de los plazos máximos de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo.

En todo caso, las Administraciones públicas informarán a los interesados del plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación de los procedimientos, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo, incluyendo dicha mención en la notificación o publicación del acuerdo de iniciación de oficio, o en comunicación que se les dirigirá al efecto dentro de los diez días siguientes a la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. En este último caso, la comunicación indicará además la fecha en que la solicitud ha sido recibida por el órgano competente.

Coincido contigo: "Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses"

Ahora mismo estoy un poco espeso como para afirmar de manera categórica que la respuesta correcta sea la "D". En tal caso, ¿Se debería solicitar la pertinente corrección o directamente procedería solicitar la anulación?
Entiendo que la corrección, ya que existe una respuesta válida.
La duda la tengo con la nº 7. Si aceptan la impugnación, la anulan o la correcta sería "encargado del tratamiento", que es la que aparece en la LOPD y coincide con la definición de la pregunta? Porque teniendo en cuenta el link de la AEPD que has añadido, tampoco sería correcta. Como ves yo sigo erre que erre que esa pregunta no procedía  ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 12 de Marzo de 2015, 17:51:00 PM
24 ¿EN QUÉ TIPO DE SITUACIÓN PODRÍAMOS ENCUADRAR A GRACIA GARCÉS EN TAL CASO?
24a) En servicios especiales.
24b) En excedencia voluntaria.
24c) En excedencia forzosa.
24d) En ninguna de las anteriores.

En esa ponen que la correcta es la b, pero una nota característica de este personal es que no se le puede extender de forma indiscriminada e injustificada el sistema de excedencias legalmente establecido para los funcionarios de carrera, ya que si la urgencia o la necesidad son factores que definen el nombramiento de los interinos, ante una situación de imposibilidad o dificultad actual de proceder a la cobertura de la plaza por funcionario de carrera, y si la transitoriedad en el desempeño es la nota que define su relación con la Administración, es obvio que tales características que impregnan la relación funcionarial interina, son de difícil conciliación con el acceso a situaciones administrativas como la excedencia en sus diversas modalidades.

¿qué pensáis?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 17:53:04 PM
A123, yo entiendo que la respuesta correcta es una, la 7c (Usuario).
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 18:10:28 PM
Les vamos a impugnar el examen entero, no se yo de donde van a sacar preguntas de reserva...

Rizando el rizo...  O0

Fijaros en la respuesta correcta 17d) del modelo B.

¿Qué hace ahí esa coma en lugar del punto (final)? La coma se utiliza, entre otros, para separar distintas oraciones y frases que se refieran al mismo tema. Por tanto podemos concluir que es una respuesta incompleta. Y, ¿puede una respuesta incompleta ser correcta?  ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 12 de Marzo de 2015, 18:30:24 PM
jajajaja

No sería mala idea y me vendría estupendo xDDD
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 12 de Marzo de 2015, 18:53:34 PM
Buenas, en la 43 en el modelo b, en que ley viene la parte de la obligacion de reponer la situacion alterada a su estado originario?  Como en los apuntes venia que no eran completos no se podra impugnar pero menuda la gracia...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 12 de Marzo de 2015, 19:48:14 PM
A123: Respecto a la pregunta 35 del modelo b.
Articulo 20.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora y relativo a la resolución:
"6.  Si no hubiese recaído resolución transcurridos seis meses desde la iniciación, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables a los interesados o por la suspensión del procedimiento a que se refieren los artículos 5 y 7, se iniciará el cómputo del plazo de caducidad establecido en el artículo 43.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."

Además la c es máximo de 3 meses desde que se NOTIFICÓ el procedimiento sancionador. Ahí había una pista.

Edito: Newbie, a mí las preguntas de la interina laboral me llevaron por la calle de la amargura, yo también pensaba que no tenía básicamente derecho a nada, pero por más que busco no encuentro nada que pueda contradecir el criterio de los examinadores! Me dio 5 minutos de quebradero de cabeza de los grandes!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 12 de Marzo de 2015, 20:59:39 PM
Cita de: pinakel en 12 de Marzo de 2015, 19:48:14 PM
A123: Respecto a la pregunta 35 del modelo b.
Articulo 20.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora y relativo a la resolución:
"6.  Si no hubiese recaído resolución transcurridos seis meses desde la iniciación, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables a los interesados o por la suspensión del procedimiento a que se refieren los artículos 5 y 7, se iniciará el cómputo del plazo de caducidad establecido en el artículo 43.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."

Además la c es máximo de 3 meses desde que se NOTIFICÓ el procedimiento sancionador. Ahí había una pista.

Edito: Newbie, a mí las preguntas de la interina laboral me llevaron por la calle de la amargura, yo también pensaba que no tenía básicamente derecho a nada, pero por más que busco no encuentro nada que pueda contradecir el criterio de los examinadores! Me dio 5 minutos de quebradero de cabeza de los grandes!

No lo veo claro. La pregunta dice así:

¿DE CUÁNTO TIEMPO DISPONDRÁ LA CONSEJERÍA PARA RESOLVER ESE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR CUANDO EL PLAZO NO ESTÁ ESPECÍFICAMENTE DETERMINADO POR UNA NORMATIVA CONCRETA?

Nos preguntan por el plazo para resolver cuando no esté determinado en una normativa concreta. Yo coincido con el argumento de A123 y creo que se están refiriendo al art. 42 de la LRJAP-PAC y no a los plazos relativos a la caducidad y/o prescripción.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lila en 13 de Marzo de 2015, 08:45:02 AM
Pinakel,
¿Has podido encontrar algo que avale que la interina laboral tenga derecho a algo? Gracias!!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 13 de Marzo de 2015, 09:42:34 AM
Yo de momento sólo encuentro ésto, pero no sé si se podría utilizar... pero quizá deberíamos intentarlo...



En este caso nos encontramos con un contrato laboral interino y, en un asunto similar pero ante una excedencia solicitada por personal laboral indefinido recogió el Tribunal Superior de Galicia en su Sentencia 3334/2011, de 8 de junio lo siguiente:

"Sentencia Tribunal Supremo de 3 mayo 2006 al señalar que "el estatuto del trabajador indefinido no fijo se aproxima a la interinidad por vacante desde el momento que la existencia del vínculo pende de la provisión del puesto desempeñado a través de los procedimientos legales. La naturaleza de este vínculo y su provisionalidad llevan a la conclusión de que no puede aplicarse al mismo la institución de excedencia voluntaria especial que contempla el artículo 10 de la Ley 53/1984. En primer lugar, porque la excedencia funciona como una garantía de la estabilidad y esta garantía no existe para el trabajador indefinido no fijo, que tiene un estatuto precario como consecuencia de su irregular contratación, pues la Administración está obligada a proveer la plaza de acuerdo con los procedimientos reglamentarios de selección. Además, la excedencia voluntaria se caracteriza por otorgar al trabajador fijo excedente únicamente "un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría" y este derecho, que puede otorgarse, al trabajador no puede concederse al indefinido no fijo, porque la relación de éste está vinculada exclusivamente al puesto de trabajo que ocupa. Por ello, sólo podría reingresar en la vacante de su puesto de trabajo, nunca en otras, e incluso para aquélla tampoco podría reconocerse este derecho del artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, pues precisamente lo que tiene que hacer la Administración es proveer dicha vacante por los procedimientos reglamentarios en orden a asegurar que la cobertura deba producirse respetando los principios de igualdad, mérito y publicidad, con lo que la preferencia está excluida. El trabajador podrá optar a la plaza, pero sólo en los sistemas de provisión externos y en igualdad de condiciones con el resto de los participantes. La incompatibilidad sobrevenida no puede dar al trabajador más derechos de los que tenía", razones todas que abonan la revocación de la resolución recurrida y la desestimación de la demanda rectora de los autos."

Si bien dicha sentencia contempla la situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad, los argumentos en ella contenidos son extensibles a cualquier situación de excedencia voluntaria, dado que el trabajador indefinido no conserva derecho a volver su puesto, sino a mantenerlo mientras está en activo."

Esto último también lo pone en la Sentencia del TSJ de Galicia

Y esto otro:

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Social, Sentencia de 2 Feb. 1999, rec. 2606/1998

"Lo que no prevé esa norma (ni ninguna otra) expresamente, porque se trata de hipótesis que la simple lógica rechaza, es que un funcionario o personal estatutario pretenda acceder a una plaza en propiedad, para optar luego por una situación tal inestable como es la de interinidad. Pero que ello no es posible se desprende de los propios artículos, que parten del supuesto de que el derecho de opción, y por consiguiente el de pasar a excedencia voluntaria en uno de ambos puestos, se puede ejercitar en relación con cualquiera de ellos. De modo que cualquier otro supuesto, en que tal derecho sólo pueda ejercerse en una sola dirección, está excluido del precepto. Pues bien, la actora en el presente caso no hubiera podido ejercitar la opción en sentido inverso, es decir ocupar su plaza en propiedad y pasar a excedencia voluntaria en la plaza que sirve en régimen de interinidad, porque: 1.ª) La interinidad no supone derecho alguno a la plaza que se ocupa, y por tanto tampoco genera ningún derecho a pasar en ella a la situación de excedencia voluntaria. La propia naturaleza temporal y condicional de toda interinidad pugna con la posibilidad de disfrutar durante ella una situación de excedencia voluntaria. 2.ª) La excedencia voluntaria sólo está prevista para el personal con plaza en propiedad. Y ello por una razón lógica. Si elinterino cesa en su prestación de servicios, pierde por ese solo hecho todo derecho a la plaza que sirve en tal régimen. Y por consiguiente no tendría luego, en ningún caso, el derecho de reingreso al servicio activo, que forma parte indiscutible del derecho a la excedencia."


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Dic. 2008, rec. 162/2006

Entre los preceptos que ven modificada su redacción se encuentra el artículo 15 del Reglamento de Situaciones Administrativas, la redacción de cuyos apartados 1 y 3 , dice el artículo segundo del Real Decreto 255/2006 , queda en los siguientes términos:

"Artículo 15 . Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

1. Procederá declarar, de oficio o a instancia de parte, en la situación regulada en este artículo a los funcionarios de carrera que se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones públicas, salvo que hubieran obtenido la oportuna compatibilidad, y a los que pasen a prestar servicios como personal laboral fijo en organismos o entidades del sector público y no les corresponda quedar en las situaciones de servicio activo o servicios especiales. El desempeño de puestos con carácter de funcionario interino o de personal laboral temporal no habilitará para pasar a esta situación administrativa.

A efectos de lo previsto en el párrafo anterior, deben considerarse incluidas en el sector público aquellas empresas controladas por las Administraciones públicas por cualquiera de los medios previstos en la legislación mercantil, y en las que la participación directa o indirecta de las citadas Administraciones públicas sea igual o superior al porcentaje legalmente establecido.

3. Los funcionarios podrán permanecer en esta situación en tanto se mantenga la relación de servicios que dio origen a la misma. Una vez producido el cese como funcionario de carrera o personal laboral fijo deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo máximo de un mes, declarándoseles, de no hacerlo, en la situación de excedencia voluntaria por interés particular".

Sobre las novedades que aporta este texto, dice el preámbulo del Real Decreto que:

"se precisan los supuestos de hecho necesarios para declarar la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, que no cabe en el caso de desempeño de puestos con carácter de funcionario interino o de personal laboral temporal".


Yo por temas de trabajo no voy a poder presentar el recurso, pero si alguien puede incluir estas preguntas en su reclamación, será bienvenido!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 13 de Marzo de 2015, 10:02:48 AM
Para que el anterior no quede muy largo, pongo aquí más ejemplos de Sentencias:

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 6 May. 2010, rec. 144/2007

"El aquí combatido Real Decreto 255/2006 , a través de esa nueva redacción, lo que ha venido a hacer, cumpliendo con esa función de colaboración con la regulación legalmente establecida, es clarificar el supuesto de hecho en el que resulta procedente otorgar la excedencia voluntaria por pasar a prestar servicios en el sector público regulada en el artículo 29.3 .a); y la clarificación ha consistido en determinar que esa situación no procede para los funcionarios interinos ni para el personal laboral temporal.

Esa nueva redacción se ha movido, respetándolos, dentro del marco de elementos contenidos en la regulación legal, y se ha limitado a hacer más explícitos los límites que configuran el supuesto de hecho en que la situación administrativa de que se viene hablando, para disipar así las posibles dudas que pudieran suscitarse en relación con los funcionarios interinos o el personal laboral temporal; sin que haya reducido, como parece sostenerse, el ámbito de aplicación de esa regulación legal, y sin que tampoco la clarificación efectuada sea contradictoria con dicha regulación legal.

Y las razones que llevan a esta conclusión son estas: (1) el artículo 29.3.a) del la LMRFP habla inequívocamente situación de servicio activo cuando define el supuesto que puede generar la específica excedencia que aquí se está considerando; (2) esa situación de servicio activo legalmente sólo es predicable de los funcionarios de carrera y no de los funcionarios interinos, pues así resulta de la regulación que de la misma contiene el Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (la regulan sus artículos 40 y 41, del Capítulo IV de su Título III, dedicado precisamente a los Funcionarios de Carrera).

Tampoco es de compartir la vulneración del principio de igualdad que intenta derivarse de este dato: que en relación a la excedencia voluntaria por servicios prestados en el sector público, se establezcan diferencias según se trate de servicios como funcionarios de carrera y personal laboral fijo o del desempeño de puestos como funcionario interino o personal laboral temporal. El Abogado del Estado ha explicado de manera convincente que hay hechos y razones que explican esa diferencia y descartan que pueda ser considerada injustificada y por ello arbitraria y contraria al artículo 14 CE . Los hechos son los numerosos casos en que el acceso a un Cuerpo o Escala funcionarial se produce desde la situación de interino o personal laboral, más frecuentes que aquellos otros en que ese acceso lo realiza quien es ya funcionario de carrera de otro cuerpo; y la finalidad pretendida es evitar que queden enseguida vacantes un elevado número de puestos en las convocatorias de acceso y se produzcan las disfunciones en la Administración y los perjuicios para los intereses generales que este fenómeno conlleva."

En el mismo sentido: Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Dic. 2008, rec. 153/2006.

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Auto de 6 Jul. 2010, rec. 2751/2009

"la excedencia funciona como una garantía de la estabilidad y esta garantía no existe para el trabajador indefinido no fijo, que tiene un estatuto precario como consecuencia de su irregular contratación, pues la Administración está obligada a proveer la plaza de acuerdo con los procedimientos reglamentarios de selección. Además, la excedencia voluntaria se caracteriza por otorgar al trabajador fijo excedente únicamente "un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría" y este derecho, que puede otorgarse, al trabajador no puede concederse al indefinido no fijo, porque la relación de éste está vinculada exclusivamente al puesto de trabajo que ocupa". En igual sentido se pronuncia la STS de 3 de mayo de 2006.


Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lila en 13 de Marzo de 2015, 10:13:32 AM
Yo estoy intentando recopilar información por diferentes medios para impugnar las preguntas de la laboral interina. Yo humildemente creo que no tiene derecho a nada.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 10:16:09 AM
Esta igual ya la habéis comentado ...

31 AQUEL FUNCIONARIO DE LA VICECONSEJERÍA AL QUE EN EL MARCO DE LAS
TAREAS ASIGNADAS A SU PUESTO DE TRABAJO LE CORRESPONDE TRATAR LOS
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL RECOPILADOS DE LAS RESPUESTAS OBTENIDAS
POR LOS LECTORES DE AKTUEL TIENE LA CONSIDERACIÓN DE
31a) Responsable de tratamiento.
31b) Encargado de tratamiento.
31c) Usuario.
31d) Responsable de seguridad.

Yo creo que la respuesta correcta es la B y dan como correcta la C

Ley de proteccion de datos, artículo 3, definiciones:

Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 13 de Marzo de 2015, 10:20:58 AM
Estoy completamente de acuerdo contigo Lila. Hay una excepción para el cuidado de hijos menores como recoge el Tribunal Constitucional, Sala Primera, Sentencia 203/2000 de 24 Jul. 2000, rec. 2947/1997... Pero en todos los demás supuestos el Tribunal Supremo ha dicho que no... así que yo creo que esas preguntas son impugnables y desde aquí tienes mi buscador de Sentencias disponible si necesitas que te pase algo más  ;)  (¿sabes si las impugnaciones se pueden mandar vía email?)

Siguiendo con ejemplos de interinos y excedencias:


Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Sentencia de 30 May. 2001, rec. 1309/2001

La razón esencial que impone la desestimación de la demanda es que, en realidad, la situación laboral de interinaje excluye por completo y por su propia naturaleza la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria --distinto sería de ser forzosa o de ser a ella asimilada, como la del primer año por causa de cuidado a hijos ya citada-- al interino, pues se daría lugar a una desconexión absoluta entre la razón de cubrir una vacante concreta a la que la interinidad se vincula y la expectativa de derecho que todo excedente voluntario tiene a reingresar en cualquiera vacante de igual o similar categoría.

Téngase en cuenta que un contrato de interinidad existe y subsiste en virtud de la necesidad de cubrir una plaza vacante por un titular de la misma, siendo, en consecuencia, el interino contratado precisamente en función de la necesaria cobertura de esa plaza, la cual no puede de nuevo quedar vacante para que un segundo interino entre a cubrir esa misma necesidad; y así, por ende, sucesivamente, pues se admite un segundo interinaje de la plaza, no hay razón para admitir un tercero, un cuarto, etc., llegando a tener un verdadero escalafón cronológico de contratados interinos para una plaza determinada.

Es precisamente, en suma, la naturaleza jurídica de la interinidad la que excluye la posibilidad de que tal contrato, el de interinidad, se desvincule de algún modo de su propia causa, que no es otra que sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir vacante sometida a proceso selectivo o de promoción.

Si se admitiera tal desvinculación, el contrato de interinidad perdería su causa; y difícilmente es admisible, con el artículo 1.261 del Código Civil de 24 Jul. 1889, la legal pervivencia de un contrato cuya causa ha desaparecido.

Y es que, aunque suene a juego de palabras, que no lo es, no es factible legalmente que un interino interine la plaza interinada por otro interino, que fue dejada vacante por un titular con derecho a que se le reserve.


Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sentencia de 10 Jun. 2011, rec. 6027/2007

"1.- La censura no puede acogerse, porque (lo hemos recordado, entre otros precedentes, en SSTSJ Galicia 17/09/10 R. 375/07 y 16/05/02 R. 275/02) quien no ostenta la condición de fijeza no puede obtener una declaración de excedencia en un puesto de trabajo que desempeña interinamente, dado que ésta exige una causa que la justifique y admitir la situación de excedencia en el interino sería dejar sin causa el contrato temporal. Es más, la doctrina afirma -en conclusiones extrapolables al caso presente- que la excedencia voluntaria por incompatibilidad [artículo 10 Ley 53/1984] no procede respecto al personal que tiene reconocida la condición de indefinido no fijo [en definitiva, el denominado interino] (SSTS 29/11/05 -rcud 3796/04 -; y 03/05/06 -rcud 1819/05 -), «en primer lugar, porque la excedencia funciona como una garantía de la estabilidad y esta garantía no existe para el trabajador indefinido no fijo, que tiene un estatuto precario como consecuencia de su irregular contratación, pues la Administración está obligada a proveer la plaza de acuerdo con los procedimientos reglamentarios de selección. Además, la excedencia voluntaria se caracteriza por otorgar al trabajador fijo excedente únicamente "un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría" y este derecho que puede otorgarse al trabajador no puede concederse al indefinido no fijo, porque la relación de éste está vinculada exclusivamente al puesto de trabajo que ocupa. Por ello, sólo podría reingresar en la vacante de su puesto de trabajo, nunca en otras, e incluso para aquélla tampoco podría reconocerse este derecho del artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, pues precisamente lo que tiene que hacer la Administración es proveer dicha vacante por los procedimientos reglamentarios en orden a asegurar que la cobertura deba producirse respetando los principios de igualdad, mérito y publicidad, con lo que la preferencia está excluida»."


En esta ya pongo el resumen: Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia de 24 May. 2011, rec. 260/2011
El trabajador que no ostenta la condición de fijo, sino indefinido no tiene derecho a pasar a la situación de la excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por incompatibilidad o excedencia forzosa. El trabajador, con independencia de que superase el concurso oposición convocado, no ostenta la condición de fijo. La certificación emitida por el Secretario General del Ayuntamiento en la que consta que el trabajador ostenta la condición de personal laboral fijo de la Corporación Municipal no supone declaración alguna de derechos a favor del trabajador.

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 13 de Marzo de 2015, 11:25:07 AM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 10:16:09 AM
Esta igual ya la habéis comentado ...

31 AQUEL FUNCIONARIO DE LA VICECONSEJERÍA AL QUE EN EL MARCO DE LAS
TAREAS ASIGNADAS A SU PUESTO DE TRABAJO LE CORRESPONDE TRATAR LOS
DATOS DE CARÁCTER PERSONAL RECOPILADOS DE LAS RESPUESTAS OBTENIDAS
POR LOS LECTORES DE AKTUEL TIENE LA CONSIDERACIÓN DE
31a) Responsable de tratamiento.
31b) Encargado de tratamiento.
31c) Usuario.
31d) Responsable de seguridad.

Yo creo que la respuesta correcta es la B y dan como correcta la C

Ley de proteccion de datos, artículo 3, definiciones:

Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.



yo voy a por esta y la del plazo de presentación de la hija, que el enunciado era confuso (al menos para mí)

Hagan juego señores... ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: enene en 13 de Marzo de 2015, 11:53:07 AM
Poniéndose a impugnar a lo loco, se podría impugnar el mismo examen. No cumplieron las bases, y algunos tuvieron cerca de 2 horas para hacer el práctico mientras otros solo tuvimos 90 minutos. Media hora, eso es una gran desventaja que no debería permitirse. No lo voy hacer e tranquilos, pero a lo loco ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 12:17:35 PM
Cita de: lati en 13 de Marzo de 2015, 11:25:07 AM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 10:16:09 AM
Esta igual ya la habéis comentado ...

31 AQUEL FUNCIONARIO DE LA VICECONSEJERÍA AL QUE EN EL MARCO DE LAS
TAREAS ASIGNADAS A SU PUESTO DE TRABAJO LE CORRESPONDE TRATAR LOS
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31a) Responsable de tratamiento.
31b) Encargado de tratamiento.
31c) Usuario.
31d) Responsable de seguridad.

Yo creo que la respuesta correcta es la B y dan como correcta la C

Ley de proteccion de datos, artículo 3, definiciones:

Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.



yo voy a por esta y la del plazo de presentación de la hija, que el enunciado era confuso (al menos para mí)

Hagan juego señores... ;D

¿Vas a pedir que la anulen o que den por buena b? Yo pediré que corrijan la respuesta, creo que es lo más justo aunque cada uno lo verá de una manera.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 13 de Marzo de 2015, 12:31:16 PM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 12:17:35 PM
Cita de: lati en 13 de Marzo de 2015, 11:25:07 AM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 10:16:09 AM
Esta igual ya la habéis comentado ...

31 AQUEL FUNCIONARIO DE LA VICECONSEJERÍA AL QUE EN EL MARCO DE LAS
TAREAS ASIGNADAS A SU PUESTO DE TRABAJO LE CORRESPONDE TRATAR LOS
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POR LOS LECTORES DE AKTUEL TIENE LA CONSIDERACIÓN DE
31a) Responsable de tratamiento.
31b) Encargado de tratamiento.
31c) Usuario.
31d) Responsable de seguridad.

Yo creo que la respuesta correcta es la B y dan como correcta la C

Ley de proteccion de datos, artículo 3, definiciones:

Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.



yo voy a por esta y la del plazo de presentación de la hija, que el enunciado era confuso (al menos para mí)

Hagan juego señores... ;D



¿Vas a pedir que la anulen o que den por buena b? Yo pediré que corrijan la respuesta, creo que es lo más justo aunque cada uno lo verá de una manera.



Yo pediría que la corrigiesen y, subsidiariamente, la anulación
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 12:47:50 PM
Buenas, al final pienso impugnar un par de preguntas. Si alguien que impugno alguna pregunta del teorico me pasara por privado el escrito para usarlo como modelo se lo agradeceria.
Por internet no se puede no?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 13 de Marzo de 2015, 12:51:42 PM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 12:17:35 PM
Cita de: lati en 13 de Marzo de 2015, 11:25:07 AM
Cita de: txapelduna en 13 de Marzo de 2015, 10:16:09 AM
Esta igual ya la habéis comentado ...

31 AQUEL FUNCIONARIO DE LA VICECONSEJERÍA AL QUE EN EL MARCO DE LAS
TAREAS ASIGNADAS A SU PUESTO DE TRABAJO LE CORRESPONDE TRATAR LOS
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31b) Encargado de tratamiento.
31c) Usuario.
31d) Responsable de seguridad.

Yo creo que la respuesta correcta es la B y dan como correcta la C

Ley de proteccion de datos, artículo 3, definiciones:

Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.



yo voy a por esta y la del plazo de presentación de la hija, que el enunciado era confuso (al menos para mí)

Hagan juego señores... ;D

¿Vas a pedir que la anulen o que den por buena b? Yo pediré que corrijan la respuesta, creo que es lo más justo aunque cada uno lo verá de una manera.

que la corrijan que me viene mejor  :emoticon_evilgrin:
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 13 de Marzo de 2015, 13:19:03 PM
Cita de: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 12:47:50 PM
Buenas, al final pienso impugnar un par de preguntas. Si alguien que impugno alguna pregunta del teorico me pasara por privado el escrito para usarlo como modelo se lo agradeceria.
Por internet no se puede no?


que yo sepa sólo se puede en sus oficinas...

Por el modelo no te preocupes demasiado. Por que va al IVAP, impugnación del examen práctico de Cuerpo Superior de la Administración, tu nombre, DNI y dirección para que te contesten (no sé si contestan, pero por si acaso) y las preguntas que quieres impugnar, por qué y si pides corrección y/o anulación. Yo creo que con eso sería suficiente...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 14:29:53 PM
Respecto a la tercera pregunta del b, del consentimiento expreso mirar lo que he encontrado, segun esto es valido el consentimiento tacito. https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canalresponsable/obligaciones/tratamiento_cesion/tratamiento/index-ides-idphp.php (https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canalresponsable/obligaciones/tratamiento_cesion/tratamiento/index-ides-idphp.php)

"Por tanto, el consentimiento podrá ser tácito, en el tratamiento de datos que no sean especialmente protegidos"
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: juancar en 13 de Marzo de 2015, 14:50:24 PM
Estoy de acuerdo en que el consentimiento no siempre tiene que ser expreso, aparte de que tampoco es necesario SIEMPRE pedir el consentimiento del interesado. Asi que esa pregunta debería ser anulada.


Respecto al plazo para resolver el procedimiento sancionador, cuando no esta especificamente determinado en una normativa, yo entiendo que hay que recurrir a mirar la LEY 30/1992, por lo que el plazo para resolver sería de 3 meses, y consecuentemente la respuesta correcta sería la D.



Y la pregunta de protección de datos, el tribunal no puede basarse para dar por buena o no, en un informe juridico emitido por la Agencia de Protección de Datos Española, me parecería rizar demasiado el rizo. Y como bien habeis dicho, el enunciado de la pregunta se corresponde muy bien, con la definición que dan la ley de "Encargado de tratamiento", asi que esa debería ser la buena.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 17:50:58 PM
Revisando ahora, la 10 y la 33 del practico b me parecen dudosas.
La 10, dice cuando envia la solicitud, no cuando llega, pudiendo llegar el mismo dia. Me parece muy dudosa y anulable, puesto que la b y la c pueden ser correctas.
Y la 33 la respuesta dice "quedando en manos del organo competente decidir", mientras la ley 30/92 dice art 49.2 "La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España."
En este caso el "en todo caso" se entiende como un "tambien" o como un "siempre"?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 13 de Marzo de 2015, 23:14:06 PM
Cita de: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 17:50:58 PM
Revisando ahora, la 10 y la 33 del practico b me parecen dudosas.
La 10, dice cuando envia la solicitud, no cuando llega, pudiendo llegar el mismo dia. Me parece muy dudosa y anulable, puesto que la b y la c pueden ser correctas.
Y la 33 la respuesta dice "quedando en manos del organo competente decidir", mientras la ley 30/92 dice art 49.2 "La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España."
En este caso el "en todo caso" se entiende como un "tambien" o como un "siempre"?
Según la RAE:
en todo caso.

1. loc. adv. Sea lo que fuere.

2. loc. adv. A lo sumo.

3. loc. adv. Al menos, como mínimo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 14 de Marzo de 2015, 09:56:39 AM
Cita de: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 17:50:58 PM
Revisando ahora, la 10 y la 33 del practico b me parecen dudosas.
La 10, dice cuando envia la solicitud, no cuando llega, pudiendo llegar el mismo dia. Me parece muy dudosa y anulable, puesto que la b y la c pueden ser correctas.
Y la 33 la respuesta dice "quedando en manos del organo competente decidir", mientras la ley 30/92 dice art 49.2 "La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España."
En este caso el "en todo caso" se entiende como un "tambien" o como un "siempre"?

Estoy de acuerdo tanto con la 10, como con la 33. Si dos posibles respuestas pueden ser correctas, deberían ser anuladas...


Haciendo una última revisión, ahora también dudo en la 17, 31 y 45:

17 SUPONIENDO QUE LA DIPUTACIÓN FUESE RESPONSABLE Y QUE EL VALOR EN EL PUNTO DE VENTA FUESE EL RECLAMADO, SEÑALAR LA OPCIÓN CORRECTA RESPECTO A LA CANTIDAD DE 25.000 EUROS RECLAMADA
17a) La responsabilidad de la Diputación alcanzaría al total pues la cuantía de la indemnización se debe calcular teniendo en cuenta tanto el daño emergente como el lucro cesante.
17b) La responsabilidad de la Diputación alcanzaría al total pues la cuantía de la indemnización se debe calcular en base al valor de mercado.
17c) La responsabilidad de la Diputación puede no alcanzar al total pues la cuantía de la indemnización está sometida a límites máximos.
17d) La responsabilidad de la Diputación no alcanzaría al total pues la cuantía de la indemnización se debe calcular con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo,

Dicen que la respuesta correcta es la D, ¿no podría ser también la "a"? De conformidad con el artículo 1106 del Código Civil, los daños abarcan tanto el valor del daño emergente como del lucro cesante...


31 ¿PUEDE EL FUNCIONARIO ENCARGADO DEL REGISTRO ANTE EL QUE LLEGA ESA SOLICITUD NEGARSE A RECOGER EL ESCRITO Y LA DOCUMENTACIÓN QUE SE PRESENTA?
31a) No, ya que el Registro debe admitir cualquier escrito que se le presente así como la documentación que se le acompañe, aunque esté incompleta.
31b) Sí, en el caso de que el escrito no esté dirigido a quien corresponde.
31c) Sí, ya que el Registro debe verificar y comprobar todo escrito que se le presente al menos de manera general.
31d) Sí, puede negarse cuando se percibe que falta documentación.

Yo creo que "cualquier escrito" es demasiado genérico... Siempre comprueban al menos que estén los datos de quien lo presenta. Imaginemos por ejemplo que es propaganda que se envía a un funcionario o documentos amenazantes... entonces no se admitiría, ¿no?

45 RESPECTO A LA DENUNCIA FORMULADA POR LA POLICÍA MUNICIPAL
45a) Constituye el acto de iniciación del procedimiento sancionatorio.
45b) Es recurrible en vía administrativa por medio de recurso de alzada.
45c) Sin denuncia previa no es posible iniciar un procedimiento sancionatorio.
45d) Todas las respuestas anteriores son incorrectas.

Dicen que la correcta es la D, pero yo creo que es la A...

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 15 de Marzo de 2015, 14:18:42 PM
Cita de: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 17:50:58 PM
Revisando ahora, la 10 y la 33 del practico b me parecen dudosas.
La 10, dice cuando envia la solicitud, no cuando llega, pudiendo llegar el mismo dia. Me parece muy dudosa y anulable, puesto que la b y la c pueden ser correctas.
Y la 33 la respuesta dice "quedando en manos del organo competente decidir", mientras la ley 30/92 dice art 49.2 "La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España."
En este caso el "en todo caso" se entiende como un "tambien" o como un "siempre"?

En relación a la pregunta 33, yo opino que la respuesta correcta es la A. Entiendo que, efectivamente, "queda en manos del órgano competente decidir la prórroga" y, que el hecho de que tal prórroga no pueda exceder de la mitad del plazo concedido, implica, necesariamente, la determinación de la duración ("cuanto tiempo").

¿Qué opináis?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 15 de Marzo de 2015, 17:41:57 PM
Cita de: Federico en 15 de Marzo de 2015, 14:18:42 PM
Cita de: mikelbi en 13 de Marzo de 2015, 17:50:58 PM
Revisando ahora, la 10 y la 33 del practico b me parecen dudosas.
La 10, dice cuando envia la solicitud, no cuando llega, pudiendo llegar el mismo dia. Me parece muy dudosa y anulable, puesto que la b y la c pueden ser correctas.
Y la 33 la respuesta dice "quedando en manos del organo competente decidir", mientras la ley 30/92 dice art 49.2 "La ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, tramitándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España."
En este caso el "en todo caso" se entiende como un "tambien" o como un "siempre"?

En relación a la pregunta 33, yo opino que la respuesta correcta es la A. Entiendo que, efectivamente, "queda en manos del órgano competente decidir la prórroga" y, que el hecho de que tal prórroga no pueda exceder de la mitad del plazo concedido, implica, necesariamente, la determinación de la duración ("cuanto tiempo").

¿Qué opináis?

Definitivamente, he concluido que la respuesta correcta es la D. :-\
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 15 de Marzo de 2015, 20:39:30 PM
Yo creo que suena mejor la "D", pero aún así... si cabe alguna duda... por probar a impugnarla no se pierde nada...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: txapelduna en 16 de Marzo de 2015, 08:50:28 AM
¿Hay que ir personalmente a entregar la reclamación? Imagino que sí porque no se trata de un mero trámite  ::)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 16 de Marzo de 2015, 09:27:57 AM
Yo en una que hice no me pidieron identificación ni nada... No obstante, dado que hoy es el último día, no me arriesgaría ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 16 de Marzo de 2015, 12:17:35 PM
Por si a alguien le interesa, he preguntado cómo se hacen las impugnaciones y me han dado cuatro opciones:

1.       Por correo postal "en sobre abierto"

2.       Entregandola directamente en nuestra sede del IVAP en Bilbao (c/ Alameda Rekalde 18-1, en horario de 8:30 a 14:00)

3.       Entregándola en el Servicio Zuzenean, de Atención al Público del Gobierno Vasco (c/Gran Vía, 85, en horario de 8:00 a 19:30).

4.       O en cualquier otro registro administrativo, en virtud del artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 16 de Marzo de 2015, 17:51:42 PM
Cita de: txapelduna en 16 de Marzo de 2015, 08:50:28 AM
¿Hay que ir personalmente a entregar la reclamación? Imagino que sí porque no se trata de un mero trámite  ::)
Puede entregarla otra persona. Yo he estado hoy en Zuzenean y no me han puesto ninguna pega. He entregado la reclamación sin más. Eso sí, iba firmada por la persona reclamante... (no como ese caso chapuza del práctico, donde aparecen los nombres y apellidos de la madre pero en ningún sitio la firma de la recurrente).
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 08:46:52 AM
Ya están los resultados del práctico de derecho... Vaya kaka
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 17 de Marzo de 2015, 12:18:48 PM
Cita de: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 08:46:52 AM
Ya están los resultados del práctico de derecho... Vaya kaka

Yo no veo los resultados... Aunque ya me se la nota  ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 12:22:01 PM
Acabo de mirar de nuevo y ya no deja entrar a verlo... pero al menos pone si se continúa o no en el proceso. Por la cara que has puesto parece que ha ido bien. Enhorabuena!!! ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 17 de Marzo de 2015, 12:23:13 PM
Cita de: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 12:22:01 PM
Acabo de mirar de nuevo y ya no deja entrar a verlo... pero al menos pone si se continúa o no en el proceso. Por la cara que has puesto parece que ha ido bien. Enhorabuena!!! ;)



¿Cuantos han aprobado? Creo que del teórico salimos vivimos alrededor de 125, el práctico + euskera... Ampliarán la bolsa con 3 o 4 candidatos...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 12:31:30 PM
Cita de: Federico en 17 de Marzo de 2015, 12:23:13 PM
Cita de: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 12:22:01 PM
Acabo de mirar de nuevo y ya no deja entrar a verlo... pero al menos pone si se continúa o no en el proceso. Por la cara que has puesto parece que ha ido bien. Enhorabuena!!! ;)


Lo entregué en blanco...  :angel:

¿Cuantos han aprobado? Creo que del teórico salimos vivimos al rededor de 125, el práctico + euskera... Ampliarán la bolsa con 3 o 4 candidatos...

No pone nada aún... ni las respuestas, ni la lista de aprobados. Tengo curiosidad por saber dónde se ha quedado la nota de corte y por qué no la han puesto aún más baja (si ske la han bajado...). En el test de economía se aprobó con un 3...  Yo me conformo con que la bajen hasta 2,5 o así xD

Ya me da rabia después de haber pasado el test caer en el práctico... Sé que no lo hice bien, pero aún así... Ya podrían dejarnos entrar a los que pasamos el primero, aunque sea después de todos los que hayan aprobado ambos ejercicios xDDD ::) ::)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: suysi en 17 de Marzo de 2015, 13:19:49 PM
Ya está la nota del práctico de derecho.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 17 de Marzo de 2015, 13:37:32 PM
Sí, se aprobaba con 5 y en total pasan 69 personas a la bolsa o al examen de euskera...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 23 de Marzo de 2015, 21:22:47 PM
¿Podéis colgar aquí el examen teórico y práctico de Derecho? Es para ver cómo es. Las respuestas también, claro (al menos del teórico).
Eskerrik asko!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 25 de Marzo de 2015, 21:09:44 PM
Agradecería mucho que alguien colgase el examen y las respuestas de Economistas.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 25 de Marzo de 2015, 21:20:16 PM
y el de técnico de normalización también, mila esker!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 25 de Marzo de 2015, 21:22:23 PM
Normalkuntzako teknikarien azterketa eta erantzunak eskegi ditut.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: IZARTXO en 26 de Marzo de 2015, 13:22:43 PM
Una pregunta, a los que habéis hecho esta semana el examen del perfil 3 de la bolsa de administrativos, que son todas las pruebas el mismo día,  idatzizko, entzumen eta ahozko froga?? Si podríais decirme que temas os entraron para las idazlanak al y el ahozko, es para hacerme una idea.

Eskerrik asko!!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 26 de Marzo de 2015, 18:02:33 PM
Todo esto de las bolsas me ha creado una duda.
Estoy mirando la bolsa de Técnico Superior de la Administración y veo que hay gente sin puntuación (por lo que entiendo que no han trabajado nunca en GV) pero en baja temporal o en activo. Yo pensaba eso se actualizaba cuando te llamaban para ofrecerte un contrato y justificabas tu situación con otro contrato, baja... ¿Alguien sabe darme una respuesta?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 26 de Marzo de 2015, 18:18:41 PM
Vaale, acabo de hacer la pregunta más tonta del mundo  :-X Perdón, son los nervios pre-notas  :angel:
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 27 de Marzo de 2015, 09:53:21 AM
si de un examen de 50 preguntas tienes que anular 6, algo estás haciendo bien...  ;D ;D ;D
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: pinakel en 27 de Marzo de 2015, 10:12:11 AM
Cita de: lati en 27 de Marzo de 2015, 09:53:21 AM
si de un examen de 50 preguntas tienes que anular 6, algo estás haciendo bien...  ;D ;D ;D

Edito y resumo: Perdón por la salida de tono a quien lo haya leído, a veces se gana, a veces se pierde. Que haya más aprobados aunque te perjudique en la relación nunca puede ser negativo. Simplemente recalcar lo dicho por la compañera. Hasta la próxima.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 27 de Marzo de 2015, 12:31:23 PM
Joder con el IVAP. Anulan 6 de 50 y modifican una. El examen pasa a valorarse sobre 49  :o

Poco más y no aprueban ni quienes redactaron los exámenes... ¿Y la pregunta 35 del modelo B? ¿Es definitivamente correcta?  :'(

Subir 0,7 en el examen práctico y descender casi 100 puestos en la lista definitiva es una sensación un tanto extraña  :-\

Felicidades a todos a los que les haya beneficiado, y hayan entrado en las listas. ¡Y ánimo a los que no!  ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 27 de Marzo de 2015, 12:41:42 PM
Aún no sé si celebrar que he subido nota un 0,7 o no celebrar porque he bajado 25 puestos... bahhhh que leches!!! que corra el vino!!! y enhorabuena a los nuevos aprobados... ahora solo falta que se ponga en marcha y tenga movimiento...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 27 de Marzo de 2015, 22:20:43 PM
A los que ya estéis en bolsas del Gobierno Vasco o conozcáis su funcionamiento, si acotas Territorio y te llaman estás obligado a aceptarlo, o puedes decir que no y te ponen en baja temporal? (siempre teniendo en cuenta de que tu negativa está justificada)
Si aceptas un trabajo en Lakua, por ejemplo, ¿luego te puedes cambiar de Territorio? O no te puedes cambiar hasta que se te acabe el contrato. ¿O solo por concurso?
Eskerrik asko

Nota: los que no sepan o hagan suposiciones no contestar, gracias.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Izaro5 en 28 de Marzo de 2015, 13:06:20 PM
aupa, no se si alguien puede hacerme el favor de colgar las respuestas definitivas de los examenes de tecnico de administración. eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 29 de Marzo de 2015, 19:23:08 PM
Cita de: Ikea en 27 de Marzo de 2015, 22:20:43 PM
A los que ya estéis en bolsas del Gobierno Vasco o conozcáis su funcionamiento, si acotas Territorio y te llaman estás obligado a aceptarlo, o puedes decir que no y te ponen en baja temporal? (siempre teniendo en cuenta de que tu negativa está justificada)
Si aceptas un trabajo en Lakua, por ejemplo, ¿luego te puedes cambiar de Territorio? O no te puedes cambiar hasta que se te acabe el contrato. ¿O solo por concurso?
Eskerrik asko

Nota: los que no sepan o hagan suposiciones no contestar, gracias.

Si acotas y te llaman, puedes rechazarlo y pasa a baja si es justificado (no sé si hay más motivos de justificación aparte de estar trabajando en otro sitio). Si te llaman para trabajar, mientras estás trabajando no puedes cambiar a otro sitio y no van a llamarte para otros puestos (salvo pedir comisión y tienes que tener un año de experiencia mínimo). Lo que si puedes es cambiar los acotamientos cada 6 meses.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 29 de Marzo de 2015, 22:49:05 PM
eso de acotar que es? elegir zonas o provincias? y cuando hay que hacerlo?

sabeis si en algun sitio se puede saber por que numero van llamando, o cuanta gente hay en laslas bolsas creadas de opes anteriores?

eskerrik asko!
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Newbie en 30 de Marzo de 2015, 07:56:40 AM
Cita de: langilea en 29 de Marzo de 2015, 22:49:05 PM
eso de acotar que es? elegir zonas o provincias? y cuando hay que hacerlo?

sabeis si en algun sitio se puede saber por que numero van llamando, o cuanta gente hay en laslas bolsas creadas de opes anteriores?

eskerrik asko!

Efectivamente, es elegir el Territorio Histórico en el que "quieres" trabajar. O más bien, aquellos en los que no.

Lo de las bolsas, igual esto te sirve: http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/r47-edukia/es/contenidos/informacion/bolsas_trabajo/es_def/bolsas_euskadi.html (http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/r47-edukia/es/contenidos/informacion/bolsas_trabajo/es_def/bolsas_euskadi.html)

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 30 de Marzo de 2015, 09:11:03 AM
eskerrik asko  Newbie!

y es lo mismo para el ivap que para justicia?

cuándo hay que hacer ese trámite?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Abril de 2015, 00:12:38 AM
Hay que pensarlo bien antes de acotar "alegremente". Según la normativa de bolsas del GV quedarán en baja definitiva

"Artículo 12.– Situación de baja definitiva.
1.– Pasarán a la situación de baja definitiva quienes:
(...)
c) No acepten la contratación ofertada de acuerdo con la disponibilidad y acotamiento de zona reconocidos,
salvo en el caso de que la prestación de servicios que se oferta, lo sea a tiempo parcial o sometida a horarios especiales."

Es por lo de arriba por lo que preguntaba sobre las consecuencias (o no) de acotar territorios.


[/quote]

Efectivamente, es elegir el Territorio Histórico en el que "quieres" trabajar. O más bien, aquellos en los que no.

Lo de las bolsas, igual esto te sirve: http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/r47-edukia/es/contenidos/informacion/bolsas_trabajo/es_def/bolsas_euskadi.html (http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/r47-edukia/es/contenidos/informacion/bolsas_trabajo/es_def/bolsas_euskadi.html)


[/quote]
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 02 de Abril de 2015, 00:13:53 AM
Por cierto, ¿algún/a buen samaritano/a podría colgar el examen y las respuestas de Economistas? ¿Y las de Derecho? gracias
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Izaro5 en 02 de Abril de 2015, 12:10:18 PM
Hola! Podria alguien decirme que preguntas fueron anuladas de los examenes del cuerpo superior de la administracion? Eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 03 de Abril de 2015, 14:55:08 PM
Cita de: Ikea en 25 de Marzo de 2015, 21:22:23 PM
Normalkuntzako teknikarien azterketa eta erantzunak eskegi ditut.


Mila esker, Ikea! Galderaren bat baliogabetu zuten?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Ikea en 04 de Abril de 2015, 19:26:37 PM
Bi, uste dut.

Cita de: nho en 03 de Abril de 2015, 14:55:08 PM
Cita de: Ikea en 25 de Marzo de 2015, 21:22:23 PM
Normalkuntzako teknikarien azterketa eta erantzunak eskegi ditut.


Mila esker, Ikea! Galderaren bat baliogabetu zuten?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: nho en 06 de Abril de 2015, 14:18:01 PM
Cita de: Ikea en 04 de Abril de 2015, 19:26:37 PM
Bi, uste dut.

Cita de: nho en 03 de Abril de 2015, 14:55:08 PM
Cita de: Ikea en 25 de Marzo de 2015, 21:22:23 PM
Normalkuntzako teknikarien azterketa eta erantzunak eskegi ditut.


Mila esker, Ikea! Galderaren bat baliogabetu zuten?

eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 21 de Abril de 2015, 01:28:20 AM
aupa gente,
el tema esta paradito...supongo que estaran corrigiendo examenes de perfiles...

alguien sabe algo mas???? sabeis si esto se va a mover o cuando?

eskerrik asko
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: langilea en 22 de Mayo de 2015, 16:55:55 PM
Aupa! este foro esta callado...

Hoy he recibido el mensa del g.vasco de q salian los resultados oficiales. He entrado y ya lo he visto.

Y ahora q? Alguien sabe algo? Las listas ya estan...empiezan a llamar? Ahora comienza la fase para acotar?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: urtzi en 23 de Mayo de 2015, 12:13:14 PM
Kaixo Langilea:
Se supone que ahora empezarán a llamar a gente. ¿Alguien sabe cuánta gente van a llamar de cada bolsa? A mí me interesaría saber de la de Derecho.

Si alguien sabe algo que nos comente. Ah eta eskerrik asko aurretiaz! ;)
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: A123 en 25 de Mayo de 2015, 19:13:24 PM
A mí lo que se me hace raro es que no haya que presentar la titulación
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: urtzi en 25 de Mayo de 2015, 22:44:54 PM
La presentas cuando te llamen.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: eleon en 14 de Junio de 2015, 10:13:56 AM
Yo también acabo de incorporarme en esta ampliación de listas.
¿Puede alguien decirme cómo acotar territorio, disponibilidad y aportar idiomas?
Gracias a todos.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: eleon en 18 de Junio de 2015, 19:41:53 PM
No consigo ver en la web del IVAP el plazo para presentar la titulación.
¿Podemos presentar también titulación de euskera e idiomas?
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: lati en 22 de Junio de 2015, 22:26:34 PM
¿a alguien más le da error el mail? que rabia leñe, si encima mi título ya lo tienen...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: ngarciarodr en 28 de Julio de 2015, 13:10:58 PM
Por favor, podría alguien colgar los exámenes de Derecho? Al acceder a la web del IVAP ya no se pueden descargar, supongo que al finalizar el proceso selectivo los habrán quitado...
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 14 de Octubre de 2016, 22:38:53 PM
_
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: estize en 17 de Octubre de 2016, 08:53:02 AM
Cita de: Federico en 14 de Octubre de 2016, 22:38:53 PM
Hola a todos!

Voy a comentaros un caso práctico que me acaba de ocurrir en relación a las bolsas del GV:

Resulta que hace 8 días me llamaron de un ayuntamiento, ofreciéndome un puesto de técnico a través de la bolsa de trabajo de Cuerpo Superior de la Administración del IVAP. Yo, felizmente, acepté dicha oferta y acordamos que me llamarían para tramitar la incorporación.

En vista de que no contactaban, les he llamado para que me informasen del estado en el que se encontraba el asunto, y me he encontrado con que, sorpresa!, le han otorgado el puesto a otro candidato (aún no ha debido firmar). Según me han explicado, manejaban diferentes "listas" y estaban a la espera de que se pronunciase el candidato que finalmente van a contratar.

Atónito, he llamado al IVAP y también he hablado con "Función Pública". Me han comentado que es "raro", que ellos proceden en base a la resolución que regula las bolsas de trabajo pero que al ser un ayuntamiento ellos no tienen competencia sobre el tema.

Entiendo que de no encontrar respuesta por parte del primer candidato, lo lógico es, contactar con el siguiente, por lo que me resulta extraño que se simultaneen las comunicaciones. Eso siempre que la comunicación al candidato contratado se haya producido (ver venir) y, de ser así, con antelación a la que me realizaron a mi.

Yo es que soy muy suspicaz...

¿Vosotros que opináis?  :angel:




Que es un asunto bastante turbio, y ese candidato procede de la misma bolsa que tu?

No se si podrás pedirles que identifiquen al candidato para que puedas comprobar cual era su posición
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 18 de Octubre de 2016, 11:13:02 AM
_
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: estize en 18 de Octubre de 2016, 13:53:21 PM
Cita de: Federico en 18 de Octubre de 2016, 11:13:02 AM
Gracias por responder Estize,

La cuestión es que han debido utilizar diferentes listas (supongamos una del IVAP y otra de la Diputación). La contratación de funcionarios interinos  se debe regular reglamentariamente según establece la Ley de Función Pública Vasca. No he encontrado el reglamento del ayuntamiento en cuestión, pero por normal general, las comunicaciones de ofertas de empleo no se simultanean ni tampoco se procede a llamar al siguiente candidato si se está a la espera de que otro responda.

He consultado con el Ararteko y es posible que interponga una reclamación ante el ayuntamiento.

¿Alguien se ha visto alguna vez en alguna situación similar?


Animo y Suerte!!  yo no he pasado por eso
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: springsteen en 18 de Octubre de 2016, 15:26:19 PM
La cosa no creo que sea muy complicada. Si tú aceptaste a la primera, según te llamaron, tienes toda la razón. Peléalo porque al menos hay alguien que ha hecho mal su trabajo y, o le quitan al que le han llamado después o alguna solución te darán (prioridad en las listas, próximo contrato...). Pero el resto de circunstancias que pueda haber (te llamaron varias veces y no pudieron ponerse en contacto contigo, pasó el plazo en el que tenías que aceptar la oferta, solicitaste un plazo para pensarlo y cuando aceptaste ya se había vencido, ...), deben estar contempladas en el reglamento de funcionamiento de las bolsas de esa administración. Solicítalo al propio Ayuntamiento porque los que yo conozco, tienen todos. En ese reglamento tiene que establecerse el funcionamiento de las bolsas y el procedimiento de cobertura de necesidades temporales de contratación pública. En la ley general no se puede regular cómo funcionan las bolsas propias. Habla de plazos entre la primera y la segunda llamada. A mí, por ejemplo, siempre me han llamado y me han dicho "tienes hasta el día tal para contestar". Pero en la última ocasión me dijeron "tienes hasta las 14:00 horas de hoy para contestar. Si no nos llamas antes de esa hora, pasamos al siguiente". Pero entiendo que si estás en estas historias es porque nadie te dijo nada y debes pelearlo.
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Lizartza en 18 de Octubre de 2016, 18:26:01 PM
Cita de: springsteen en 18 de Octubre de 2016, 15:26:19 PM
La cosa no creo que sea muy complicada. Si tú aceptaste a la primera, según te llamaron, tienes toda la razón. Peléalo porque al menos hay alguien que ha hecho mal su trabajo y, o le quitan al que le han llamado después o alguna solución te darán (prioridad en las listas, próximo contrato...). Pero el resto de circunstancias que pueda haber (te llamaron varias veces y no pudieron ponerse en contacto contigo, pasó el plazo en el que tenías que aceptar la oferta, solicitaste un plazo para pensarlo y cuando aceptaste ya se había vencido, ...), deben estar contempladas en el reglamento de funcionamiento de las bolsas de esa administración. Solicítalo al propio Ayuntamiento porque los que yo conozco, tienen todos. En ese reglamento tiene que establecerse el funcionamiento de las bolsas y el procedimiento de cobertura de necesidades temporales de contratación pública. En la ley general no se puede regular cómo funcionan las bolsas propias. Habla de plazos entre la primera y la segunda llamada. A mí, por ejemplo, siempre me han llamado y me han dicho "tienes hasta el día tal para contestar". Pero en la última ocasión me dijeron "tienes hasta las 14:00 horas de hoy para contestar. Si no nos llamas antes de esa hora, pasamos al siguiente". Pero entiendo que si estás en estas historias es porque nadie te dijo nada y debes pelearlo.

Hola, springsteen.

Gracias por tus comentarios.

Quería preguntarte a qué ley general estas haciendo referencia.

Iré comentando como se desarrollan los acontecimientos...

Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: Opos91 en 08 de Noviembre de 2016, 13:11:30 PM
Buenas,

Es la primera vez que escribo aquí y no he encontrado ningún tema relacionado con las Bolsas de Trabajo del Gobierno Vasco de Administración y dirección de empresas... Si hay un tema abierto de esto y no lo he visto decirme por favor.

La cuestión es que he entrado este año en dichas listas (el examen que se hizo en octubre de 2015) y aunque al principio me parecía que se estaban moviendo (en 3 meses se movieron 16 puestos o así), ahora están totalmente estancadas. Actualmente tengo por delante 21 personas con PL3 en Álava. Entiendo que en verano no se hayan movido pero ya van siendo fechas de que llamen a gente no?

Como estoy un poco harta de llamar para informarme de cómo van y no sé si hacerme la idea de que no me va a llamar hasta dentro de 2 años, quería saber cómo lo veis los demás, en que fechas se suelen mover mas... Opiniones sobre si debería animarme o desanimarme jajja.

Muchas gracias
Título: Re: AQUÍ ESTÁN LAS FAMOSAS BOLSAS DEL GOBIERNO VASCO
Publicado por: estize en 08 de Noviembre de 2016, 16:12:00 PM
Cita de: Maria1991 en 08 de Noviembre de 2016, 13:11:30 PM
Buenas,

Es la primera vez que escribo aquí y no he encontrado ningún tema relacionado con las Bolsas de Trabajo del Gobierno Vasco de Administración y dirección de empresas... Si hay un tema abierto de esto y no lo he visto decirme por favor.

La cuestión es que he entrado este año en dichas listas (el examen que se hizo en octubre de 2015) y aunque al principio me parecía que se estaban moviendo (en 3 meses se movieron 16 puestos o así), ahora están totalmente estancadas. Actualmente tengo por delante 21 personas con PL3 en Álava. Entiendo que en verano no se hayan movido pero ya van siendo fechas de que llamen a gente no?

Como estoy un poco harta de llamar para informarme de cómo van y no sé si hacerme la idea de que no me va a llamar hasta dentro de 2 años, quería saber cómo lo veis los demás, en que fechas se suelen mover mas... Opiniones sobre si debería animarme o desanimarme jajja.

Muchas gracias


En este hilo creo que se habla de la bolsa en la que estas interesado

http://www.sosit-txartela.net/foro/index.php?topic=4969.0
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