A ver si alguien sabe esto:
¿Se puede renunciar a un contrato de sustitución, una vez se ha empezado, sin tener una justificación?
En lo que he visto en la página de Osakidetza, sólo se puede renunciar, previo el nombramiento, y sólo en ciertos supuestos... como otro trabajo, una enfermedad, etc.
Si renuncias te echarían de listas....
Gracias, Pixie. Ya me he enterado de que renunciar implicaría 6 meses de exclusión.
Seis meses, más, menos, exclusión definitiva... Depende de la bolsa y de la Administración que regule esa contratación. Ejemplo en Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz es exclusión de 6 meses. Pero tengo entendido que en Gobierno Vasco es exclusión definitiva aunque no estoy seguro. Lo que sí creo que es seguro es que sería en función del decreto, orden foral... o normativa propia de funcionamiento de las bolsas de contratación de esa administración.
Sí, Springsteen. En la normativa de las listas pone que son 6 meses la primera renuncia, 1 año la segunda, y exclusión total la tercera renuncia.
https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2011/06/1102977a.pdf (https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2011/06/1102977a.pdf)
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