Sistema: Concurso
Requisitos:
-Título de Magisterio o, en su caso, de una diplomatura universitaria o equivalente. En todo caso será admisible quien en su día hubiere superado las pruebas de homologación convocadas por HABE para profesorado de Euskaltegi, tal y como se recoge en la Orden del 8 de junio de 1984.
-Estar en posesión del Perfil Lingüístico 3 ó 4 de la Administración o título equivalente.
https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/01/05/II-4290_cas.pdf
Plazo: 10 días hábiles a partir de hoy
A la hora de fijar el orden de prelación, tendrán preferencia aquellas personas que hayan acreditado el perfil lingüístico 4 o equivalente. Posteriormente, en el orden de
prelación aparecerán aquellas personas que hayan acreditado el perfil lingüístico 3 o equivalente, si bien, sólo para cuando se haya agotado la lista de personas que hayan acreditado el perfil lingüístico 4, en base al artículo 43.2 del decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskara en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Corrigen errores bases.
https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/02/12/II-410_cas.pdf