Noticias:

Las OPOs
Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

Menú Principal

ADMINISTRATIVO - Depuraci?n de Respuestas

Iniciado por deurus, 10 de Febrero de 2009, 13:38:55 PM

Tema anterior - Siguiente tema

Amerika

Alguien me podr?a explicar,  please, la 47...siento ser tan plasta
:-[
47. No s? porque es la C cuando la ley 30/1992 en el art?culo 59.5 prev? la notificaci?n por medio de anuncios en el tabl?n de edictos del Ayuntamiento, o en el Bolet?n Oficial................La notificaci?n no sirve???Debe ser publicaci?n?  Huh

Amerika

una aclaraci?n: quiero saber porque NO es la C. Ya veo que todos va?s a por la D

Amerika


Davor

Amerika respecto a la 47
Yo entiendo que antes de publicarlo hay que intentar por "una vez m?s" la notificaci?n, no se pasa a ella sin ese paso anterior, por lo que la C o ser?a correcto.
Una vez que se ha intentado y no ha sido posible se efectua la publicaci?n.

5. Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificaci?n o el medio a que se refiere el punto 1 de este art?culo, o bien, intentada la notificaci?n, no se hubiese podido practicar, la notificaci?n se har? por medio de anuncios en el tabl?n de edictos del Ayuntamiento en su ?ltimo domicilio, en el Bolet?n Oficial del Estado, de la Comunidad Aut?noma o de la Provincia, seg?n cual sea la Administraci?n de la que se proceda el acto a notificar, y el ?mbito territorial del ?rgano que lo dict?.


Mirentxu

Hola Amerika,  a ver si lo aclaramos

Art?culo 59. Pr?ctica de la notificaci?n.

Cuando la notificaci?n se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente ?ste en el momento de entregarse la notificaci?n podr? hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificaci?n,
se har? constar esta circunstancia en el expediente, junto con el d?a y la hora en que se intent? la notificaci?n, intento que se repetir? por una sola vez y en una hora distinta dentro de los dias siguientes

3. Cuando el interesado o su representante rechace la notificaci?n de una actuaci?n administrativa, se har? constar en el expediente, especific?ndose las circunstancias del intento de notificaci?n y se tendr? por efectuado el tr?mite sigui?ndose el procedimiento.

4. Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificaci?n
o el medio a que se refiere el punto 1 de este art?culo, o bien, intentada la notificaci?n, no se hubiese podido practicar, la notificaci?n se har? por medio de anuncios en el tabl?n de edictos del Ayuntamiento en su ?ltimo domicilio, en el ?Bolet?n Oficial del Estado?, de la Comunidad Aut?noma o de la Provincia, seg?n cual sea la Administraci?n de la que se proceda el acto a notificar, y el ?mbito territorial del ?rgano que lo dict?.


La C es incorrecta porque el interesado no es desconocido, saben donde tienen que notificar y tr?s el primer intento, tienen que hacer otro en los 2 d?as siguientes y a diferente hora.

Ongi Etorri Euskal Herrira   :-*

Amerika

Aibaaaa pues ya me ha quedado claro!! :D
Que bien voy a dormir hoy!! no pesadillas con las 47, perfecto.

Muuuuuuuuuuuuuuuuuuchas graaaaaaaaaacias Davor y Mirentxu

Mirentxu

PARA CYBERMAKOKI  562

Los participantes en una actividad de car?cter escolar, tanto si se realiza en el centro educativo como en el trayecto al mismo o de forma extraescolar, se encuentran cubiertos por el Seguro Escolar, que depende de la Seguridad Social.
El abono de este seguro es obligatorio y se realiza en el momento de cumplimentar la atr?cula. El periodo de cobertura es el que comprende todo un curso.
Se hallan incluidos en su campo de aplicaci?n los estudiantes espa?oles a partir de 3? de ESO que cursan sus estudios en Institutos, Facultades, Escuelas T?cnicas Superiores y Escuelas
Universitarias.
Tambi?n quedan amparados los estudiantes hispanoamericanos, portugueses, andorranos,
filipinos, brasile?os, sirios, jordanos, guineanos (Guinea Ecuatorial), marroqu?es, iraqu?es, alemanes, brit?nicos, franceses, fineses, holandeses, suecos, griegos y, en general, nacionales de aquellos pa?ses con los que exista convenio de reciprocidad t?cita o expresa, que cursen estudios en nuestro pa?s.
Tanto para estudiantes espa?oles como para extranjeros la edad l?mite para la aplicaci?n del
seguro es la de 28 a?os.

Te dejo el enlace.  Direcci?n General de Seguros
http://www.injuve.mtin.es/injuve/contenidos.downloadatt.action?id=610240403

Venga, que ya nos queda poco y la semana que viene podremos respirar   :P  :P

Mirentxu


.yo.


Blancaran

562. Pero leyendo el art?culo que adjuntas parece que queda claro que excluye a los estudiantes de ense?anza obligatoria, as? que pienso que la correcta es la A.

?por qu? sigues pensando que es la D?

k_os

Yo, la 562 ten en cuenta que pregunta los que est?n excluidos tanto del regimen especial de estudiantes como de cualquier otro regimen de la Seguridad Social.

Tanto la B, la C, como la D est?n excluidos del r?gimen de estudiantes pero est?n incluidos en el regimen general de la seguridad social.

Los ?nicos que no est?n incluidos en ning?n r?gimen (porque normalmente son beneficiarios de sus padres) son los estudiantes de ense?anza obligatoria. Luego la correcta es la A

cybermakoki

Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 22:25:02 PM
PARA CYBERMAKOKI  562

Los participantes en una actividad de car?cter escolar, tanto si se realiza en el centro educativo como en el trayecto al mismo o de forma extraescolar, se encuentran cubiertos por el Seguro Escolar, que depende de la Seguridad Social.
El abono de este seguro es obligatorio y se realiza en el momento de cumplimentar la atr?cula. El periodo de cobertura es el que comprende todo un curso.
Se hallan incluidos en su campo de aplicaci?n los estudiantes espa?oles a partir de 3? de ESO que cursan sus estudios en Institutos, Facultades, Escuelas T?cnicas Superiores y Escuelas
Universitarias.
Tambi?n quedan amparados los estudiantes hispanoamericanos, portugueses, andorranos,
filipinos, brasile?os, sirios, jordanos, guineanos (Guinea Ecuatorial), marroqu?es, iraqu?es, alemanes, brit?nicos, franceses, fineses, holandeses, suecos, griegos y, en general, nacionales de aquellos pa?ses con los que exista convenio de reciprocidad t?cita o expresa, que cursen estudios en nuestro pa?s.
Tanto para estudiantes espa?oles como para extranjeros la edad l?mite para la aplicaci?n del
seguro es la de 28 a?os.

Te dejo el enlace.  Direcci?n General de Seguros
http://www.injuve.mtin.es/injuve/contenidos.downloadatt.action?id=610240403

Venga, que ya nos queda poco y la semana que viene podremos respirar   :P  :P

Pero... una cosa... yo por lo que aqu? describes, entiendo que los estudiantes a partir de 3? de ESO est?n incluidos no?? o el seguro no es lo mismo que la seguridad social? no entiendo :S

cybermakoki


KIOWA

Hola a todos:

Alguien me puede ayudar respecto a la pregunta 56, A o B? Yo creo que es la A.
Saludos,

.yo.

#411
Cita de: k_os en 01 de Abril de 2009, 07:05:06 AM
Yo, la 562 ten en cuenta que pregunta los que est?n excluidos tanto del regimen especial de estudiantes como de cualquier otro regimen de la Seguridad Social.

Tanto la B, la C, como la D est?n excluidos del r?gimen de estudiantes pero est?n incluidos en el regimen general de la seguridad social.

Los ?nicos que no est?n incluidos en ning?n r?gimen (porque normalmente son beneficiarios de sus padres) son los estudiantes de ense?anza obligatoria. Luego la correcta es la A

Me convence lo que dices, exclu?dos del r?gimen y de la seguridad social. Gracias, es que dudar de tantas dos d?as antes, puede conmigo. >:(

.yo.

Cita de: KIOWA en 01 de Abril de 2009, 12:03:55 PM
Hola a todos:

Alguien me puede ayudar respecto a la pregunta 56, A o B? Yo creo que es la A.
Saludos,

Hay una gran duda, yo me decantar? por la A, pero en pag anteriores est? discutido, echa un vistazo  ???

.yo.

Cita de: Blancaran en 31 de Marzo de 2009, 23:59:06 PM
562. Pero leyendo el art?culo que adjuntas parece que queda claro que excluye a los estudiantes de ense?anza obligatoria, as? que pienso que la correcta es la A.

?por qu? sigues pensando que es la D?

creo que ya pienso que es la A,

KIOWA

Yo es que creo que es la A y yo tambi?n me decantar? por esta respuesta.
Duda respecto a la 21, es C o D?? Todo parece apuntar seg?n los sindicatos a la C

ilusa

#415
Txibit, en tu listado marcas en la 91 la C, pero creo que ser?a la B (cuando act?a legalmente)

La administraci?n con su actuaci?n y en uso de las prerrogativas y facultades puede producir lesiones en el patrimonio de los particulares, bien sea al ejercer la potestad expropiatoria o al desarrollar sus funciones de una forma legal y da lugar a lo que la doctrina cient?fica ha llamado teor?a de la indemnizaci?n y si act?a de forma ilegal da lugar a la teor?a de la responsabilidad.

No s? si ya la hab?ais comentado.

mux

Muchas gracias a tod@s por vuestras aportaciones en este foro, han sido de gran ayuda.

Podr?as decirme vuestras ?ltimas respuestas a las siguientes preguntas? todav?a las tengo dudosas:
56
82
650
708
725


un saludo

betty

Hola te comento lo que al final se ha decidido:

56-A
82-A Ley 30/92 Art.109
650-C ??? y o no la tengo muy clara la verdad porque creo que la D tambien puede ser v?lida
708-C Decreto 248/2007 Art.2
725-A

Yo tengo una duda en la 286 al final cual habeis quedado poner B o C? Esque no me aclaro con esta
Y la 49 sigo dando vueltas y me he hecho un lio cual es???Yo creo que la C....


betty

Perodon por la respuesta anterior que me he confundido en la 56 es la B esque ya tengo la cabeza ue no me da para mas.....jajjajjaja a falta de tan pocos dias y yo creo que cada dia se menos....

ilusa

Hola Betty, la 286 creo que es la B porque te especifica que se refiere a los actos cometidos en el ?mbito territorial de la Comunidad Aut?noma del Pa?s Vasco, y se corresponde con lo que dice el Estatuto de Autonom?a en el art.26.6:

"... correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpaci?n, prisi?n, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia del Pa?s Vasco. Fuera del ?mbito territorial del Pa?s Vasco, la responsabilidad penal ser? exigible en los mismos t?rminos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo."

La 49 no hay por d?nde cogerla, pero yo tambi?n me inclino por la C.

La verdad es que es un co?azo andar con tantas dudas a estas alturas, s?lo espero que caigan las menos posibles de las dudosas porque por m?s que las miro hay algunas que no consigo descifrarlas...

betty

Eskerrik asko Ilusa, yo tambien me decantaba por la B pero para confirmarlo

Una preguntilla, es la primera vez que me presento a un examen de estos y queria saber si el examen es para todos el mismo o hacen aleatorios con el carn? de conducir.

Agradeceros a todos el trabajo que estais haciendo,

Agur,

nokando

Antes de nada agradecer a toda la tropa que ha colaborado en este foro y en especial a los que lo han hecho elaborando el programa del test. GRACIAS

Por ir terminando (quedan menos de 48 horas para el examen), mis ultimas dudas son:

583. De conformidad con lo previsto en la Ley General de la Seguridad
Social, se considera como situaci?n de necesidad determinante de incapacidad
temporal:
a. La debida a enfermedad com?n o profesional y a accidente, sea o no
trabajo, mientras el/la trabajador/a reciba asistencia sanitaria de la
Seguridad Social y est? impedido/a para el trabajo, con una duraci?n
m?xima de seis meses.
b. Los per?odos de observaci?n por enfermedad com?n en los que se
prescriba la baja en el trabajo durante los mismos, con una duraci?n
m?xima de doce meses improrrogables.
c. Los periodos de observaci?n y sus asimilados o equivalentes en caso
de enfermedades profesionales.
d. Todas las respuestas son incorrectas.

CEP se queda con la D y en el libro de MAD dicen que la C

-----------------

92. En el Ordenamiento Jur?dico espa?ol, la responsabilidad objetiva de la Administraci?n
por los da?os causados a los particulares se consagr? en la Ley:
a. De R?gimen Local de 24 de junio de 1955.
b. De R?gimen Jur?dico de la Administraci?n del Estado, de 1957.
c. De Expropiaci?n Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
d. De R?gimen Jur?dico de las Administraciones P?blicas y del Procedimiento
Administrativo Com?n.

Hasta hoy no hab?a puesto en duda que fuera a B. Hoy me comentan que es la C ?En alg?n momento hab?is visto a alguien que dudada de que fuera la B? Si nunca lo hab?is oido, sin mas, me quedo con la C y no mareo mas.

Saludos


ilusa

No estoy segura, pero creo que hay dos modelos de examen, A y B, que contienen las mismas preguntas pero en distinto orden, de tal manera que p.ej yo tenga el modelo A y la persona que est? sentada a mi lado tenga el B, la siguiente el A, y as? en cada fila de asientos;as? se evitan las posibilidades de copiar al de al lado jeje

Por eso es importante rellenar en la hoja de resultados que modelo te ha tocado, ya que es fundamental a la hora de corregirlo.

Por favor corregidme si me equivoco...





Mirentxu

Cita de: cybermakoki en 01 de Abril de 2009, 08:11:02 AM
Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 22:25:02 PM
PARA CYBERMAKOKI  562

Los participantes en una actividad de car?cter escolar, tanto si se realiza en el centro educativo como en el trayecto al mismo o de forma extraescolar, se encuentran cubiertos por el Seguro Escolar, que depende de la Seguridad Social.
El abono de este seguro es obligatorio y se realiza en el momento de cumplimentar la atr?cula. El periodo de cobertura es el que comprende todo un curso.
Se hallan incluidos en su campo de aplicaci?n los estudiantes espa?oles a partir de 3? de ESO que cursan sus estudios en Institutos, Facultades, Escuelas T?cnicas Superiores y Escuelas
Universitarias.
Tambi?n quedan amparados los estudiantes hispanoamericanos, portugueses, andorranos,
filipinos, brasile?os, sirios, jordanos, guineanos (Guinea Ecuatorial), marroqu?es, iraqu?es, alemanes, brit?nicos, franceses, fineses, holandeses, suecos, griegos y, en general, nacionales de aquellos pa?ses con los que exista convenio de reciprocidad t?cita o expresa, que cursen estudios en nuestro pa?s.
Tanto para estudiantes espa?oles como para extranjeros la edad l?mite para la aplicaci?n del
seguro es la de 28 a?os.

Te dejo el enlace.  Direcci?n General de Seguros
http://www.injuve.mtin.es/injuve/contenidos.downloadatt.action?id=610240403

Venga, que ya nos queda poco y la semana que viene podremos respirar   :P  :P

Pero... una cosa... yo por lo que aqu? describes, entiendo que los estudiantes a partir de 3? de ESO est?n incluidos no?? o el seguro no es lo mismo que la seguridad social? no entiendo :S

Hola Cyber, a ver si ?sto te aclara la duda

El seguro escolar depende de la seguridad social, es un r?gimen especial.
Est?n inclu?dos los estudiantes desde 3? de ESO de Institutos, Escuelas T?cnicas Superiores, Escuelas Universitarias y Facultades.  Por lo tanto est?n exclu?dos los alumnos de ense?anza obligatoria.

Respecto a los comprendidos en las respuestas C y D

Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formaci?n

Art?culo 5. Derechos del personal investigador en formaci?n.

2. El personal investigador en formaci?n de beca tiene derecho a percibir en plazo la ayuda econ?mica que corresponda a la beca, en la forma establecida para cada convocatoria, sin que tenga naturaleza de salario, y a su inclusi?n en el R?gimen General de la Seguridad Social en los t?rminos establecidos en el apartado 1 de la disposici?n adicional primera. Adem?s, tendr? derecho equivalente al r?gimen de vacaciones, permisos y licencias que disfrute el personal investigador del organismo al que est? adscrito.

3. El personal investigador en formaci?n de contrato disfruta de los derechos de car?cter laboral, as? como los relativos a los de seguridad social, que se derivan del contrato que formalicen con el organismo, centro o universidad de adscripci?n.

Respecsto a los comprendidos en la respuesta B

INEM-SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Direcci?n Provincial de Gipuzkoa

Cuarto. Requisitos.

1. Los proyectos que se presenten al amparo de esta convocatoria deber?n cumplir los requisitos establecidos con car?cter general en la normativa, antes citada, reguladora de estas subvenciones, con menci?n de que el participante-trabajador (alumno/a) ser? contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato para la formaci?n, por lo que deber?n reunir en el momento de la formalizaci?n de dicho contrato los requisitos establecidos en el art. 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, seg?n la redacci?n dada por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, y sus normas de desarrollo.

2. Durante la etapa de alternancia el alumnado-trabajador percibir? las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable (75% del SMI alumnos/as de Escuelas Taller y el 150% del SMI para participantes de Talleres de Empleo).

3. La duraci?n de los contratos de trabajo, suscritos con el alumnado-trabajador no podr? sobrepasar la fecha de finalizaci?n de la Escuela Taller y/o Taller de Empleo.

http://www.derecho.com/l/bop-guipuzcoa/convocatoria-n-2-2009-concesion-subvenciones-programas-escuelas-taller-talleres-empleo/

:-*  :-*



Txibit

Exacto Ilusa, por lo menos en las de la UPV fue as?, 2 modelos de examen con las preguntas en diferente orden.

Importante: en las de la UPV cambiaron el orden de las respuestas. De hecho una de las impugnaciones que se hicieron fue por ese motivo. Una de las respuestas era "Las 3 respuestas anteriores son correctas" y estaba puesta como la B.

Cita de: ilusa en 01 de Abril de 2009, 13:31:13 PM
Txibit, en tu listado marcas en la 91 la C, pero creo que ser?a la B (cuando act?a legalmente)

ELA daba como buena la B (y yo la ten?a por buena), pero al haberla incluido en su "Fe de erratas" y haberlo argumentado, me quedo con la C.

ilusa

Txibit, no me digas eso de la 91, me has matado...jo, yo tambi?n lo he argumentado...

cybermakoki

Cita de: Mirentxu en 01 de Abril de 2009, 17:43:48 PM
Cita de: cybermakoki en 01 de Abril de 2009, 08:11:02 AM
Cita de: Mirentxu en 31 de Marzo de 2009, 22:25:02 PM
PARA CYBERMAKOKI  562

Los participantes en una actividad de car?cter escolar, tanto si se realiza en el centro educativo como en el trayecto al mismo o de forma extraescolar, se encuentran cubiertos por el Seguro Escolar, que depende de la Seguridad Social.
El abono de este seguro es obligatorio y se realiza en el momento de cumplimentar la atr?cula. El periodo de cobertura es el que comprende todo un curso.
Se hallan incluidos en su campo de aplicaci?n los estudiantes espa?oles a partir de 3? de ESO que cursan sus estudios en Institutos, Facultades, Escuelas T?cnicas Superiores y Escuelas
Universitarias.
Tambi?n quedan amparados los estudiantes hispanoamericanos, portugueses, andorranos,
filipinos, brasile?os, sirios, jordanos, guineanos (Guinea Ecuatorial), marroqu?es, iraqu?es, alemanes, brit?nicos, franceses, fineses, holandeses, suecos, griegos y, en general, nacionales de aquellos pa?ses con los que exista convenio de reciprocidad t?cita o expresa, que cursen estudios en nuestro pa?s.
Tanto para estudiantes espa?oles como para extranjeros la edad l?mite para la aplicaci?n del
seguro es la de 28 a?os.

Te dejo el enlace.  Direcci?n General de Seguros
http://www.injuve.mtin.es/injuve/contenidos.downloadatt.action?id=610240403

Venga, que ya nos queda poco y la semana que viene podremos respirar   :P  :P

Pero... una cosa... yo por lo que aqu? describes, entiendo que los estudiantes a partir de 3? de ESO est?n incluidos no?? o el seguro no es lo mismo que la seguridad social? no entiendo :S

Hola Cyber, a ver si ?sto te aclara la duda

El seguro escolar depende de la seguridad social, es un r?gimen especial.
Est?n inclu?dos los estudiantes desde 3? de ESO de Institutos, Escuelas T?cnicas Superiores, Escuelas Universitarias y Facultades.  Por lo tanto est?n exclu?dos los alumnos de ense?anza obligatoria.

Respecto a los comprendidos en las respuestas C y D

Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formaci?n

Art?culo 5. Derechos del personal investigador en formaci?n.

2. El personal investigador en formaci?n de beca tiene derecho a percibir en plazo la ayuda econ?mica que corresponda a la beca, en la forma establecida para cada convocatoria, sin que tenga naturaleza de salario, y a su inclusi?n en el R?gimen General de la Seguridad Social en los t?rminos establecidos en el apartado 1 de la disposici?n adicional primera. Adem?s, tendr? derecho equivalente al r?gimen de vacaciones, permisos y licencias que disfrute el personal investigador del organismo al que est? adscrito.

3. El personal investigador en formaci?n de contrato disfruta de los derechos de car?cter laboral, as? como los relativos a los de seguridad social, que se derivan del contrato que formalicen con el organismo, centro o universidad de adscripci?n.

Respecsto a los comprendidos en la respuesta B

INEM-SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Direcci?n Provincial de Gipuzkoa

Cuarto. Requisitos.

1. Los proyectos que se presenten al amparo de esta convocatoria deber?n cumplir los requisitos establecidos con car?cter general en la normativa, antes citada, reguladora de estas subvenciones, con menci?n de que el participante-trabajador (alumno/a) ser? contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato para la formaci?n, por lo que deber?n reunir en el momento de la formalizaci?n de dicho contrato los requisitos establecidos en el art. 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, seg?n la redacci?n dada por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, y sus normas de desarrollo.

2. Durante la etapa de alternancia el alumnado-trabajador percibir? las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable (75% del SMI alumnos/as de Escuelas Taller y el 150% del SMI para participantes de Talleres de Empleo).

3. La duraci?n de los contratos de trabajo, suscritos con el alumnado-trabajador no podr? sobrepasar la fecha de finalizaci?n de la Escuela Taller y/o Taller de Empleo.

http://www.derecho.com/l/bop-guipuzcoa/convocatoria-n-2-2009-concesion-subvenciones-programas-escuelas-taller-talleres-empleo/

:-*  :-*





Gracias guapisima, eres la leche, ya me ha quedado claro  :-* :-*

cybermakoki

Cita de: nokando en 01 de Abril de 2009, 17:28:41 PM
Antes de nada agradecer a toda la tropa que ha colaborado en este foro y en especial a los que lo han hecho elaborando el programa del test. GRACIAS

Por ir terminando (quedan menos de 48 horas para el examen), mis ultimas dudas son:

583. De conformidad con lo previsto en la Ley General de la Seguridad
Social, se considera como situaci?n de necesidad determinante de incapacidad
temporal:
a. La debida a enfermedad com?n o profesional y a accidente, sea o no
trabajo, mientras el/la trabajador/a reciba asistencia sanitaria de la
Seguridad Social y est? impedido/a para el trabajo, con una duraci?n
m?xima de seis meses.
b. Los per?odos de observaci?n por enfermedad com?n en los que se
prescriba la baja en el trabajo durante los mismos, con una duraci?n
m?xima de doce meses improrrogables.
c. Los periodos de observaci?n y sus asimilados o equivalentes en caso
de enfermedades profesionales.
d. Todas las respuestas son incorrectas.

CEP se queda con la D y en el libro de MAD dicen que la C

-----------------

92. En el Ordenamiento Jur?dico espa?ol, la responsabilidad objetiva de la Administraci?n
por los da?os causados a los particulares se consagr? en la Ley:
a. De R?gimen Local de 24 de junio de 1955.
b. De R?gimen Jur?dico de la Administraci?n del Estado, de 1957.
c. De Expropiaci?n Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
d. De R?gimen Jur?dico de las Administraciones P?blicas y del Procedimiento
Administrativo Com?n.

Hasta hoy no hab?a puesto en duda que fuera a B. Hoy me comentan que es la C ?En alg?n momento hab?is visto a alguien que dudada de que fuera la B? Si nunca lo hab?is oido, sin mas, me quedo con la C y no mareo mas.

Saludos



Yo siempre he tenido como correcta la B, y en los test y todos tambi?n esta la B...

Txibit

Cita de: ilusa en 01 de Abril de 2009, 18:14:11 PM
Txibit, no me digas eso de la 91, me has matado...jo, yo tambi?n lo he argumentado...

Ya lo he visto, pero CEP lo argumenta en base a la opini?n de autores como Garrido Falla.

Cito textualmente:
CitarLa teor?a de la indemnizaci?n viene referida en el campo doctrinal, (Garrido Falla), a las lesiones
patrimoniales que se ocasionan por la Administraci?n, a?n cuando ?sta act?a conforme a
Derecho. Por tanto, ser?an v?lidas tanto la respuesta a) como la b), dado que contemplan las dos
posibilidades, esto es, que la Administraci?n act?e conforme a derecho o que lo haga ilegalmente

mux

Preguntas 91 y 92

La 92  CCOO di? por buena la C, yo creo q es la B


LA 91

CCOO - B
LAB - C
ELA - C (art.139 LRJAP Y PAC)
ESK - C
CEP - PRIMERO B, LUEGO C Y AL FINAL  B

Resoluci?n aclaratoria del  30 de marzo
"Ciertos autores, tales como Garrido Falla, mantienen en materia de
responsabilidad administrativa una postura dualista, diferenciando entre
responsabilidad causada por una actividad leg?tima o l?cita y responsabilidadpor actividad ileg?tima. La teor?a de la indemnizaci?n tendr?a lugar cuando laAdministraci?n causara un da?o realizando una actividad administrativa l?cita,mientras que la teor?a de la responsabilidad patrimonial se aplicar?a cuando la
Administraci?n da?ara al particular realizando una actividad il?cita. Por tanto,si seguimos la postura dualista, hemos de dar por correcta la respuesta b)"

CEP puso lo que dice Txibit en las primeras resoluciones aclaratorias, el 17 de marzo  lo modific?, con este texto.

?CUAL SERA B ? C?

KIOWA

Hola chicos:
?Alguien me puede ayudar? Me estoy volviendo loca. He estado mirando lo de Txibit y tengo dudas al respecto. El resto me coincide
1. A o B
71. B o D
72. A o D
198. B o D
269.C o D
497. A o C
537. B o C
608. Pueden ser la B y C
663. A o D
701. A o B
708. A o C
714. c y D
719. D o B
725. A o C
744. B o C
747. B o C

Muchas gracias

mux

Seg?n lo que yo tengo :
1-A
71-B
72-D
198-D
269-C
497-C
537-B
608- B C D
663-D
701-B
708-C
714-D
719-D
725 - No lo tengo claro
744-B
747-C

Mirentxu

#432
Cita de: Txibit en 01 de Abril de 2009, 17:45:51 PM
Exacto Ilusa, por lo menos en las de la UPV fue as?, 2 modelos de examen con las preguntas en diferente orden.

Importante: en las de la UPV cambiaron el orden de las respuestas. De hecho una de las impugnaciones que se hicieron fue por ese motivo. Una de las respuestas era "Las 3 respuestas anteriores son correctas" y estaba puesta como la B.

Cita de: ilusa en 01 de Abril de 2009, 13:31:13 PM
Txibit, en tu listado marcas en la 91 la C, pero creo que ser?a la B (cuando act?a legalmente)

ELA daba como buena la B (y yo la ten?a por buena), pero al haberla incluido en su "Fe de erratas" y haberlo argumentado, me quedo con la C.

DOCTRINA CIENTIFICA:  TEORIA DE LA RESPONSABILIDAD-TEORIA DE LA INDEMNIZACION
ENLACE

ENLACE2

Teoria de la Responsabilidad:  La Administraci?n P?blica act?a ilegalmente
Teor?a de la Indemnizaci?n :    La Administraci?n P?blica act?a legalmente

Mirentxu

Con ?sto y un bizcocho, me despido hasta el domingo tarde o lunes.
Ma?ana oxigenaci?n mental y pasado ex?men.  El s?bado oxigenaci?n ment?l y el domingo Auxiliar Administrativo.

Si encuentro algo serio sobre la 747, lo paso  claro.


?Sabeis que es lo que me da que pensar?  Que a lo mejor en el ex?men estoy sentada al lado de cualquiera de vosotr@s y no lo sabremos.
Por cierto, en la sala de Eskerrik Asko se ha propuesto que pod?amos ir todos los del foro con un lacito de un color determinado y as? sentirnos arropados entre los lacitos.  A m? me encant? la id?a pero no se en qu? ha quedado.

???Animo, suerte, tranquilidad y confianza!!!    :-* :D  :D  :D  :-*

deurus

Un lacito de cualquier color, preferiblemente rojo, en el lado izquierdo del niki, jersey...
deurus

Txibit

Mirentxu, Ilusa: me hab?is convencido. 91 B.

Vuelvo a publicar mi listado:
Listado Respuestas Administrativo

Salu2 y suerte a todos/as.

helen

Hola a tod@s. Solo daros las gracias por vuestra ayuda y desearos mucha suerte. Como dicen los franceses. !Mierda!

kokotaraino

Como dec?a el C?sar "Alea jacta est".
La suerte est? echada.
Suerte a todos y si no os veo en la del Gobierno vasco, que sea porque habeis sacado plaza.
Un placer. :-*

KIOWA

Muchas gracias a todos. Suerte para tod@s. Ahora a preparar el ex?men para ma?ana y el fin de semana el de auxiliar.

Txibit he visto que en lo que has enviado tienes 3 errores y sino es as?, por favor,que alguien me corrija:

708 . Es C
725. Es A
747. Es C

cybermakoki

KIOWA, yo estoy contigo en las 3... Aunq creo que para la 708 andaban con alguna otra respuesta, la A creo

Amerika

para kokotaraino,
cuando son las del Gobierno? Que yo creo que me tocar? la de "sigue jugando" je,je

Amerika

Otra pregunta, igual ya pasada...
La 202 :
202. ?Cu?l de los siguientes principios generales que deben regir y orientar
la actuaci?n de los poderes p?blicos vascos en materia de igualdad de
mujeres y hombres, cita la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres?
a. La igualdad de oportunidades.
b. La igualdad de trato.
c. La integraci?n de la perspectiva de g?nero.
d. La coordinaci?n y colaboraci?n.


Creo que quedamos en que es impugnable pero para marcar la D. De todas manera lo de coordinaci?n, no me suena para nada. No es Solidaridad y colaboraci?n. Por lo tanto no quedar?a excluida la D?  ???

ainer

Pues yo en la 747 he cambiado de opini?n y pienso que es la B.

Ley 14/1994, de 30 de junio, de Control Econ?mico y Contabilidad de la Comunidad Aut?noma de Euskadi.
Art?culo 6. Sujetos y reg?menes de contabilidad.
3. Estar?n sujetos al r?gimen de contabilidad empresarial los entes p?blicos de derecho privado y las sociedades p?blicas. Estas entidades aplicar?n los principios y normas de contabilidad recogidos en la normativa mercantil en materia contable y en especial en el Plan General de Contabilidad y disposiciones que lo desarrollen.

Am?rica
La 202 tienes raz?n con que la d no es correcta pero todas las dem?s s? lo son por lo que sigue siendo impugnable.

Creo que ya voy a dejar de mirar porque si no creo que cambiar? m?s respuestas.

Suerte para todos/as y hasta el lunes.  ;)

PD: las del Gobierno Vasco y las bolsas del IVAP suelen salir publicadas en la p?gina del IVAP. De momento no aparece nada pero habr? que esperar un poco.

http://www.ivap.euskadi.net/r61-2935/es/





Txibit

Cita de: KIOWA en 02 de Abril de 2009, 10:23:42 AM
Txibit he visto que en lo que has enviado tienes 3 errores y sino es as?, por favor,que alguien me corrija:

708 . Es C
725. Es A
747. Es C


Gracias por la observaci?n Kiowa.
Seguramente puedas estar en lo cierto, pero a falta de 1 d?a ya no voy a hacer correcciones.

Gracias a todos/as por las aportaciones realizadas.

Salu2.

PD: Esta tarde, al salir de la oficina, intentar? pasar por una mercer?a a buscar un lacito rojo...

Amerika


betty

#445
Hola me puede alguien resolver una duda?
La 719 habeis puesto la D pero no entiendo porque, si alguien me ayuda.

Si alguien quiere he recopilado todas las respuestas que hemos estabo hablando en el foro os adjunto un archivo para que las veais


Ah y lo del lazo rojo va en serio???ajjajaj

Mirentxu

#446
Claro que va en serio betty

Pero no escribo para ésto.  Os prometí que si encontraba algo serio sobre la 747 os lo contaría.  Bueno pues confirmada, es B

Ley 14/1994, de 30 de junio, de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 6. Sujetos y regímenes de contabilidad.

1.   A los efectos de este título, componen el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi: el Parlamento Vasco, la Administración general, la Administración institucional, las entidades relacionadas en las letras a, b y c del párrafo 4 del artículo 7 de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y aquellas otras entidades cuyos presupuestos formen parte de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2. Estarán sujetos al régimen de contabilidad pública la Administración general de la Comunidad Autónoma y los organismos autónomos. Estas entidades aplicarán los principios y normas de contabilidad recogidos en el Plan de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus normas de desarrollo y en las restantes normas que sean de aplicación.

3. Estarán sujetos al régimen de contabilidad empresarial los entes públicos de derecho privado y las sociedades públicas. Estas entidades aplicarán los principios y normas de contabilidad recogidos en la normativa mercantil en materia contable y en especial en el Plan General de Contabilidad y disposiciones que lo desarrollen.

4. Las demás entidades del sector público de la Comunidad Autónoma que formen parte de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi estarán sujetas al régimen de contabilidad pública o al régimen de contabilidad empresarial según se rijan preferentemente por derecho público o privado respectivamente, salvo que su norma de creación establezca un régimen específico aplicable.

Os dejo el enlace   http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/pv-l14-1994.t2.html

Me tenía frita ésta.

Venga peña  besitos  :-*  :-*  :-*  :-*


Mirentxu

Cita de: ainer en 02 de Abril de 2009, 11:12:08 AM
Pues yo en la 747 he cambiado de opini?n y pienso que es la B.

Ley 14/1994, de 30 de junio, de Control Econ?mico y Contabilidad de la Comunidad Aut?noma de Euskadi.
Art?culo 6. Sujetos y reg?menes de contabilidad.
3. Estar?n sujetos al r?gimen de contabilidad empresarial los entes p?blicos de derecho privado y las sociedades p?blicas. Estas entidades aplicar?n los principios y normas de contabilidad recogidos en la normativa mercantil en materia contable y en especial en el Plan General de Contabilidad y disposiciones que lo desarrollen.

Am?rica
La 202 tienes raz?n con que la d no es correcta pero todas las dem?s s? lo son por lo que sigue siendo impugnable.

Creo que ya voy a dejar de mirar porque si no creo que cambiar? m?s respuestas.

Suerte para todos/as y hasta el lunes.  ;)

PD: las del Gobierno Vasco y las bolsas del IVAP suelen salir publicadas en la p?gina del IVAP. De momento no aparece nada pero habr? que esperar un poco.

http://www.ivap.euskadi.net/r61-2935/es/






Vaya Ainer, no hab?a entrado y no hab?a le?do tu post.  Parezco tu eco  :D  :D  :D

ilusa

Hola Betty, en relaci?n con la 719, habla de un defecto de forma que no produce indefensi?n. La Ley 30/1992 habla de los defectos de forma que S? producen indefensi?n, estableciendo que el defecto de forma en esos casos s?lo determinar? la anulabilidad del acto. Por tanto parece que lo correcto ser?a que cuando no produzca indefensi?n se trate de una irregularidad no invalidante.

Art?culo 63. Anulabilidad.

1. Son anulables los actos de la Administraci?n que incurran en cualquier infracci?n del ordenamiento jur?dico, incluso la desviaci?n de poder.

2. No obstante, el defecto de forma s?lo determinar? la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o d? lugar a la indefensi?n de los interesados.


Esto es una locura, yo me quedo con la duda en la 49 (tengo marcada la B) y la 61 (tengo marcada la d) pero mirando el art?culo no me quedo tranquila.

Art?culo 34. Criterios para la gesti?n electr?nica.

La aplicaci?n de medios electr?nicos a la gesti?n de los procedimientos, procesos y servicios ir? siempre precedida de la realizaci?n de un an?lisis de redise?o funcional y simplificaci?n del procedimiento, proceso o servicio, en el que se considerar?n especialmente los siguientes aspectos:

La supresi?n o reducci?n de la documentaci?n requerida a los ciudadanos, mediante su sustituci?n por datos, transmisiones de datos o certificaciones, o la regulaci?n de su aportaci?n al finalizar la tramitaci?n.

La previsi?n de medios e instrumentos de participaci?n, transparencia e informaci?n.

La reducci?n de los plazos y tiempos de respuesta.

La racionalizaci?n de la distribuci?n de las cargas de trabajo y de las comunicaciones internas.


Perd?n por seguir mareando a estas alturas...