Procedimiento.
Las necesidades de personal de enfermería para hacer frente a la situación derivada del Covid-19 serán comunicadas por la entidad gestora de la residencia al Departamento de Políticas Sociales.
El Departamento de Políticas Sociales propondrá a la entidad gestora un candidato/a procedente de la lista gestionada por el Departamento de Gobernanza conforme a la Orden Foral 475/2020, de 26 de marzo.
La contratación de estudiantes solo será posible en caso de ausencia de candidatos en posesión del título de diplomatura o grado en enfermería.
Cláusulas específicas del contrato de trabajo.
La duración del contrato estará vinculada a las necesidades de atención sanitaria de los y las residentes como consecuencia de la situación de emergencia provocada por el Covid-19 y en cualquier caso se estima que su duración no deberá extenderse más allá del 15 de mayo de 2020.
El contrato se podrá celebrar a tiempo completo o a tiempo parcial, en función de las necesidades de cada centro.
La retribución a percibir será la que pacten las partes. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2020/04/08/c2001776.htm