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Modificación RPT

Iniciado por elum, 03 de Junio de 2021, 16:05:50 PM

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elum

Buenas,

A ver si alguien me puede ayudar...

Van a modificar la RPT de mi plaza, donde estoy con interinidad por jubilación ¿Qué me va a suponer?

Gracias

marta25

Cita de: elum en 03 de Junio de 2021, 16:05:50 PM
Buenas,

A ver si alguien me puede ayudar...

Van a modificar la RPT de mi plaza, donde estoy con interinidad por jubilación ¿Qué me va a suponer?

Gracias
Entiendo que es una vacante porque su titular se jubiló. Dependerá del tipo de modificación y también del nombramiento o contrato laboral que tengas.

marta25


elum

#2
Cita de: marta25 en 03 de Junio de 2021, 16:34:08 PM
Entiendo que es una vacante porque su titular se jubiló. Dependerá del tipo de modificación y también del nombramiento o contrato laboral que tengas.

Sí, eso es, se jubiló y estoy como funcionario interino. ¿Me podrían cesar? Por ejemplo, si cambia de grupo o nivel...Porque yo pensaba que solo era cuando se cubriese por OPE.

marta25

Cita de: elum en 03 de Junio de 2021, 17:10:03 PM
Sí, eso es, se jubiló y estoy como funcionario interino. ¿Me podrían cesar? Por ejemplo, si cambia de grupo o nivel...Porque yo pensaba que solo era cuando se cubriese por OPE.

Veo complicado que te cesen a no ser que se establezcan requisitos que tú no reúnes. Con contrato laboral sería un despido por causas objetivas. Pasa con el tema de euskera y no conozco a nadie que le hayan echado. También podrías salir beneficiado con el cambio,

kasero

Cita de: elum en 03 de Junio de 2021, 17:10:03 PM
Sí, eso es, se jubiló y estoy como funcionario interino. ¿Me podrían cesar? Por ejemplo, si cambia de grupo o nivel...Porque yo pensaba que solo ra cuandonse cubriese por OPE.

Arratsalde on:

Como muy bien te ha dicho marta25 depende del tipo de modificación.
Si por ejemplo la quieren perfilar, pues ya seria de cara a cuando salga a concurso u ope...
De grupo es raro que la modifiquen a no ser que este abierta a dos grupos distintos y las quieran limitar... En G.V. hay plazas de A/B y de C/D, con las nuevas nomenclaturas serian A1/A2 y C1/C2; que corresponden a Técnico/Técnico medio y Administrativo/Auxiliar Admtvo.
También se ha dado el caso de que las cambian de Dirección.
Lo mejor es que preguntes a ver cual es la modificación que van a realizar.

Ondo izan.

marta25

Cita de: kasero en 03 de Junio de 2021, 17:38:53 PM
Arratsalde on:

Como muy bien te ha dicho marta25 depende del tipo de modificación.
Si por ejemplo la quieren perfilar, pues ya seria de cara a cuando salga a concurso u ope...
De grupo es raro que la modifiquen a no ser que este abierta a dos grupos distintos y las quieran limitar... En G.V. hay plazas de A/B y de C/D, con las nuevas nomenclaturas serian A1/A2 y C1/C2; que corresponden a Técnico/Técnico medio y Administrativo/Auxiliar Admtvo.
También se ha dado el caso de que las cambian de Dirección.
Lo mejor es que preguntes a ver cual es la modificación que van a realizar.

Ondo izan.

Si bajan el nivel a ti no te lo pueden aplicar porque sería incumplimiento. Te pagarían sueldo establecido más complemento.

marta25


elum

Cita de: marta25 en 03 de Junio de 2021, 17:50:43 PM
Si bajan el nivel a ti no te lo pueden aplicar porque sería incumplimiento. Te pagarían sueldo establecido más complemento.

Muchas gracias a los 2, a ver si me entero pronto de los cambios.

elum

Cita de: elum en 03 de Junio de 2021, 18:53:55 PM
Muchas gracias a los 2, a ver si me entero pronto de los cambios.

Ya me he enterado del cambio y sí salgo perjudicado.

Resulta que la persona que se ha jubilado tenía reconocido un complemento específico que en realidad no le correspondía, pero que al haberlo empezado a cobrar...el contencioso dijo que ya no se le podía quitar a pesar de que lo intentaron desde el centro de trabajo.

Al haberse jubilado y ser algo específico de su persona, van a modificar el RPT para que vuelva a eliminarse, con lo que...menos sueldo para mi. :(

marta25

Cita de: elum en 10 de Junio de 2021, 21:51:29 PM
Ya me he enterado del cambio y sí salgo perjudicado.

Resulta que la persona que se ha jubilado tenía reconocido un complemento específico que en realidad no le correspondía, pero que al haberlo empezado a cobrar...el contencioso dijo que ya no se le podía quitar a pesar de que lo intentaron desde el centro de trabajo.

Al haberse jubilado y ser algo específico de su persona, van a modificar el RPT para que vuelva a eliminarse, con lo que...menos sueldo para mi. :(

Y aunque le hubiese correspondido por x motivos tampoco te corresponde. En Lanbide hay trabajadores que tienen complementos reconocidos pero cuando son sustituidos no se aplican a terceros. Sí es verdad que en los casos que conozco el cambio de la RPT no suele beneficiar al trabajador. Ya lo siento.