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Falta disciplinaria ACOSO SEXISTA

Iniciado por Iraisa, 01 de Mayo de 2018, 11:22:57 AM

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Iraisa

Kaixo,
Me surge una duda en la consideración de tipo de falta sobre el acoso sexual/ sexista .
Según  Ley 55/2003:
-Falta MUY GRAVE: El acoso sexual cuando suponga agresión o chantaje
-Falta GRAVE: Acoso sexual creando un entorno laboral intimidatorio, hostil y humillante.

Según Ley 4/2015:
Considera el acoso sexista cualquier comportam. verbal, no verbal, físico no deseado dirigido a una persona por razón de su sexo y con el propósito de crear un ambiente, hostil degradante, humillante... cuando sea de índole sexual, se considera acoso sexual.
Lo considera Falta MUY GRAVE

¿A quién le hacemos caso si no nos especifican la ley? Porque según la ley de igualdad, los dos casos serían falta Muy Grave.

Eskerrik asko aldez aurretik

Ikurtxu

Según lo entiendo yo, los dos serian considerados faltas muy graves para el personal funcionario de las administraciones publicas vascas.

Ikurtxu


Davor

Cita de: Iraisa en 01 de Mayo de 2018, 11:22:57 AM
Kaixo,
Me surge una duda en la consideración de tipo de falta sobre el acoso sexual/ sexista .
Según  Ley 55/2003:
-Falta MUY GRAVE: El acoso sexual cuando suponga agresión o chantaje
-Falta GRAVE: Acoso sexual creando un entorno laboral intimidatorio, hostil y humillante.

Según Ley 4/2015:
Considera el acoso sexista cualquier comportam. verbal, no verbal, físico no deseado dirigido a una persona por razón de su sexo y con el propósito de crear un ambiente, hostil degradante, humillante... cuando sea de índole sexual, se considera acoso sexual.
Lo considera Falta MUY GRAVE

¿A quién le hacemos caso si no nos especifican la ley? Porque según la ley de igualdad, los dos casos serían falta Muy Grave.

Eskerrik asko aldez aurretik






No es lo mismo, acoso sexista no tiene porqué ser de índole sexual. Cuando a una mujer que conduce se le dice "mujer tenías que ser" (por decir algo que nos suene a tod@s) y se le dice todos los días dentro de un ambiente hostil, yo entiendo que sería acoso sexista, pero no sexual. por lo tanto sería falta grave. Si además incluimos componente sexual con agresión o chantaje (por ejemplo de un superior) sería falta muy grave.