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Las OPOs
Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

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ADMINISTRATIVO - Depuraci?n de Respuestas

Iniciado por deurus, 10 de Febrero de 2009, 13:38:55 PM

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Mirentxu


cybermakoki

Jajajajja

Esq es verdad Mirentxu!! eres una crack!! contigo, todos sacaremos el 100  :-* :-*

cybermakoki


Leire

Hola a todos!

Ya se ke no es el mejor momento de empezar con preguntitas pk todo el mundo esta nervioso y aburrido ya de tanto estudiar; pero el caso es ke me kedan unas dudas por resolver de administrativo.

Seg?n lo ke busk? por internet de cada sindi(ke luego al apuntarme ya me fije ke lo ten?as ak?), yo tengo esto:

Entre ugt,ccoo,lab y esk

-49, 71, 91, 92 :  2dicen C y 2 dicen B
-269, 326: 2 dicen C y 2 dicen D
-744: 2 dicen c, uno dice C y otro dice D
-747: 2 dicen C, 1 dice A y otro dice B. Ak? no se si decidirme por C.
-202 y 608: Impugnadas, verdad?

Esto es alienante, de verdad, 2 meses encerrada en casa estudiando esto y puedes acabar "chupando bombillas". En las dem?s me he regido por lo q dec?an la mayor?a, pero estas no se por donde cogerlas y si ke he mirado las actualizaciones,tanto de internet como del administrador de tareas, a lo mejor se ma ha pasado algo.

A la mayor?a ser os ve tan acostumbrado a estas historias,para mi es la 1? vez y estoy de los nervios.

Por favor, echarme un cablecillo!

Gracias. Leire



Txibit

Cita de: Mirentxu en 29 de Marzo de 2009, 19:58:21 PM
He repasado tu listado y coincido contigo salvo en 4 que damos respuesta distinta, 2 que dudo entre la tuya y otra, 1 que la tengo como nula con tu respuesta m?s otra y 1 m?s que tengo tu misma respuesta pero a?n con ?

Est? muy bien Txibit, gracias.

Mirentxu,
?Podr?as indicarme las 4 preguntas en las que no coincidimos? ?y cu?l es tu respuesta?
Gracias.


Mirentxu

#355
Cita de: ebichu en 27 de Marzo de 2009, 15:37:34 PM
Gracias "yo"  por responder voy a dar por buena que la administraci?n solo indemniza si causa da?o legalmente que es la 91 b, adem?s Cep tambi?n da buena la B.

En cuanto a la 326, sobre el periodo que deben guardar los empresarios la documentaci?n relativa a partes de baja, variaciones, etc, es con seguridad 5 a?os seg?n lo pone en la ley.
Ugt hizo una correcci?n el 3 de Marzo y da como buena la respuesta la respuesta C 4 a?os pero creo que estan muy equivocados.

326: D   (5a?os)


91  Creo que es C

LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de R?gimen Jur?dico de las Administraciones P?blicas y del Procedimiento Administrativo Com?n.
Responsabilidad patrimonial de la Administraci?n P?blica
Art?culo 139. Principios de la responsabilidad.
. Los particulares tendr?n derecho a ser indemnizados por las Administraciones P?blicas correspondientes, de toda lesi?n que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesi?n sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios p?blicos.

2. La responsabilidad patrimonial
2.1. Introducci?n
ENLACE
Creo que ?sto deja claro que la doctrina cient?fica recoge los supuestos de actuaci?n legal e ilegal y adem?s el art. 139 de la Ley 30/1992 es conforme al mismo principio.


326  D

Todo el mundo, excepto MAD, dice 5 a?os

MAD
ENLACE
Camara de Comercio de Madrid
http://www.camaramadrid.es/SEDE/100creac/004trami/001trami/Docs.asp?strCodDocumento=D000000261
http://www.cea.es/portalcea/pymes/empresa/guia/311511empreindi.asp

CEA servicio pymes
http://www.cea.es/portalcea/pymes/empresa/guia/311511empreindi.asp

CANTOS CONSULTORES Tr?mites
http://www.cantosconsultores.net/empresario_individual.html

A m? no me cabe la menor duda

Mirentxu

#355

mux

Txibit, yo no estoy de acuerdo contigo en las siguientes respuestas :

34 - A
49 - C
82 - A
91- B
269-C
562 - D
583- D
708- C
725- A
744 - C  -  B??
747 - C

Me he guiado por los comentarios que hace CEP en las resoluciones aclaratorias actualizado hoy, pero tampoco s? si es todo tal y como lo ponen.

A estas alturas que todav?a tengamos que andar as?........

Un saludo a tod@s y suerte!!!!




helen

Hola Leire. A continuaci?n te indico las respuestas que consensuamos para la revisi?n 1 de administrativo de las preguntas que tienes tu dudas:

49 - B
71- B
91   B/C (B). Esta pregunta era la ?nica dudosa de las que indicas y nos inclinamos por la B.
92 - B
202. Todas correctas (Impugnable). Marcada la D en el test.
269- D
326- D
608-B (error en la formulaci?n)
744-B
747-C

Espero que te sirva. Para m?s informaci?n mira los posts relativos a la revisi?n 1 y posteriores.

Tranquila que todo va a ir bien.

.yo.

Hola Mirentxu, respecto a la dichosa 91 (que me tiene hasta las narices):
Yo sigo pensando que es la B, porque la teor?a de la indemnizaci?n se refiere a cuando es legal, y la teor?a de la responsabilidad cuando es ilegal, o eso entiendo yo. Esperemos que esa no caiga ;)

.yo.

Cita de: helen en 30 de Marzo de 2009, 14:25:24 PM
Hola Leire. A continuaci?n te indico las respuestas que consensuamos para la revisi?n 1 de administrativo de las preguntas que tienes tu dudas:

49 - B
71- B
91   B/C (B). Esta pregunta era la ?nica dudosa de las que indicas y nos inclinamos por la B.
92 - B
202. Todas correctas (Impugnable). Marcada la D en el test.
269- D
326- D
608-B (error en la formulaci?n)
744-B
747-C

Espero que te sirva. Para m?s informaci?n mira los posts relativos a la revisi?n 1 y posteriores.

Tranquila que todo va a ir bien.


La 269, era la C, 20 d?as.
Y una pregunta, hasta que punto es fiable las respuestas de CEP, porque la 744 dice la C (discrecionales), y la 49 la C. Esto es un horror :'(

.yo.


Mirentxu

Cita de: Txibit en 30 de Marzo de 2009, 12:04:36 PM
Cita de: Mirentxu en 29 de Marzo de 2009, 19:58:21 PM
He repasado tu listado y coincido contigo salvo en 4 que damos respuesta distinta, 2 que dudo entre la tuya y otra, 1 que la tengo como nula con tu respuesta m?s otra y 1 m?s que tengo tu misma respuesta pero a?n con ?

Est? muy bien Txibit, gracias.

Mirentxu,
?Podr?as indicarme las 4 preguntas en las que no coincidimos? ?y cu?l es tu respuesta?
Gracias.

49  C

En este sentido se debe se?alar que se puede ejercer control jurisdiccional sobre los siguientes elementos del acto discrecional:
a) La motivaci?n, elemento indispensable para evitar incurrir en la arbitrariedad;
b) La competencia de la autoridad u ?rgano que ejerce la potestad discrecional, pues, la potestad discrecional est? conferida a un ?rgano determinado con exclusi?n de los dem?s;
c) La extensi?n de la facultad conferida por la ley;
d) El fin, puesto que la facultad discrecional ha sido otorgada para una finalidad espec?fica -el inter?s p?blico- y cualquier otro fin diferente, configura el llamado "vicio de desviaci?n de poder"; y,
e) Los hechos determinados, es decir, aquellos que constituyen el presupuesto f?ctico para que actu? la administraci?n en ejercicio de su facultad discrecional.
Por otro lado, no es el judicial el ?nico tipo de control existente en la doctrina, encontramos tambi?n el control gubernamental y el interno. El primero de ellos es el realizado por los ?rganos del Estado, en nuestro pa?s el que realizan los OACE; y el segundo por cualquier ?rgano o funcionario de la propia Administraci?n y de jerarqu?a superior al que emiti? el acto.

Os paso la monograf?a en donde lo he encontrado
http://www.monografias.com/trabajos19/discrecionalidad/discrecionalidad.shtml#discr

56  B

Est? motivada en estas p?ginas

224  A y C   Nula

C.-  Su creaci?n se realizar? mediante Decreto Ley del Gabierno.
       Las Organizaciones de Servicios se crean por Decreto del Gobierno Vasco

269  C

Est? motivada en estas p?ginas

326  D

Esta motivada en estas p?ginas

583  D

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Incapacidad laboral transitoria

Art?culo 128. Concepto.

1. Tendr?n la consideraci?n de situaciones determinantes de incapacidad laboral transitoria:

a) Las debidas a enfermedad com?n o profesional y a accidente, sea o no de trabajo, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y est? impedido para el trabajo, con una duraci?n m?xima de doce meses, prorrogables por otros seis cuando se presuma que durante ellos pueda el trabajador ser dado de alta m?dica por curaci?n.

b) Los per?odos de observaci?n por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo durante los mismos, con una duraci?n m?xima de seis meses, prorrogables por otros seis cuando se estime necesario para el estudio y diagn?stico de la enfermedad.

c) Los per?odos de descanso que procedan en los casos de maternidad, de adopci?n o de acogimiento previo, con la duraci?n que reglamentariamente se determine y que, en ning?n caso, podr? ser inferior a la prevista para los mismos en el apartado 4 del art?culo 48 del Estatuto de los Trabajadores, y en el apartado 3 del art?culo 30 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

650  C, D o las 2 ?

De ?sta me voy leyendo ni s? cuantos documentos pero no he conseguido a?n dar con el definitivo que confirme o descarte.  En ello andamos


Mirentxu

Cita de: .yo. en 30 de Marzo de 2009, 15:16:28 PM
Hola Mirentxu, respecto a la dichosa 91 (que me tiene hasta las narices):
Yo sigo pensando que es la B, porque la teor?a de la indemnizaci?n se refiere a cuando es legal, y la teor?a de la responsabilidad cuando es ilegal, o eso entiendo yo. Esperemos que esa no caiga ;)

Buenoooo, otro de mis lapsus.  Muchas gracias Yo.   Despues de leer tu post y releer la pregunta en el librillo, me he dado cuenta de que es cierto.
Lo que dice la pregunta es a qu? se refiere la Doctrina Cient?fica cuando habla de la Teor?a de la Indemnizaci?n. 
Me qued? desde el principio con que encuadraba la Doctrina Cient?fica, y luego te sabes la pregunta y no la lees m?s y dale que te pego con que se refiere a las 2.

Rectifico 91  B

Davor

Mirentxu
la 224 opi?n C creo que quiere hacer referencia al Gobierno central, cuando es el Gobierno Vasco lo pone claramente. De todas formas no dja de ser impugnable ya que da lugar a error.

Mirentxu

Cita de: Davor en 30 de Marzo de 2009, 18:27:14 PM
Mirentxu
la 224 opi?n C creo que quiere hacer referencia al Gobierno central, cuando es el Gobierno Vasco lo pone claramente. De todas formas no dja de ser impugnable ya que da lugar a error.

Ya Davor, por eso he puesto la respuesta que ofrecen en la opci?n C y debajo la buena pues la C es incorrecta.

?No so?ais con las bater?as?   ???

cybermakoki

#364
Buenas tardes chicos, a ver si me podies ayudar :P

He estado dando un ultimo repaso a las preguntas, para ver los cambios, y tengo duda en algunas, que no recuerdo en que quedamos al final...

os comento, son la 537, 562, 588, 708, 747... no es necesario que me las razoneis (creo que ya se hizo en su dia), solo necesito saber que pusimos como definitivo...

Gracias!! besitooooooos  :-* :-*

cybermakoki

Por cierto, otra cosita, estais de acuerdo con lo que dice MAD respecto a la 719?

719. Un defecto de forma que no produce indefensi?n determinar?:

a. Nulidad de pleno derecho de tal acto
b. La anulabilidad de tal acto
c. La nulidad relativa de tal acto
d. Una irregularidad no invalidante

Yo tengo marcada la B pero MAD dice que es la D y se basa en lo siguiente:

En la ley 30/1992

Art?culo 63. Anulabilidad.

2. No obstante, el defecto de forma s?lo determinar? la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o d? lugar a la indefensi?n de los interesados.

?Qu? opinais?

Leire

Hola chicos,

Hace poco ke me he unido al foro.

Tengo unas dudillas, por favor alguno me podr?a echar una mano?.

Hay unas preguntas en las ke tengo duda;seg?n lo ke yo he mirado en internet y en el adm. de sistemas, tengo:

-49: ccoo y esk C,lab y ugt D
-71: ccoo y esk B,lab y ugt D
-91: ccoo B,esk C, lab C y ugt B
-92: ccoo C,esk B, lab B y ugt C
-269:ccoo C, esk D, ugt C y lab D
-326: ccoo C,esk D, lab D y ugt C
-589: ccoo D,lab B, esk D, ugt B
-744: ccoo B,lab D,esk D, ugt B
-747: ccoo B, esk A, ugt C y lab C

C?mo son tan dispares, la verdad es ke no se a ke atenerme; tendr?a narices ke una de estas sea  de las de reserva...

Por favor, ayudarme alguno,y decirme lo ke habeis puesto.Ninguna de mis amigas se presenta a esta, y estoy "sola" ante el peligro.

Como tambi?n me presento a celador y a auxiliar, me va a estallar la cabeza.

Gracias.

Saludos,

Leire




Davor

719
Tal y como lo argumenta MAD y nos reporta Cibermakoki parece quedar claro que es la D, ya que en la pregunta hace incapie en que no produce indefensi?n que es de lo que habla el art. 63.2.

Gracias Cybermakoki.

Davor

Mirentxu yo a?n no sue?o con las bater?as, estoy tan cansada con la OPE, el curro y los ni?os que cuando me meto en el sobre no me acuerdo de lo que sue?o, pero me estoy poniendo de los nervios.  >:(
Tengo unas ganas locas de que pase este fin de semana.

Ya nos queda poco. ;)

Davor

Leire
Echa un vistazo al administrador de descargas, all? encontrar?s las nuevas rectificaciones de MAD, ELA (que se basa en muchas de sus respuestas en el temario de MAD, etc.)
Si sigues teniendo dudas nos comentas.

Blancaran

Deurus, en el mensaje que indicas que ELA ha modificado su fe de erratas, sin pinchas sobre tu escrito te lleva a la modificaci?n de auxiliar administrativo en vez de a la de adminitrativo. No creo que haya lugar a dudas, pero si se puede corregir, mucho mejor. Gracias por avisarnos

Davor

Administrador, creo que el horario cambio el s?bado, pero en sentido contrario  ;), me parece que en el foro se retras? el reloj en vez de adelantarlo  ;D, con las ganas que tenemos de que pase el tiempo y sea domingo por la tarde. 8).

Gracias por esta herramienta, ha sido de mucha ayuda. :-*

Txibit

Mirentxu, muchas gracias.

En base a tu respuesta y a la fe de erratas de ELA he modificado, del listado que hab?a publicado, las respuestas a las preguntas 49, 269 y 583.

Lo he vuelto a publicar corregido:
Listado Respuestas Administrativo

Un saludo a todos/as.

KIOWA

Hola a todos:
No s? si alguien me puede ayudar, pero al final he decidido presentarme a la Ope de Administrativo y quisiera saber si lo que has publicado Txibit son todas las respuestas despu?s de todo lo que se ha hablado en el foro o bien si existe en el administrador de descargas todas las modificaciones hasta fecha de hoy. He estado estudiando lo que aparece en el administrador, pero no s? si est?n corregidas todas las dudas planteadas. Gracias
;)

Mirentxu

Cita de: cybermakoki en 30 de Marzo de 2009, 21:12:41 PM
Por cierto, otra cosita, estais de acuerdo con lo que dice MAD respecto a la 719?

719. Un defecto de forma que no produce indefensi?n determinar?:

a. Nulidad de pleno derecho de tal acto
b. La anulabilidad de tal acto
c. La nulidad relativa de tal acto
d. Una irregularidad no invalidante

Yo tengo marcada la B pero MAD dice que es la D y se basa en lo siguiente:

En la ley 30/1992

Art?culo 63. Anulabilidad.

2. No obstante, el defecto de forma s?lo determinar? la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o d? lugar a la indefensi?n de los interesados.

?Qu? opinais?

Cierto Cyber, ando consultando Sentencias del Tribunal Supremo y siempre hablan en negativo, es decir, no es causa de anulabilidad, no produce indefensi?n, dicen lo que no es y nunca dicen que el defecto de forma que no produce indefensi?n sea una irregularidad u otra cosa, nunca dicen lo que es.
En cualquier caso, est? clarisimo: no producen anulabilidad del acto
A ver si sale algo que respalde literlmente la opci?n D y si no, pues ya veremos que dice MAD.

?Alguien ha encontrado algo?

Mirentxu

???BINGO!!!  Ya la tenemos


Id Cendoj: 28079130022009100096
?rgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Secci?n: 2
N? de Recurso: 2402/2005
N? de Resoluci?n:
Procedimiento: RECURSO CASACI?N
Ponente: MANUEL MARTIN TIMON
Tipo de Resoluci?n: Sentencia

De aqu? que como ya se ha dicho en la Sentencia de esta misma Secci?n, de 21 de junio de 2006 , el ordenamiento jur?dico atribuye diversas consecuencias a los defectos de procedimiento, en funci?n de la gravedad de los mismos. As?, a) en los casos excepcionales, de ausencia total de procedimiento, o de tr?mite esencial equivalente a aquella, se declara la nulidad de pleno derecho de los actos administrativos que se generen -art?culos 153.1.c) de la Ley General Tributaria de 28 de diciembre de 1963 y 62.1 .e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R?gimen Jur?dico de las Administraciones P?blicas y del Procedimiento Administrativo Com?n ; b) los dem?s supuestos de infracci?n del ordenamiento jur?dico, se
reconducen a la categor?a general de anulabilidad de los actos administrativos -art?culo 63.1 de la Ley 30/1992 -; y c) no obstante, se admite la categor?a de las denominadas ?irregularidades no invalidantes? para determinadas actuaciones dministrativas con defecto de forma -si el acto tiene todos los elementos necesarios para alcanzar su fin y no produce indefensi?n- o extempor?neas -si no se trata de t?rmino esencial-.

Si os interesa leer la Sentencia entera, aqu? la teneis.  Es un pe?azo
http://www.poderjudicial.es/jurisprudencia/pdf/28079130022009100096.pdf?formato=pdf&K2DocKey=E:\SENTENCIAS\20090312\28079130022009100096.xml@sent_TS&query=%28defecto+de+forma%29%3CAND%3E%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3E%3D+20080303%29%29%3CAND%3E%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3C%3D+20090330%29%29

Parece que podemos dar por correcta la D  ?Os parece?

Amerika

Estaba de viaje para EH y acabo de leer las aclaraciones. GRACIAS. ya me qued? claro la 259adm yla 453 de aux.

Lo que todav?a no entiendo es porque  en la respuesta 47 hemos elegido la D. Por que no la C " se procedera a publicar el acto en el Boletin Oficial que corresponda.    :o


tximeletas

Hola !
estoy que no se ya que hay que responder en cada una, que l?o!

Mirentxu, comentaste que con las primeras respuestas de txibit ten?as algunas diferencias, por favor, confirmame las siguientes preguntas que respuestas definitivas teneis,
49
56
269
562
583
708
719
725
744
747

eskerrikasko!

helen

Para Cybermakoki.

Te voy a pedir el siguiente favor, si es posible. Las respuetas de las siguientes preguntas:

269, 562, 708, 725 y 747.

Gracias

.yo.

Mirentxu eres un crack, daremos por v?lida la D gracias ;)

cybermakoki

Cita de: helen en 31 de Marzo de 2009, 14:52:55 PM
Para Cybermakoki.

Te voy a pedir el siguiente favor, si es posible. Las respuetas de las siguientes preguntas:

269, 562, 708, 725 y 747.

Gracias

Os cuento lo que tengo puesto yo...

269 - C
562 - D
708 - C
725 - A
747 - B

El caso es que no se si en alguna de ellas llegamos a cambiar alguna respuesta...

Mirentxu, gracias, yo tambi?n estoy de acuerdo en que es la D :)

.yo.

Ya s? que es liar las cosas antes del examen, pero en la 509 y 304, hablan de la respuesta incorrecta.
En la 509, la tarjeta ONA la pueden pedir los mayores de 16 a?os, por lo tanto, no es incorrecto decir que la pueden pedir los mayores de 18 (no s? si me explico bien)
La A dice que sustituye a la TIS, pero la sustituye desde ya, o la va a terminar sustituyendo (seg?n he le?do), es que no es lo mismo.
Respecto a la 304, lo mismo, no es incorrecto que incluya a mayores de 18, cuando la ley dice que se incluyen mayores de 16. En este caso la A tampoco la encuentro escrita en ning?n lado.
Teneis claras las 2?

helen

Gracias Cybermakoki, era por confirmar porque m?s o menos ibamos en la misma l?nea de respuestas. Me conciden todas salvo la 747 que en el test pusimos la respuesta de Cep (la C).

Gracias por tu ayuda.

Bolebole

Hola
Alguien me podr?a ayudar con la 562, 589, 591 y 604? ?Qu? opci?n habeis elegido al final? yo no he encontrado nada y no lo tengo nada claro...

helen

Hola Bolebole. Te pongo mis respuestas:

562 - D
589 - B
591 - B
604 - C

(Coinciden con la revisi?n 1 del test de administrativo)

Salu2

Amerika

Me podr?ais ayudar con estas?
47 C o D (ELA dice que es impugnable pero que de responder mejor la C)
56: A o B
672: D o B
747: A o C

Leire

Hola Davor,

Gracias!

Eres el ?nico ke  ?ltimamente se ha tomado la molestia en responderme(aparte de Deurus y Sivori en la secci?n it txartela claro)

Ke pasa, ke el resto s?lo os tomais la molestia de ayudaros si os conoceis entre vosotros y a los novatos ke nos zurzan?

Pu?s no lo veo nada bien la verdad

Leire

helen

Me podr?ais ayudar con estas?
47 C o D (ELA dice que es impugnable pero que de responder mejor la C)
56: A o B
672: D o B
747: A o C


Hola Amerika:

Te pongo las que tengo yo:

47 - D
56 - A
672 - D
747 - C

(Coinciden con el test)

Salu2

Hola Leire:

Creo que estamos todos un poco nerviosos. Yo personalmente si te he contestado en alguna ocasi?n. Lo que pasa es que la mayor?a nos sacamos las IT Txartelas entre diciembre y enero y ahora estamos ya concentrados con las oposiciones. Adem?s los que m?s controlan son Deurus y Sivori. De todas las maneras todas las preguntas que tienes en el administrador de archivos son aportaciones de todos que ahora os est?n sirviendo a vosotros as? que me parece un poco injusto lo que est?s diciendo.

Hasta ahora hemos tenido muy buen rollo, por los nervios no lo vamos a estropear, verdad?

ilusa

Hola!

La 47 entiendo que es la D (nada de lo expuesto es correcto) ya que especifica que quien no quiere hacerse cargo de la notificaci?n NO es el representante, y el art.59.4 de la L 30/1992 establece que:

4. Cuando el interesado o su representante rechace la notificaci?n de una actuaci?n administrativa, se har? constar en el expediente, especific?ndose las circunstancias del intento de notificaci?n y se tendr? por efectuado el tr?mite sigui?ndose el procedimiento.

por lo que la C no ser?a correcta.

Las dem?s no estoy nada segura, yo tambi?n las tengo dudosas...



Txibit

Doy por buena tambi?n la D para la pregunta 719.

Vuelvo a modificar mi listado.

Listado Respuestas Administrativo

Un saludo a todos/as.


Amerika

Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 18:18:48 PM
?Como va eso chic@s?

De las que parece que suscitan dudas y un poco en base a las que pide Tximeleta y las que habeis puesto l@s demas, os pongo mis respuestas

47    D
49    C
56    B
269  C
562  A
672  D
583  C
708  A
719  A
725  A
744  B
747  B ?  No la tengo confirmada    ???  ???  ???  :o



En serio?
Yo que pensaba que algunas me las sab?a seguro: :'(
Bueno, la 672 seguro que es la D. Gracias por la aclaraci?n a Helen y a Mirentxu   ;)

Sin embargo:


708: para mi es C
562:D
583: D

Las dudas ser?an:

47. No s? porque es la C cuando la ley 30/1992 en el art?culo 59.5 prev? la notificaci?n por medio de anuncios en el tabl?n de edictos del Ayuntamiento, o en el Bolet?n Oficial................La notificaci?n no sirve???Debe ser publicaci?n?  ???

56:no s?, creo que  me decantar? por la B
747: Tito tito gorgorito.....

.yo.

#393
He encontrado la 583, pero ya no entiendo nada, veo las 3 incorrectas, qu? os parace?
http://www.gabilos.com/leyes/rdleg1-1994.t2.html#a128
art.128

Mirentxu

Cita de: ainer en 28 de Marzo de 2009, 17:36:26 PM
Yo la 708 creo que es la a

porque como lo explic? k_os en la p?gina 16: El desarrollo profesional se aplic? primero a los m?dicos (A1), luego a las enfermeras (B2) y luego al personal no sanitario y sanitarios de Formaci?n Profesional de grado superior y medio (A2, B2, C, D, E).

DECRETO 395/2005, de 22 de noviembre (A1);  DECRETO 35/2007, de 27 de febrero (B1); DECRETO 248/2007, de 26 de diciembre (no sanitarias y las del ?rea sanitaria de Formaci?n Profesional de Grado Superior y Medio)

Hola .yo., mira los decretos que aporta ainer.  Yo tambi?n cre?a que era la C.


Mirentxu

Cita de: .yo. en 31 de Marzo de 2009, 19:14:33 PM
He encontrado la 583, pero ya no entiendo nada, veo las 3 incorrectas, qu? os parace?
http://www.gabilos.com/leyes/rdleg1-1994.t2.html#a128
art.128

Que s? .yo., yo tambi?n tengo la D aunque me he debido equivocar al escribirlo   ::)

.yo.

Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 19:20:01 PM
Cita de: ainer en 28 de Marzo de 2009, 17:36:26 PM
Yo la 708 creo que es la a

porque como lo explic? k_os en la p?gina 16: El desarrollo profesional se aplic? primero a los m?dicos (A1), luego a las enfermeras (B2) y luego al personal no sanitario y sanitarios de Formaci?n Profesional de grado superior y medio (A2, B2, C, D, E).

DECRETO 395/2005, de 22 de noviembre (A1);  DECRETO 35/2007, de 27 de febrero (B1); DECRETO 248/2007, de 26 de diciembre (no sanitarias y las del ?rea sanitaria de Formaci?n Profesional de Grado Superior y Medio)

Hola .yo., mira los decretos que aporta ainer.  Yo tambi?n cre?a que era la C.



Y si en dos sitios pone cosas diferentes, a qui?n haces caso? Qu? tocapelotas....
gracias. ;)

cybermakoki

Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 18:18:48 PM
?Como va eso chic@s?

De las que parece que suscitan dudas y un poco en base a las que pide Tximeleta y las que habeis puesto l@s demas, os pongo mis respuestas

47    D
49    C
56    B
269  C
562  A
583  D
672  D
708  A
719  A
725  A
744  B
747  B ?  No la tengo confirmada    ???  ???  ???  :o



la 719 no hemos quedado que era la D???

La 562 porque creeis que es la A?

.yo.

Cita de: cybermakoki en 31 de Marzo de 2009, 19:53:05 PM
Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 18:18:48 PM
?Como va eso chic@s?

De las que parece que suscitan dudas y un poco en base a las que pide Tximeleta y las que habeis puesto l@s demas, os pongo mis respuestas

47    D
49    C
56    B
269  C
562  A
583  D
672  D
708  A
719  A
725  A
744  B
747  B ?  No la tengo confirmada    ???  ???  ???  :o



la 719 no hemos quedado que era la D???

La 562 porque creeis que es la A?

yo sigo pensando que la 562 es la D
Respecto a la 719, lo ha explicado Mirentxu en la pag anterior, ?chale un vistazo.

Mirentxu

Creo que algunas las he transcrito mal.  Las voy a poner otra vez (ahora bien, espero)

47    D
49    C
56    B
269  C
562  A
583  D
672  D
708  A
719  D
725  A
744  B
747  B ?  Esta no la tengo confirmada.

Ya podeis perdonar que siempre meto la pata con algo as? y a lo mejor os confundo.  ::)  ::)  :-[