Noticias:

Las OPOs
Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

Menú Principal

1 TÉCNICO/A CULTURA AYUNTAMIENTO ABANTO Y CIÉRVANA

Iniciado por MARGA410, 04 de Mayo de 2016, 12:01:14 PM

Tema anterior - Siguiente tema

MARGA410

Sistema: Concurso-oposición

Requisitos:

-Título de Técnico Superior en Animador Socio Cultural

-Perfil lingüístico 3 preceptivo

Oposición:

1) Conocimientos teóricos: Desarrollar por escrito cuatro temas elegidos al azar, durante un período máximo de dos horas.
El tema 1.º (primero) se elegirá de entre los temas 1 a 7 (ambos inclusive) del temario. Los temas 2.º (segundo), 3.º (tercero) y 4.º (cuarto) se elegirán de entre los temas 8 a 37 (ambos inclusive) del temario.  

2) Caso práctico: Resolución de uno o varios supuestos prácticos a determinar por el Tribunal en relación al temario.  El tiempo de realización de este ejercicio se fijará asimismo por el Tribunal.

La normativa cuyo conocimiento se exigirá, será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3) Prueba de euskera (para quien no haya acreditado el perfil 3).

Concurso: Experiencia profesional Administración Pública, cursos.

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2016/05/20160504a084.pdf#page=70

Plazo: Falta publicar en BOE

MARGA410

Lo publican en el BOE. Dan 20 días naturales, a partir de mañana, para entregar solicitudes.

http://boe.es/boe/dias/2016/05/17/pdfs/BOE-A-2016-4720.pdf

MARGA410


MARGA410

Supongo que se refiere a esta plaza.

"Aprobar la terminación del procedimiento de selección de un Técnico de Cultura, por haber sido anulada la creación de dicho puesto de la Relación de Puestos de Trabajo, dando cumplimiento a la Sentencia número 172/2016 del Juzgado de lo Contencioso, lo que impide la continuación del mismo".

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2017/11/23/II-5396_cas.pdf?hash=c0153a5283cfdd3a23da6c06481c05bd