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Aux. Administrativos Ayto. Bilbao

Iniciado por anuxka, 18 de Junio de 2009, 08:09:25 AM

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rita la cantaora2

Cita de: socaoz en 16 de Febrero de 2011, 20:46:14 PM
Ah, q se me olviadaba, no es q sepamos la fecha y no sepamos nada de las impugnaciones... Si finalmente es el examen el dia 3, lo sabemos por alguna filtración de algún sindicato. Posiblemente mañana sepamos las impugnaciones, listado definitivo y fecha ya oficialmente a traves de la web del ayuntamiento.

Y sobre el ultimo dia el 14 de marzo, es pq entre el segundo examen y el tercero sólo pueden pasar 45 días y creo q corresponde con ese día. No habia muchas opciones mas, sólo que declarasen inhabil algun día (por carnavales, por ejemplo) como hicieron con las navidades.

ok... gracias. me ha entrado el bajon del siglo. pero bueno. a meter horas.

socaoz

Os dejo otro practico de riesgos laborales:


El ayuntamiento pretende que los funcionarios se sometan a diversas pruebas médicas, pruebas imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de dichos funcionarios. Un grupo de empleados se opone a someterse a dichas pruebas.


1.- Desde el punto de vista legal ¿es correcta la opción del grupo de funcionarios mencionados?
2.- ¿a quién o quienes debe comunicarse, en su caso, el resultado de dichos análisis?
3.- ¿cómo deben llevarse a cabo las pruebas médicas?
4.- ¿Podrían hacerse después de haber finalizado la relación de servicio?



Soluciones:
1.- Los funcionarios no pueden oponerse si dichas pruebas son imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo.
2.- Los resultados serán comunicados a los funcionarios afectoas y no podrán se utilizados en su perjuicio
3.- Las pruebas deben llevarse respetando el derecho a la intimiad y a la dignidad del trabajador y a la confidencialidad de toda la información
4.- Podrían realizarse después de la finalización de la relación de servicio cuando la naturaleza de los riesgos inherentes al trabajo lo haga necesario.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Un supuesto de igualdad:


Para la superación de unas pruebas físicas que forman parte de un proceso de selección, se establecen baremos distintos entre mujeres y hombres. Se establece, en consecuencia, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo.



1.- ¿podriamos hallarnos ante un supuesto de discriminación?
2.- de ser asi ¿se trataría de un supuesto de discriminación directa o indirecta?
3.- Si la característica relacionada con el sexo que se ha tomado en cuenta constituye un requisito profesional esencial y determinante, ¿es posible también establecer baremos distinos?




Soluciones.
1.- Podría ser un supuesto de discriminación si no se acredita que, al establacer baremos distintos, el objetivo perseguido es legitimo y el requisio proporcionado
2.- De incurrir en discriminación, sería directa
3.- Si la caracteristica relacionada con el sexo constituye un requisito profesional esencial y determinante, no impide el establecimineto de baremos distintos siempre y cuando el requisito pueda motivarse y resulte proporicionado.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

xipiri

Cita de: pmnefer en 16 de Febrero de 2011, 19:13:52 PM
Hola a tod@s:
El examen es el día 3 de marzo. El sitio todavía no lo sé pero la fecha es fija asi que ahora si que es una contrareloj ÁNIMO!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

UFFF!!! mil gracias.

socaoz


Ante una denuncia del Comite de Seguridad y Salud relativa a la existencia de determinados riesgos laborales, la Administración municipal admite la existencia de los mismos pero responde al Comité que se trata de riesgos que son inevitables por lo q resulta muy complejo hacerles frente...............


¿que debería hacer, en su opinión, la Administración ante riesgos "que no se pueden evitar"?. ¿que alternativa ofrece la Ley en estos casos ? (paralizar el servicio, planificar la preención, adoptar medidas, evaluar los riesgos...)


Solución:
Entre los principios de la acción preventiva establecidos en la ley, se señala, en primer lugar, "evitar los riesgos" y, en segundo lugar, "evaluar los riesgos que no se pueden evitar".
Por tanto, esta opción (evaluar los riesgos) deberiá aplicarse y, después, obrar en consecuencia atendiendo a  la gravedad y circunstancias de dichos riesgos "inevitables".
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

olibia25

socaoz, esos son los casos de la academia? yo te lo agradezco, pero me parece un poco fuerte que los estes colgando aqui. ya le parecerá bien a tus compañeros de clase o incluso a tu profesor? es que supongo que él los habrá hecho para sus alumnos... no se...

olibia25


encinal38

Hola, os remito un ejemplo sobre la Ley de Contratos del Sector Público lo acabo de encontrar navegando y no lo he intentado hacer aún.

Uff, que estres ya tenemos la fecha del examen.

socaoz

Siempre he colgado cosas de la academia y nunca a nadie le ha parecido mal. Nunca cuelgo todo, solo una muestra. No te sientas amenazada por los demas, eso no es bueno. De todas formas si te molesta no lo hago, pero tengo de otros sitios supuestos y por supuesto, no subiré ninguno.
Cuando subimos muchos de calculo, nadie se quejó....

Espero tu opinión para ver que hago.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

Cristina1964

Cita de: olibia25 en 16 de Febrero de 2011, 22:28:52 PM
socaoz, esos son los casos de la academia? yo te lo agradezco, pero me parece un poco fuerte que los estes colgando aqui. ya le parecerá bien a tus compañeros de clase o incluso a tu profesor? es que supongo que él los habrá hecho para sus alumnos... no se...

Pues perdona que te diga, pero podías habérselo comentado con un privado, no me parecen formas...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Cristina1964

Y de todas formas nunca que yo recuerde se ha colgado un documento aquí de ninguna Academia... como mucho ha sido alguna pregunta suelta, pero a modo de muestra.
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Cristina1964

Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

olibia25

A mi no me molesta, al contrario! yo lo digo por la gente que va a la academia que pienso que igual les puede sentar mal.
O al profesor, que igual no le hace gracia.
Yo es que recuerdo que fui a una academia para otra oposición que les sentó fatal que anduvieramos rulandonos los apuntes y los ejercicios con gente de fuera o de otras academias...
Pero yo no voy a decir nada porque soy la primera que me beneficio de los que colgais en el foro. Asi que...



olibia25

Vaya, no quería crear polemica ni molestar a nadie.
Socaoz perdona si te ha sentado mal, no era mi intención. Ha sido sólo un comentario, que yo me he incorporado tarde al foro y no se qué es lo que habeis estado colgando para los otros examenes...

Magenta

Cita de: olibia25 en 16 de Febrero de 2011, 22:28:52 PM
socaoz, esos son los casos de la academia? yo te lo agradezco, pero me parece un poco fuerte que los estes colgando aqui. ya le parecerá bien a tus compañeros de clase o incluso a tu profesor? es que supongo que él los habrá hecho para sus alumnos... no se...


Perdona, Olibia, pero lo que a mí me parece un poco fuerte es que digas esto. ¿Qué pasa, que tu vas a academia y te jode que se comparta? No encuentro otra explicación, o eso o eres t.., perdón, muy cándida. En fin, yo estoy superagradecida a Socaoz, Cristina, etc., gente supergenerosa que amablemente nos dan un poquito de lo que ellos reciben, y todos en la medida de nuestras posibilidades (con aclaraciones, enlaces a webs, etc.) contribuimos también. Nadie dice nada de la procedencia de sus conocimientos, se tienen y se comparten los que se quieren. Si tú quieres compartir, bien, si no, cada uno es libre de hacer lo que quiera.
Yo por lo menos voy a seguir en esa línea. En fin, sin acritud

mar-mar

Ante los últimos comentarios, y sin ánimo de polémica, simplemente agradecerte Socaoz la molestia que te has tomado en escribir los supuestos para que la gente se haga una idea de cómo puede ser el examen. Me doy cuenta de que todo en esta vida es un negocio y la gente es competitiva hasta extremos increíbles. Cuando hay por medio dinero se olvida todo.
Gracias de nuevo y que tengas mucha suerte y apruebes el examen (extensivo a todos aquellos que os habeis molestado en compartir vuestro conocimiento)

olibia25

Insisto, yo tb estoy super agradecida a los que comparten y creo que es lo bueno que tiene este foro, porque de hecho para gente que estamos fuera de la administración, que no estamos currando dentro, ni vamos a clase, es la unica forma de estar un poco al corriente de lo que se rumorea y tal.
Sólo que me ha llamado la atención por lo que os digo, que tuve un profesor que se enfadó. QUe ya se que aqui cada uno pone lo que encuentra, en cualquier sitio y supongo que las academias son uno más.

encinal38

Duda, en este test dan como correcta la solución C, ¿sabeís a que contratos administrativos se refiere esta solución?

Por lo poco que controlo se que existen los contratos de caracter administrativo y los contratos de caracter privado.

6.- Es cierto que...
a) Todos los contratos que celebra la Administración son administrativos
b) Todos los contratos administrativos que celebra la Administración están contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
c) Los contratos que contempla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas no son los únicos contratos administrativos que celebra la Administración
d) Para que la Administración celebre un contrato éste tiene que estar contemplado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

Magenta

Cita de: olibia25 en 16 de Febrero de 2011, 23:21:08 PM
Insisto, yo tb estoy super agradecida a los que comparten y creo que es lo bueno que tiene este foro, porque de hecho para gente que estamos fuera de la administración, que no estamos currando dentro, ni vamos a clase, es la unica forma de estar un poco al corriente de lo que se rumorea y tal.
Sólo que me ha llamado la atención por lo que os digo, que tuve un profesor que se enfadó. QUe ya se que aqui cada uno pone lo que encuentra, en cualquier sitio y supongo que las academias son uno más.


Olibia, dejémoslo así, creo que ha sido un comentario desafortunado, sin más. Y rectificar es de sabios. Por mí la cuestión está zanjada. Los demás que se pronuncien si quieren. Y que cada uno siga como hasta ahora, aportando según le dicte su conciencia.

julan

Cita de: Magenta en 16 de Febrero de 2011, 23:12:48 PM
Cita de: olibia25 en 16 de Febrero de 2011, 22:28:52 PM
socaoz, esos son los casos de la academia? yo te lo agradezco, pero me parece un poco fuerte que los estes colgando aqui. ya le parecerá bien a tus compañeros de clase o incluso a tu profesor? es que supongo que él los habrá hecho para sus alumnos... no se...


Perdona, Olibia, pero lo que a mí me parece un poco fuerte es que digas esto. ¿Qué pasa, que tu vas a academia y te jode que se comparta? No encuentro otra explicación, o eso o eres t.., perdón, muy cándida. En fin, yo estoy superagradecida a Socaoz, Cristina, etc., gente supergenerosa que amablemente nos dan un poquito de lo que ellos reciben, y todos en la medida de nuestras posibilidades (con aclaraciones, enlaces a webs, etc.) contribuimos también. Nadie dice nada de la procedencia de sus conocimientos, se tienen y se comparten los que se quieren. Si tú quieres compartir, bien, si no, cada uno es libre de hacer lo que quiera.
Yo por lo menos voy a seguir en esa línea. En fin, sin acritud
Magenta, estoy totalmente de acuerdo contigo. Socaoz, gracias por todo.

gladiator

Cita de: encinal38 en 16 de Febrero de 2011, 23:29:22 PM
Duda, en este test dan como correcta la solución C, ¿sabeís a que contratos administrativos se refiere esta solución?

Por lo poco que controlo se que existen los contratos de caracter administrativo y los contratos de caracter privado.

6.- Es cierto que...
a) Todos los contratos que celebra la Administración son administrativos
b) Todos los contratos administrativos que celebra la Administración están contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
c) Los contratos que contempla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas no son los únicos contratos administrativos que celebra la Administración
d) Para que la Administración celebre un contrato éste tiene que estar contemplado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas


Aupa Encinal,

La respuesta es la C.

a)Todos los contratos que celebra la Administración son administrativos – NO, porque la Administración celebra contratos administrativos, privados y especiales.

b) Todos los contratos administrativos que celebra la Administración están contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas – NO
En la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 4, redacta una lista de los contratos que están excluidos de dicha ley, ya que se rigen por otras disposiciones y leyes.

c) Los contratos que contempla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas no son los únicos contratos administrativos que celebra la Administración –SÍ. La razón por la que no es la B).

d) Para que la Administración celebre un contrato éste tiene que estar contemplado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas – NO. La Administración celebra otros contratos que no se rigen por la LCSP

Gracias por el supuesto, por cierto, ten cuidado porque lo resuelve con el Real Decreto Legislativo 2/2000 y la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que fueron parcialmente derogados por la LCSP.

Un saludete

kokotaraino

¿CÓMO QUE EL EXAMEN ES EL DÍA 3?. Ay Dios, si no pone nada en la página. Me pegan 7 infartos seguidos.  :'( :'( :'( :'( :'(
Pero si todavía ni han comentado si va a haber impugnaciones al segundo.
VOY A CHILLAR. LO SIENTO POR LA HORA QUE ES........................
Porfi, porfi, necesito más tiempo, he acabado de leerme el tema de los contratos hoy y no soy capaz de retener nada. Necesito una Tena Lady para el cerebro...... Joder, y todavía me quedan otros 10 temas (a 1 por día y currando, pues me tiros de los pelos)
¡Ay Dios! y ese pedazo de supuesto que he visto por ahí es para auxiliar administrativo o para abogado del ayunta?, no puedoooooooorrrrrrrrrrr..........

elsie

Yo, por mi parte, agradezco mucho a Socaoz (y a todos los demás que comparten cosas en el foro) su actitud. Me parece muy generoso que yendo a la academia, comparta los frutos de su tiempo, su esfuerzo y su dinero con los demás. Como ya se ha comentado no nos está pasando los apuntes integros sino muestras, que a mi particularmente me ayudan un montón. Pienso que no debería molestar a nadie aunque hay gente para todo. También en el insti o en la uni te encontrabas gente que no te dejaba sus apuntes ni de broma.

Y de todo corazón deseo que la ley del karma funcione y ella (y todos los demás compañeros que han estado siempre ayudando en todo lo que han podido) obtengan su recompensa en forma de plaza y si puede ser ya, mejor.  :rainbow:

ilusi?n

Cita de: gladiator en 17 de Febrero de 2011, 00:01:28 AM
Cita de: encinal38 en 16 de Febrero de 2011, 23:29:22 PM
Duda, en este test dan como correcta la solución C, ¿sabeís a que contratos administrativos se refiere esta solución?

Por lo poco que controlo se que existen los contratos de caracter administrativo y los contratos de caracter privado.

6.- Es cierto que...
a) Todos los contratos que celebra la Administración son administrativos
b) Todos los contratos administrativos que celebra la Administración están contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
c) Los contratos que contempla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas no son los únicos contratos administrativos que celebra la Administración
d) Para que la Administración celebre un contrato éste tiene que estar contemplado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas


Aupa Encinal,

La respuesta es la C.

a)Todos los contratos que celebra la Administración son administrativos – NO, porque la Administración celebra contratos administrativos, privados y especiales.

b) Todos los contratos administrativos que celebra la Administración están contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas – NO
En la Ley de Contratos del Sector Público, artículo 4, redacta una lista de los contratos que están excluidos de dicha ley, ya que se rigen por otras disposiciones y leyes.

c) Los contratos que contempla la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas no son los únicos contratos administrativos que celebra la Administración –SÍ. La razón por la que no es la B).

d) Para que la Administración celebre un contrato éste tiene que estar contemplado en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas – NO. La Administración celebra otros contratos que no se rigen por la LCSP

Gracias por el supuesto, por cierto, ten cuidado porque lo resuelve con el Real Decreto Legislativo 2/2000 y la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que fueron parcialmente derogados por la LCSP.

Un saludete

Podríais poner un ejemplo de la respuesta correcta xfa que no lo veo claro ?

encinal38

Artículo 4. Negocios y contratos excluidos.


1. Están excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes negocios y relaciones jurídicas:

   1. La relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en la legislación laboral.

   2. Las relaciones jurídicas consistentes en la prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público de aplicación general.

   3. Los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esta Ley.

   4. Los convenios que, con arreglo a las normas específicas que los regulan, celebre la Administración con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas administrativas especiales.

   5. Los convenios incluidos en el ámbito del artículo 296 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea que se concluyan en el sector de la defensa.
 
   6. Los acuerdos que celebre el Estado con otros Estados o con entidades de derecho internacional público.

   7. Los contratos de suministro relativos a actividades directas de los organismos de derecho público dependientes de las Administraciones públicas cuya actividad tenga carácter comercial, industrial, financiero o análogo, si los bienes sobre los que versan han sido adquiridos con el propósito de devolverlos, con o sin transformación, al tráfico jurídico patrimonial, de acuerdo con sus fines peculiares, siempre que tales organismos actúen en ejercicio de competencias específicas a ellos atribuidas por la Ley.

   8. Los contratos y convenios derivados de acuerdos internacionales celebrados de conformidad con el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea con uno o varios países no miembros de la Comunidad, relativos a obras o suministros destinados a la realización o explotación conjunta de una obra, o relativos a los contratos de servicios destinados a la realización o explotación en común de un proyecto.

   9. Los contratos y convenios efectuados en virtud de un acuerdo internacional celebrado en relación con el estacionamiento de tropas.
 
  10.Los contratos y convenios adjudicados en virtud de un procedimiento específico de una organización internacional.
 
11. Los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación.
 
12. Los contratos relativos a servicios financieros relacionados con la emisión, compra, venta y transferencia de valores o de otros instrumentos financieros, en particular las operaciones relativas a la gestión financiera del Estado, así como las operaciones destinadas a la obtención de fondos o capital por los entes, organismos y entidades del sector público, así como los servicios prestados por el Banco de España y las operaciones de tesorería.
 
13. Los contratos por los que un ente, organismo o entidad del sector público se obligue a entregar bienes o derechos o prestar algún servicio, sin perjuicio de que el adquirente de los bienes o el receptor de los servicios, si es una entidad del sector público sujeta a esta Ley, deba ajustarse a sus prescripciones para la celebración del correspondiente contrato.
 
14. Los negocios jurídicos en cuya virtud se encargue a una entidad que, conforme a lo señalado en el artículo 24.6, tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico del mismo, la realización de una determinada prestación. No obstante, los contratos que deban celebrarse por las entidades que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico para la realización de las prestaciones objeto del encargo quedarán sometidos a esta Ley, en los términos que sean procedentes de acuerdo con la naturaleza de la entidad que los celebre y el tipo y cuantía de los mismos, y, en todo caso, cuando se trate de contratos de obras, servicios o suministros cuyas cuantías superen los umbrales establecidos en la Sección II del Capítulo II de este Título Preliminar, las entidades de derecho privado deberán observar para su preparación y adjudicación las reglas establecidas en los artículos 121.1 y 174.

15. Las autorizaciones y concesiones sobre bienes de dominio público y los contratos de explotación de bienes patrimoniales distintos a los definidos en el artículo 7, que se regularán por su legislación específica salvo en los casos en que expresamente se declaren de aplicación las prescripciones de la presente Ley.

16. Los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial. En estos contratos no podrán incluirse prestaciones que sean propias de los contratos típicos regulados en la Sección I del Capítulo II del Título Preliminar, si el valor estimado de las mismas es superior al 50 % del importe total del negocio o si no mantienen con la prestación característica del contrato patrimonial relaciones de vinculación y complementariedad en los términos previstos en el artículo 25; en estos dos supuestos, dichas prestaciones deberán ser objeto de contratación independiente con arreglo a lo establecido en esta Ley.

17. Los contratos de servicios y suministro celebrados por los Organismos Públicos de Investigación estatales y los Organismos similares de las Comunidades Autónomas que tengan por objeto prestaciones o productos necesarios para la ejecución de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica o servicios técnicos, cuando la presentación y obtención de resultados derivados de los mismos esté ligada a retornos científicos, tecnológicos o industriales susceptibles de incorporarse al tráfico jurídico y su realización haya sido encomendada a equipos de investigación del Organismo mediante procesos de concurrencia competitiva.

2. Los contratos, negocios y relaciones jurídicas enumerados en el apartado anterior se regularán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

OPOS

DUDA:

Alquien sabe que es "incardinación"??
Normalizacion del euskera; la AP debe enviar a la Viceconsejeria de Politica Linguistica la descripcion e incardinacion de los puestos de trabajo de nueva creación....¿¿¿?????

Gracias.

rita la cantaora2

Cita de: OPOS en 17 de Febrero de 2011, 09:54:41 AM
DUDA:

Alquien sabe que es "incardinación"??
Normalizacion del euskera; la AP debe enviar a la Viceconsejeria de Politica Linguistica la descripcion e incardinacion de los puestos de trabajo de nueva creación....¿¿¿?????

Gracias.

algo asi como a que departamento pertenecen, de quien depende ese nuevo puesto. Para ver, supongo, el nivel de eusk necesario en el puesto. No estoy segura eh...  incardinacion es vinculacion.

ilusi?n

a ver yo lo que hasta ahora he creído es que los contratos para que sean adm tienen 1@ celebrarlo un adm. Pública y 2@ tener como objeto uno de los incluidos en la clasificación de típicos o especiales de la ley de contratos y lo q NO ENTIENDO . . La lista es de contratos excluidos pero ¿Son administrativos?
Encardinar yo entiendo que es como se insertan o colocan dentro de la organizacion, opos .

AOG

Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que, efectivamente, el tribunal se reunió ayer pero que no terminaron así que tienen que continuar la reunión. Lo que no sé es si la continuaran hoy, espero que si porque tengo unas ganas de que saquen las listas definitivas de aprobados! Es que yo tambien estoy pendiente de un hilo, si anulan alguna de las que tengo bien, penco y eso ya me ha pasado con el segundo examen en otras 2 oposiciones!!!. Bueno, por si acaso, me he apuntado a la academia oposiciones para este tercer examen, hay que intentarlo. Por cierto, voy de 6 a 8 los martes y jueves pero no sé quienes sois ninguno.  

OPOS

Pues si ayer no terminaron la reunión...no se porque me da a mi, que se han aceptado impugnaciones......
Es una apreciación mia, vaya...pero si no hubiera impugnaciones, la reunion solo seria para fijar la fecha del examen y para eso no creo que haga falta mucho tiempo.
Bueno, a ver con que nos sorprenden esta vez...

Cristina1964

Cita de: OPOS en 17 de Febrero de 2011, 10:23:47 AM
Pues si ayer no terminaron la reunión...no se porque me da a mi, que se han aceptado impugnaciones......
Es una apreciación mia, vaya...pero si no hubiera impugnaciones, la reunion solo seria para fijar la fecha del examen y para eso no creo que haga falta mucho tiempo.
Bueno, a ver con que nos sorprenden esta vez...
Procura no pensarlo demasiado, porque cualquiera sabe... NO SABEMOS A QUÉ HORA EMPEZARON... imagínate que hubo algún problema con la impresora, o que el Presidente del Tribunal tuvo un problema... mil cosas pueden ser la causa de no terminar una reunión. Y si empezaron a las doce y media, p.e.?
Y como no lo sabemos, deberíamos NO ADELANTAR ACONTECIMIENTOS, sé que es difícil, pero sólo pretendo rebatirte para que no pienses que el único motivo es la resolución de impugnaciones...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

OPOS

Tienes razón Cristina.
Son los nervios....que estoy ya medio desquiciada y me monto yo solita unas peliculas en la cabeza...
Además tampoco hace falta esperar mucho para saberlo.
Ánimo

bonaparte

Cita de: Cristina1964 en 17 de Febrero de 2011, 10:40:16 AM
Cita de: OPOS en 17 de Febrero de 2011, 10:23:47 AM
Pues si ayer no terminaron la reunión...no se porque me da a mi, que se han aceptado impugnaciones......
Es una apreciación mia, vaya...pero si no hubiera impugnaciones, la reunion solo seria para fijar la fecha del examen y para eso no creo que haga falta mucho tiempo.
Bueno, a ver con que nos sorprenden esta vez...
Procura no pensarlo demasiado, porque cualquiera sabe... NO SABEMOS A QUÉ HORA EMPEZARON... imagínate que hubo algún problema con la impresora, o que el Presidente del Tribunal tuvo un problema... mil cosas pueden ser la causa de no terminar una reunión. Y si empezaron a las doce y media, p.e.?
Y como no lo sabemos, deberíamos NO ADELANTAR ACONTECIMIENTOS, sé que es difícil, pero sólo pretendo rebatirte para que no pienses que el único motivo es la resolución de impugnaciones...
Seguramente habra que dejar en cuarentena la fecha del 3 de marzo que aparecio aqui ayer como fecha probable de examen, ya que los rumores apuntan a que la proxima reunion del tribunal se ha retrasado hasta la semana que viene.

Un saludo y animo a tod@s

moc

Cita de: AOG en 17 de Febrero de 2011, 10:08:49 AM
Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que, efectivamente, el tribunal se reunió ayer pero que no terminaron así que tienen que continuar la reunión. Lo que no sé es si la continuaran hoy, espero que si porque tengo unas ganas de que saquen las listas definitivas de aprobados! Es que yo tambien estoy pendiente de un hilo, si anulan alguna de las que tengo bien, penco y eso ya me ha pasado con el segundo examen en otras 2 oposiciones!!!. Bueno, por si acaso, me he apuntado a la academia oposiciones para este tercer examen, hay que intentarlo. Por cierto, voy de 6 a 8 los martes y jueves pero no sé quienes sois ninguno. 

ya se que esto se ha escrito anteriormente, pero no lo encuentro y no me aclaro.
si has dejado en blanco todas las de reserva
¿cuanto resta que te anulen una buena?
¿cuanto suma que te anulen una mala?

bonaparte

Si tienes las de reserva en blanco y te anulan una buena pierdes 0,1666, si por el contrario te anulan una mala, ganas 0,0555.

Es mejor no pensar mucho en el tema de las impugnaciones y seguir estudiando a tope ya que esta claro que apenas quedará tiempo entre la resolucion de las impugnaciones y la fecha del examen, ya que como alguien comento tendria que ser antes del 14 de marzo teniendo en cuenta el plazo maximo de los 45 dias entre examenes.

AOG

Estoy de acuerdo, es mejor no pensarlo más porque los del sindicato también me han dicho que el tribunal no se volverá a reunir hasta la semana que viene(creen que el miercoles), que ayer estuvieron hablando de las impugnaciones y que la semana que viene hablarán de la fecha del examen. Así que a estudiar todo lo que se pueda y ...hasta donde llegemos. Animo que queda poco.

socaoz

Cita de: encinal38 en 16 de Febrero de 2011, 22:39:40 PM
Hola, os remito un ejemplo sobre la Ley de Contratos del Sector Público lo acabo de encontrar navegando y no lo he intentado hacer aún.

Uff, que estres ya tenemos la fecha del examen.



Hola:
Una cosita. Ten cuidado con este supuesto, que es antiguo y la ley ha cambiado desde entonces. Ten en cuenta que actualmente ya no existe el modo de subasta (que no se refiere a subasta electrónica de la actual ley) y que tendrías que pasar las pesetas a euros. No he visto todo el supuesto completo, pero acuérdate de que también han cambiado los umbrales.
Socaoz
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

xipiri

Entonces, todavia es posible que el examen sea el 25 de febrero? como lo veis? uffffffffffffff

bodipo

Bueno a ver si me relajo xk madre mia con tanto rumor......puffff. Yo estoy con el 5.0 y tengo las de reserva mal asi k con una de las que tengo bien que anulen penco..De lo malo la de Bilbao next y la de los ni ni las tengo mal...espero no anulen ninguna de las que tengo bien.A cruzar los dedos. La cosa es que con esta tension no hjay quien se centre.
Lo de la fecha habra q ver pero si el tribunal se reune la semana que viene dudo q el exxamen sea el 25 de febrero...no creeis? El 4 de marzo puede ser y aun asi me parece pronto....pero si teneis informacion sera por algo.

Gracias a todos por lo q aportais y animais!!!!!Animo!!!!

MOJORRISON2000

Cita de: xipiri en 17 de Febrero de 2011, 11:45:25 AM
Entonces, todavia es posible que el examen sea el 25 de febrero? como lo veis? uffffffffffffff

joder ke cachondo eres

socaoz

Cita de: xipiri en 17 de Febrero de 2011, 11:45:25 AM
Entonces, todavia es posible que el examen sea el 25 de febrero? como lo veis? uffffffffffffff


Yo antes lo veía probable, ahora, si no se vuelven a reunir hasta el miércoles que viene, lo veo complicado...
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

Cristina1964

Lo que está claro, como Bodipo dice es que ASÍ NO SE CENTRA NI SU PRIMA... YA LES VALE...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

socaoz

Cita de: Cristina1964 en 17 de Febrero de 2011, 11:58:38 AM
Lo que está claro, como Bodipo dice es que ASÍ NO SE CENTRA NI SU PRIMA... YA LES VALE...


Ademas de poner los exámenes rarísimos y con poco tiempo, ahora juegan la baza psicológica de tenernos a todos histéricos para que encima, no estudiemos...
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

xipiri

Vale, vale, que me he liado...tengo la neurona atrofiada....teneis razón el 25 es muy pronto si se reunen el miercoles, minimo el 3 como se comentó ayer. Perdon por el lio, toy que no toy!! Lo siento.

oposit

Yo confio en que... como ya se han sobrado en los 2 examenes anteriores, y han hecho un limpieza de la leche, ahora se porten un poco y lo pongan al límite de cumplirse el plazo de los 45 días. Además, según comentais, hasta la semana que viene no se vuelven a reunir para el tema de las impugnaciones.

Cristina1964

Yo he entendido que lo que les queda pendiente precisamente es la fecha, no? en la anterior página he leído algo... pero puedo ser yo que estoy empezando a pagar el desgaste neuronal...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

bodipo

Cita de: Cristina1964 en 17 de Febrero de 2011, 12:04:19 PM
Yo he entendido que lo que les queda pendiente precisamente es la fecha, no? en la anterior página he leído algo... pero puedo ser yo que estoy empezando a pagar el desgaste neuronal...
Yo por lo q se dice en la pagina anterio tb pienso que lo que les queda por debatir es la fecha del examen.Creeis que pondren lo de las impugnaciones con la lista definitiva y luego la fecha? O esperaran a ponerlo todo en el mismo documento?

oposit

Si, si, puede que sea para la fecha.

Es que... imaginaos la gente que entre por las impugnaciones... que van a saberlo con 5 días de antelación.

kaletrax

Cita de: bodipo en 17 de Febrero de 2011, 11:55:39 AM
Bueno a ver si me relajo xk madre mia con tanto rumor......puffff. Yo estoy con el 5.0 y tengo las de reserva mal asi k con una de las que tengo bien que anulen penco..De lo malo la de Bilbao next y la de los ni ni las tengo mal...espero no anulen ninguna de las que tengo bien.A cruzar los dedos. La cosa es que con esta tension no hjay quien se centre.
Lo de la fecha habra q ver pero si el tribunal se reune la semana que viene dudo q el exxamen sea el 25 de febrero...no creeis? El 4 de marzo puede ser y aun asi me parece pronto....pero si teneis informacion sera por algo.

Gracias a todos por lo q aportais y animais!!!!!Animo!!!!

ais bodipo que a mi tambien me va a dar un algo..............estás estudiando valdegobia o bilbo? ai que joderse! nos ponen todo  a la vez pa que nos caguemos en todo!!

yo soy incapaz de estudiar así, con esta incertidumbre de si aprobaré si no, si dejo unos dias bilbo para estdiar valdegobia, si voy el 25 a valdegobia con lo poco que sé sin abrir el libro, ..............DE QUE OXTIAX VAN!!!!!!NOS QUIEREN DESTRUIR MORALMENTEEE!!!!, PORQUÉ NO TERMINARON AYER LA REUNIÓN????? No se podian quedar 10 minutillos más de la cuenta, no, ale lo dejan pa otro dia,........total.....

en fin, que yo no sé que hacer!!!!!!!!

Cristina1964

Si es verdad que les queda finiquitar la fecha y han aplazado la reunión por esa razón... sólo se me ocurre que pueda ser un problema con el alquiler del local. Si no es éso... no tiene mucha lógica, a no ser que no sea por el tema de la fecha.
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

bonaparte

Yo creo que no es solo problema de fechas, sino que tambien de impugnaciones, ya que cuando saquen la lista definitiva tienen obligacion tambien de poner la fecha de examen, vamos que va todo unido.
Por lo demas y vistas las opciones, yo apostaria por la semana del 7 al 11 de marzo para el examen.

bodipo

Cita de: kaletrax en 17 de Febrero de 2011, 12:13:39 PM
Cita de: bodipo en 17 de Febrero de 2011, 11:55:39 AM
Bueno a ver si me relajo xk madre mia con tanto rumor......puffff. Yo estoy con el 5.0 y tengo las de reserva mal asi k con una de las que tengo bien que anulen penco..De lo malo la de Bilbao next y la de los ni ni las tengo mal...espero no anulen ninguna de las que tengo bien.A cruzar los dedos. La cosa es que con esta tension no hjay quien se centre.
Lo de la fecha habra q ver pero si el tribunal se reune la semana que viene dudo q el exxamen sea el 25 de febrero...no creeis? El 4 de marzo puede ser y aun asi me parece pronto....pero si teneis informacion sera por algo.

Gracias a todos por lo q aportais y animais!!!!!Animo!!!!


ais bodipo que a mi tambien me va a dar un algo..............estás estudiando valdegobia o bilbo? ai que joderse! nos ponen todo  a la vez pa que nos caguemos en todo!!

yo soy incapaz de estudiar así, con esta incertidumbre de si aprobaré si no, si dejo unos dias bilbo para estdiar valdegobia, si voy el 25 a valdegobia con lo poco que sé sin abrir el libro, ..............DE QUE OXTIAX VAN!!!!!!NOS QUIEREN DESTRUIR MORALMENTEEE!!!!, PORQUÉ NO TERMINARON AYER LA REUNIÓN????? No se podian quedar 10 minutillos más de la cuenta, no, ale lo dejan pa otro dia,........total.....

en fin, que yo no sé que hacer!!!!!!!!

Yo estoy mirando estos dias lo de valdegovia pero muy por encima con el temario del GV  y asi(muchos temas son los de siempre Ley 30/92..Consti..Estatuto.....). Pero como no tengo experiencia trabajando en la Adm. Publica y es solo un examen y estamos 70 apuntados y ademas teniendo el PL2 creo que no perdemos nada por ir.Si aprobamos con lo leido...bien y sino pues otra vez sera. Mientras ire mirando lo de Bilbo aunque con estos nervios y ademas nunca he hecho un examen de este tipo pues no se la verdad no tengo grandes esperanzas depositadas en este ultimo examen( no se como estudiar..)pero habra que intentarlo. Animo Kaletrax!!!